Boletines/Bahia Blanca

Resolución Nº364

Resolución Nº 364

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 20/10/2021

Visto la solicitud de reconocimiento de servicios, a fojas 1 de las presentes actuaciones, presentada por la agente Beatriz Elisabet CALZADA, legajo 5755, D.N.I. 14.514.507, dependiente del Departamento de Salud Mental y Adicciones, por los servicios que prestara para la Municipalidad del Partido de Villarino entre el 01/06/1.998 y el 31/12/1.999.

Considerando la certificación de servicios, anexada a fojas 2 del presente expediente, el Departamento Administración de Personal, de fojas 2 a 3, informa que el tiempo total a reconocer asciende a UN (1) AÑO Y SIETE (7) MESES, por los servicios que prestara en para la Municipalidad del Partido de Villarino entre el 01/06/1.998 y el 31/12/1.999. 

Que corresponde hacer efectivo el reconocimiento a partir de la fecha en la cual ingresara la solicitud al Departamento Administración del Personal, el día 06/10/2021,  y al solo efecto de la percepción en concepto de Bonificación por antigüedad y del usufructo de Licencia  Anual Ordinaria.

Que el pago del beneficio otorgado correspondería aplicando el 1% sobre su sueldo básico por el total de los servicios, esto en concordancia con lo establecido en la Ordenanza 18008/2014 y Decreto Reglamentario 3855/2014.

Teniendo en cuenta lo expuesto, contando con la imputación de la Subdirección de Presupuesto y Contaduría General a fojas 5 vuelta, el INTENDENTE MUNICIPAL  en uso de sus facultades,      

- RESUELVE -

PRIMERO: Reconocer los servicios prestados por la agente Beatriz Elisabet CALZADA, legajo 5755, D.N.I. 14.514.507, dependiente del Departamento de Salud Mental y Adicciones (Oficina 547), por el término de UN (1) AÑO Y SIETE (7) MESES, por los servicios que prestara para la Municipalidad del Partido de Villarino.

SEGUNDO: El pago del beneficio otorgado será aplicando UN (1) AÑO Y SIETE (7) MESES al 1% sobre su sueldo básico, por el total de los servicios, esto en concordancia con lo establecido en la Ordenanza 18008/2014 y Decreto Reglamentario 3855/2014. 

TERCERO: El reconocimiento realizado mediante el artículo primero, se efectúa a partir de la fecha en la cual ingresara la solicitud al Departamento Administración del Personal, siendo el día 06/10/2021, y al solo efecto de la percepción en concepto de Bonificación por antigüedad y del usufructo de Licencia Anual Ordinaria.

CUARTO: El presente gasto deberá imputarse a la Fuente 110 Jurisdicción 1110107000 Cat. Programática 0101.00 Gasto 1131 del presupuesto de gastos vigente.

QUINTO: Notifíquese, tome nota el Departamento Administración de Personal, Subdirección de Presupuesto, Contaduría General, dése al R. O. y ARCHIVESE.-