Boletines/Bahia Blanca
Resolución Nº 1442
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 25/03/2022
Vistas las presentes actuaciones, atento la nota presentada por NORMAN ANGEL CANEPA, D.N.I. Nº 13.770.592, donde solicita la prescripción de deuda devengada en concepto de impuesto automotor del rodado identificado con el Dominio BSB-571, y;
CONSIDERANDO:
Que, la Ordenanza Fiscal establece en su Artículo Nº 60: “Prescribe por el transcurso de 5 años la acción para el cobro judicial de gravámenes recargos intereses, multas y contribuciones de mejoras. Prescriben en el mismo término las facultades municipales para determinar las obligaciones fiscales o para verificar y rectificar las declaraciones juradas de los contribuyentes y/o responsables y la aplicación de multas. En el mismo plazo prescribe la acción de repetición”, y en su Artículo 62 “La prescripción de las facultades de la Municipalidad para determinar las obligaciones fiscales y/o exigir su pago se interrumpirá:
a) Por el reconocimiento, expreso o tácito, por parte del contribuyente y/o responsable de su obligación.
b) Por cualquier acto judicial o administrativo relacionado con la obligación fiscal.
En el caso del apartado a), el nuevo término de prescripción comenzará a correr a partir del primero de enero del año siguiente en que las circunstancias mencionadas ocurran.
La prescripción de la acción de repetición del contribuyente y/o responsable se interrumpirá por la deducción de la demanda respectiva; pasados los dos (2) años de dicha fecha sin que se haya instado el procedimiento, se tendrá la demanda por no presentada y volverá a correr un nuevo término de prescripción”.
Que, el Departamento Recaudación informa a fojas 7 que no se verifican causales de interrupción o suspensión, requiriendo predictamen respecto de la deuda registrada por el vehículo identificado con el Dominio BSB-571;
Por ello, conforme lo predictaminado a fojas 9, lo dictaminado de fojas 10 por la Dirección General de Técnica Jurídica, y lo informado por el Departamento Recaudación a fojas 17 se encontraría prescripta la acción tendiente al cobro de la deuda en concepto de Impuesto Automotor de los periodos 2007-03 a 2014-03 del vehículo identificado con el Dominio BSB-571, el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades y AD REFERENDUM DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, en uso de sus facultades:
- R E S U E LV E -
ARTÍCULO 1º: Declarar la prescripción de los periodos 2007-03 a 2014-03 en concepto de Impuesto Automotor, respecto del vehículo identificado con el Dominio BSB-571, solicitada por NORMAN ANGEL CANEPA, D.N.I. Nº 13.770.592, en un todo de acuerdo a lo establecido en el Artículo Nº 60 de la Ordenanza Fiscal y a los considerandos de la presente Resolución.-
ARTÍCULO 2º: Elevar al Honorable Concejo Deliberante para su convalidación, cumplir, dar al R.O., notificar, tome nota Departamento de Recaudación, demás dependencias municipales que correspondan, hecho, ARCHIVAR.-