Boletines/Bahia Blanca
Resolución Nº 1490
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 29/03/2022
Vistas las presentes actuaciones, atento la nota presentada a fojas 1, por GARRINI CLAUDIA MIRTA, D.N.I. 22.053.358, Contribuyente Nº 90.415, mediante la cual solicita se lo exima del pago de la la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene, por encontrarse encuadrado en la Ley Provincial Nº 13.136 de Unidades Económicas de Actividades Laborales de Autoempleo y Subsistencia (ALAS) y sus disposiciones complementarias; y,
CONSIDERANDO:
Que, de la documentación aportada por el contribuyente GARRINI CLAUDIA MIRTA, D.N.I. 22.053.358, Contribuyente Nº 90.415 y el análisis realizado por el Departamento Recaudación se desprende que, la actividad llevada a cabo por el recurrente se encuentra inscripta como emprendimiento amparado por Ley Nº 13.136 de Unidades Económicas de Actividades Laborales de Autoempleo y Subsistencia (ALAS), a la cual adhiere la Municipalidad de Bahía Blanca a través de la Ordenanza Nº 12.925;
Que, el Artículo Nº 4 de la Ordenanza Nº 12.925 prescribe: “Las Unidades Económicas de Actividades Laborales de Autoempleo y Subsistencia (ALAS) podrán gozar de la eximición de las tasas y derechos municipales que a continuación se detallan, según corresponda:
Tasa por habilitación.
Tasa por inspección de seguridad e higiene.
Tasa por inspección veterinaria.
Derechos de construcción.
Derechos de oficina, solamente en lo referente a las actuaciones
Tasa por Servicios Indirectos y Directos Varios (Agregado por Ordenanza 17.233)”;
Que, el recurrente se encuentra inscripto en la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene, bajo el Contribuyente Nº 90.415;
Que, el Departamento Recaudación a fojas 12, sugiere se exima a GARRINI CLAUDIA MIRTA, D.N.I. 22.053.358, Contribuyente Nº 90.415, del pago de la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene desde el 10/01/2022 y hasta el 10/01/2024;
Por ello, el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades:
- RESUELVE -
ARTICULO 1º): Exímir a GARRINI CLAUDIA MIRTA, D.N.I. 22.053.358, Contribuyente Nº 90.415, en el pago de la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene, desde el 10/01/2022 y hasta el 10/01/2024, por el primer y segundo año, de acuerdo a lo prescripto por la Ordenanza Nº 12.925 y los considerandos de la presente resolución.-
ARTICULO 2º): Notifícar a GARRINI CLAUDIA MIRTA, D.N.I. 22.053.358, Contribuyente Nº 90.415, que, atento lo prescripto por el Artículo Nº 6 de la Ordenanza Nº 12.925 “Las Beneficiarias de la presente y por el plazo que a las mismas se le otorguen, quedan obligadas a suministrar los informes que se les requieran referidos a la actividad promovida, facilitar las verificaciones y/o fiscalizaciones de sus instalaciones a solicitud de la autoridad municipal.
ARTICULO 3º): Notifícar a GARRINI CLAUDIA MIRTA, D.N.I. 22.053.358, Contribuyente Nº 90.415, que, atento lo prescripto por el Artículo Nº 4 de la Ordenanza Nº 12.925, la renovación de la eximición por un (1) año más deberá ser aprobada por el Honorable Concejo Deliberante.
ARTICULO 4º): Cúmplase, notifíquese, dése al R.O., tome nota Departamento de Recaudación, hecho ARCHIVESE.-