Boletines/Bahia Blanca

Resolución Nº1461

Resolución Nº 1461

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 28/03/2022

Vistas las presentes actuaciones, atento la nota presentada por ALDO ALEJANDRO BASAGLIAmediante la cual solicita se recalcule la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública y Tasa de Salud, correspondiente a la Partida Nº 31.804; y,

CONSIDERANDO

Que, el Departamento de Contralor de Obras Particulares a fojas 4 y 5 informa que el avance de obra realizado correspondiente al expediente de construcción 404-M-2018 asciende al 27%;

Que el Departamento Catastro informa en foja 6 que se deberán reliquidar desde la cuota 01/2022 las tasas por servicios públicos y salud del inmueble que se identifica catastralmente como: Circ. I – Secc. B – Mz. 16 – Pc. 17 – Partida 31.804con los valores vigentes en SIGEMI;

Que atento el informe elevado por el Departamento Recaudación a fojas 9 corresponde liquidar la cuenta corriente a partir de la cuota 01/2022 de la mencionada partida de acuerdo al Artículo 92 inc. D) de la Ordenanza Fiscal vigente;

Que atento lo normado en el Artículo 92 inciso “d” de la Ordenanza Fiscal vigente estable “Para los edificios en construcción y a los efectos liquidar esta tasa como edificado, el Catastro Municipal procederá de oficio a incorporar el veinte por ciento (20 %) de la construcción, tomando como base el monto que resulte de la planilla de valuación, agregada al respectivo expediente de construcción o realizado de oficio, más la valuación existente. Dicho porcentaje se reducirá al diez por ciento (10%) cuando se trate de construcción de viviendas unifamiliares. La incorporación total se hará de acuerdo al siguiente detalle: d) En caso de desistimiento de obra, caducidad del permiso de construcción u obra paralizada se procederá, a pedido del interesado y a partir de éste, previa inspección por las oficinas técnicas, a incorporar la parte proporcional de la valuación del edificio correspondiente a lo efectivamente construido. Igual procedimiento podrá ser aplicado de oficio por la Municipalidad”, la SUBSECRETARIA DE INGRESOS PÚBLICOSen uso de las facultades delegadas por Decreto Nº 2900/2022;

- RESUELVE -

ARTICULO 1º): Rectificase la cuenta corriente de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública y Tasa de Salud, del inmueble identificado con el número de Partida Nº 31.804. Realizados los cálculos correspondientes, deberá abonar por mes a partir de la cuota 01/2022 la suma de PESOS UN MIL TRESCIENTOS CON CUARENTA Y SEIS CENTAVOS ($1.300,46) en concepto de Tasa por Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública, y la suma de PESOS CUATROCIENTOS CINCUENTA Y CINCO CON DIECISÉIS CENTAVOS ($455,16en concepto de Tasa de Salud.-

ARTICULO 2º): Cúmplase, notifíquese, dése al R.O., tome nota Departamento Recaudación y hecho: ARCHIVESE.-