Boletines/Bahia Blanca
Resolución Nº 1384
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 21/03/2022
VISTO la nota presentada por EDGAR J. P. BOSSO, DNI Nº 6.295.609, donde solicita se acredite lo abonado dos veces por error, correspondiente a la Partida Nº 173.041 y 132397, y;
CONSIDERANDO:
Que el Departamento Recaudación a fojas 40 informa que habiéndose constatado en nuestros registros el pago doble de la partida 173041, se sugiere debitar de dicha partida los pagos realizados por las cuotas 07/2016, 01 a 12/2017, 01 a 12/2018 y 01, 03 a 09/2019 y 02/2020 y acreditarlos a la deuda que registra dicha partida;
Que la Partida Nº 132397 no registra deuda en concepto de Tasa por Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública y Tasa de Salud;
Que el Artículo Nº 41 de la Ordenanza Fiscal expresa:”...Es facultad del Departamento Ejecutivo el resolver la acreditación o devolución, de oficio o a pedido del interesado, de las sumas que resulten a beneficio del contribuyente o responsable por pagos indebidos o excesivos. Los contribuyentes podrán solicitar la imputación de los saldos acreedores para la cancelación de la deuda emergente de nuevas declaraciones juradas correspondientes al mismo tributo, siendo facultad de esta Comuna aceptar o rechazar dicha solicitud...”;
Por todo ello, el SUBSECRETARIO DE INGRESOS PÚBLICOS, en el uso de las facultades delegadas por Decreto Nº 2900/2021;
- RESUELVE -
ARTÍCULO 1º)- Debitase de la Partida Nº 173041, el monto abonado por las cuotas 07/2016, 01 a 12/2017, 01 a 12/2018 y 01, 03 a 09/2019 y 02/2020 en concepto de Tasa por Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública y Tasa de Salud, en un todo de acuerdo a los considerandos de la presente resolución.-
ARTÍCULO 2º)- Acreditase a la deuda que registra la Partida Nº 173041, los montos debitados según lo establecido en el artículo anterior, en concepto de Tasa por Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública y Tasa de Salud, en un todo conforme a lo previsto en el Artículo Nº 41 de la Ordenanza Fiscal vigente.
ARTÍCULO 3º)- Cúmplase, dése al R.O. notifiquese, tome nota Departamento Recaudación. Hecho, ARCHIVESE.-