Boletines/Bahia Blanca

Resolución Nº326

Resolución Nº 326

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 17/09/2021

VISTO el concurso cerrado llevado a cabo por la Secretaría de Salud para la cobertura de cinco (5) cargos para la función de Coordinadora de Enfermería de Áreas Programáticas III, IV, V, VI, y VIII, llamado mediante Resolución 205-2021, de fojas 8 a 17,  con las responsabilidades de la función que constan como anexo de dicha resolución como así también los requisitos y reglamento del proceso concursal.

CONSIDERANDO

Que se cree indispensable que la función de coordinadora de enfermería, al igual que el resto de las funciones de gestión ejercidas en el ámbito de la Secretaría de Salud posean un tiempo acotado y preestablecido de ejercicio, debiéndose llamar a un nuevo concurso al finalizar el mismo;

Que el Decreto Nº 780/2012 establece la Bonificación Remunerativa por Función para los agentes que cumplen la función de Coordinador de Área Programática;

Que estando cumplimentados los pasos establecidos en el reglamento pertinente, constando el Acta del Jurado interviniente, a fojas 587, mediante el cual se establece el orden de merito de cuatro (4) enfermeras que reúnen las condiciones para cumplir la función concursada.

Que a fojas 588, el Secretario de Salud solicita proceder a realizar los movimientos de personal correspondientes. 

Atento lo informado por la Subdirección de Capital Humano a fojas 589 y considerando la imputación de la Subdireccion de Presupuesto y Contaduría General a fojas 590, el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades,

- RESUELVE -

ARTICULO 1º)- Dejar sin efecto la designación en forma interina en la función de Coordinadora de Enfermería del Área Programática III (oficina 693), a la agente LOPEZ, Graciela Noemí, legajo 12425, categoría efectiva 10/1C, y su correspondiente Bonificación Remunerativa  por Función del 20 % establecida en el Articulo 1º del Decreto 780/2012, a partir del 1 de Septiembre de 2021.

ARTICULO 2º)- Dejar sin efecto la designación en forma interina en la función de Coordinadora de Enfermería del Área Programática V (oficina 695), a la agente SAAVEDRA, María Soledad, legajo 13568, categoría efectiva 10/1C, y su correspondiente Bonificación Remunerativa  por Función del 20 % establecida en el Articulo 1º del Decreto 780/2012, a partir del 1 de Septiembre de 2021.

ARTICULO 3º)- Dejar sin efecto la designación en forma interina en la función de Coordinadora de Enfermería del Área Programática IV (oficina 694), a la agente GARCIA, Antonia Felisa, legajo Nº 6.773,categoría efectiva 10/1C, y su correspondiente Bonificación Remunerativa  por Función del 20 % establecida en el Articulo 1º del Decreto 780/2012, a partir del 1 de Septiembre de 2021.

ARTICULO 4º)- Dejar sin efecto la designación en forma interina en la función de Coordinadora de Enfermería del Área Programática VI (oficina 696) a la agente PAREDES María Celestelegajo Nº 13862, categoría efectiva 10/1C, y su correspondiente Bonificación Remunerativa  por Función del 20 % establecida en el Articulo 1º del Decreto 780/2012, a partir del 1 de Septiembre de 2021.

ARTICULO 5º)- Trasladar con cargo desde el Área Programática V (oficina 695) al Área Programática IV (Oficina 694), a la agente SAAVEDRA, María Soledad, legajo 13568, categoría efectiva 10/1C, a partir del 1 de septiembre.

ARTICULO 6º)- Trasladar con cargo desde el Área Programática IX (oficina 699) al Área Programática VI (Oficina 696), a la agente HERNANDEZ, Silvia Beatriz, legajo 15322, categoría efectiva 10/6C, a partir del 1 de septiembre.

ARTICULO 7º)- Designar por concurso en la función de Coordinadora de Enfermería de Área Programática a la agente LOPEZ, Graciela Noemí, legajo 12425, categoría efectiva 10/1C, para desempeñarse en dicha función en el Área Programática III (oficina 693), manteniendo su jornada semanal de cuarenta y ocho (48) horas semanales, otorgandole una Bonificación Remunerativa por Función del 20%, establecida en el Artículo 1º del Decreto Nº 780/2012; a partir del 1 de septiembre de 2021 y por el termino de cuatro (4) años.

ARTICULO 8º)- Designar por concurso en la función de Coordinadora de Enfermería de Área Programática a la agente SAAVEDRA, María Soledad, legajo 13568, categoría efectiva 10/1C, para desempeñarse en dicha función en el Área Programática IV (oficina 694), manteniendo su jornada horaria ampliada de cuarenta (40) horas semanales, otorgandole una Bonificación Remunerativa por Función del 20%, establecida en el Artículo 1º del Decreto Nº 780/2012; a partir del 1 de septiembre de 2021 y por el termino de cuatro (4) años.

ARTICULO 9º)- Designar por concurso en la función de Coordinadora de Enfermería de Área Programática a la agente HERNANDEZ, Silvia Beatriz legajo 15322, en una categoría interina 10/1A, para desempeñarse en dicha función en el Área Programática VI (oficina 696), manteniendo su jornada horaria ampliada de cuarenta (40) horas semanales, y su situación de revista efectiva 10/6C, otorgandole una Bonificación Remunerativa por Función del 20%, establecida en el Artículo 1º del Decreto Nº 780/2012; a partir del 1 de septiembre de 2021 y por el termino de cuatro (4) años.

ARTICULO 10º)- Designar por concurso en la función de Coordinadora de Enfermería de Área Programática a la agente GERMAN, Silvana Yanina legajo Nº 15344 en una categoría interina 10/1A, para desempeñarse en dicha función en el Área Programática V (oficina 695), manteniendo su jornada horaria ampliada de cuarenta (40) horas semanales, y su situación de revista efectiva 10/6C, otorgandole una Bonificación Remunerativa por Función del 20%, establecida en el Artículo 1º del Decreto Nº 780/2012; a partir del 1 de septiembre de 2021 y por el termino de cuatro (4) años.

ARTICULO 11º)- El gasto dispuesto precedentemente deberá imputarse a la Fuente 110, Jurisdicción 1110107000, Actividad 01.01.00, Gasto 1.1.1.4. y 1.1.3.3.-

ARTICULO 12º)- Cúmplase, notifiquese, tomen nota Departamento Administración del Personal, Subdirección de Capital Humano, Subdireccion de Presupuesto, Contaduría General, y demás dependencias que correspondan, dése al R.O. y RESÉRVESE.-