Boletines/Bahia Blanca
Resolución Nº 313
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 06/09/2021
Visto la nota obrante a fojas 1, mediante la cual el agente Alejandro Jose ARGUMEDO, legajo 12.788, dependiente del Área Programática XI, dado de baja por Resolución Nº 5-103-2019, cuya copia consta a fojas 2 del presente expediente, solicita se le abone el importe correspondiente al Subsidio por Incapacidad laboral, atento a lo establecido en el Art 5º de la Ley 9507, el cual establece que el importe del Subsidio por Incapacidad Psico-Fisica será equivalente al 75% del monto por fallecimiento y será abonado cuando tal incapacidad sea la causa de la pérdida del empleo, aún cuando tenga derecho a una Jubilación Inmediata, según lo informado por el Departamento Administración del Personal a fojas 7,
Considerando que la compañia aseguradora Provincia Seguros S.A. informa el rechazo del siniestro, correspondiente al pago del Subsidio por incapacidad al ex agente Alejandro Jose ARGUMEDO, legajo 12.788, atento a que al momento del siniestro, junio 2019, la poliza correspondiente se encontraba sin cobertura financiera tal lo expresa fojas 15, y
Que según dictamen de Subsecretaria de Legal y Técnica, a fojas 8, independientemente del rechazo, es obligación del municipio abonar el subsidio por incapacidad, por lo cual correspondería autorizar el pago a través de Contaduría General; y cumplido esto, elevar a la Secretaria de Economía a fin de evaluar el motivo del rechazo de la compañía aseguradora Provincia Seguros S.A..
Por lo expuesto, en base a la imputación de Contaduría General, el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades,
- RESUELVE -
PRIMERO: Autorízase a Contaduría General a liquidar a favor del agente Alejandro Jose ARGUMEDO, legajo 12.788, dependiente del Área Programática XI, la suma de Pesos treinta y cinco mil trescientos veinticuatro con sesenta y tres centavos ($ 35.324,63) en concepto de Subsidio por Incapacidad Laboral, conforme a los considerandos de la presente resolución.
SEGUNDO: Cumplido el Articulo 1º elevar las presentes actuaciones a la Secretaria de Economía a fin de evaluar el motivo del rechazo de la compañía aseguradora Provincia Seguros S.A..
TERCERO: El presente gasto deberá imputarse a la Fuente 110 Jurisdicción 1110107000 cat. programática 01 01 00 Gasto 1500 del presupuesto vigente.
CUARTO: Cúmplase, tome nota Contaduría General, Departamento Administración del Personal, Subdireccion de Presupuesto, Contaduría General, Dése al R.O. y ARCHIVESE.-