Boletines/Bahia Blanca

Resolución Nº423

Resolución Nº 423

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 07/12/2021

Visto lo solicitado a fojas 1 por la agente Alejandra Isabel TOLOSA, legajo 6.370, D.N.I. Nº 13.931.450, CUIL 27-13931450-1, dependiente del Área Programática VII, (oficina 697), donde solicita se le abone la retribución especial por Treinta Años de Servicios establecido en el art 72º inc. “f” ley N° 14.656 y C.C.T.M. de Bahía Blanca.

Considerando que el Departamento Administración del Personal, a fs. 4 informa que la mencionada agente, se desempeña en este Municipio desde el 03/08/1987 y acogida los beneficios jubilatorios a partir del 01/01/2022, según Expte. 697-8177-2021, correspondería abonar la retribución establecida en el Art. 72º inc. “f” ley N° 14.656 y Convenio Colectivo de Trabajo de la Municipalidad de Bahía Blanca, por haber cumplido treinta años de servicios prestados en esta Comuna y atento a la imputación de Contaduría General a fojas 4 vuelta, el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades,

- RESUELVE -

PRIMERO: AUTORIZASE al Departamento Administración del Personal a liquidar a favor de la  agente Alejandra Isabel TOLOSA, legajo 6370, D.N.I. Nº 13.931.450, CUIL 27-13931450-1, dependiente del Área Programática VII, (oficina 697), la suma de PESOS QUINIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y DOS CON CUARENTA Y DOS CENTAVOS ($579.942,42.-), en concepto de retribución especial por treinta (30) años de servicios prestados en la Administración Comunal, en un todo de acuerdo con lo establecido en el artículo 72º inc. “f” ley N° 14.656 y Convenio Colectivo de Trabajo de la Municipalidad de Bahía Blanca. 

SEGUNDO: La retribución mencionada se hará efectiva mediante Liquidación Final una vez producido el cese del agente en cuestión.

TERCERO: El presente gasto deberá imputarse a la Fuente 110 Jurisdicción 1110107000 Cat. Programática 010100 Gasto 1172.

CUARTO: Notifíquese, tome nota el Departamento Administración del Personal, Subdirección de Presupuesto, Contaduría General, División Jubilaciones y Pensiones, dése al R. O. y ARCHIVESE.-