Boletines/Bahia Blanca
Resolución Nº 1258
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 10/03/2022
Visto las presentes actuaciones, referidas a la continuidad de la eximición otorgada por A.R.B.A. en el Impuesto Automotor requerida por HERNAN ALEJANDRO RITACCO, D.N.I. 20.426.238, desde la cuota 01/2017 y hasta la cuota 03/2021, por tratarse de un automóvil destinado al traslado de una persona discapacitada; y,
CONSIDERANDO:
Que, el requirente solicita a fojas 2 la continuidad de la eximición otorgada por A.R.B.A. en el Impuesto Automotor, en relación al vehículo identificado con el Dominio EXM-345, desde la cuota 01/2017 y hasta la cuota 03/2021, fecha en que se solicitará dicho beneficio para otro vehículo;
Que, los Códigos Fiscales de la Provincia de Buenos Aires, Ley Nº 10.397 y sus modificatorias, año 2017, en su Título III “Impuesto a los Automotores”, Capítulo II “De las Exenciones”, Artículo Nº 243 Inciso f) establecen que quedan exentos del pago de la presente tasa "...los vehículos destinados al uso exclusivo de personas que padezcan una discapacidad y acrediten su existencia mediante certificaciones extendidas conforme la Ley N° 10.592 (complementarias y modificatorias), la Ley Nacional N° 22.431 (complementarias y modificatorias) o la legislación que las reemplace; o demuestren que se encuentren comprendidos en los beneficios establecidos en la Ley N° 19.279, conforme artículo 1° del Decreto N° 1.313 (y su reglamentación); que para su integración laboral, educacional, social o de salud y recreativa requieran la utilización de un automotor; conducidos por las mismas, salvo en aquellos casos en los que, por la naturaleza y grado de la discapacidad, o por tratarse de un menor de edad con discapacidad, la autoridad competente autorice el manejo del automotor por un tercero…”;
Que, la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires, por Expte. 2360-0420669-2012, otorgó la exención del pago del Impuesto Automotor que recae sobre el vehículo identificado con el Dominio EXM-345;
Que, analizada la documentación acompañada y lo informado por el Departamento Recaudación – Sector Automotores a fojas 8, 9 y 15, el recurrente se encuentra dentro de los alcances establecidos en los Códigos Fiscales de la Provincia de Buenos Aires de los año 2017, en su Título III “Impuesto a los Automotores”, Capítulo II “De las Exenciones”, Artículo Nº 243 Inciso f) y la fecha de fin de la eximición es el 31 de diciembre de 2021, fecha solicitada por el contribuyente por venta del rodado;
Por ello, el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades:
- R E S U E L V E -
ARTÍCULO 1º): Eximir del pago en el Impuesto Automotor - Ley Nº 13.010 - al vehículo identificado con el Dominio EXM-345, a partir del 02/01/2017 y hasta el día 31/12/2021, fecha hasta la cual fuere solicitado, por encontrarse afectado al uso de una persona discapacitada, en virtud de lo dispuesto en los Códigos Fiscales de la Provincia de Buenos Aires de los año 2017, en su Título III “Impuesto a los Automotores”, Capítulo II “De las Exenciones”, Artículo Nº 243 Inciso f), y a los considerandos de la presente Resolución.
ARTÍCULO 2º): Cumplir, notificar, dar al R.O., tome nota Departamento Recaudación – Sector Automotores; hecho, ARCHIVAR.-