Boletines/General Pueyrredon

Decreto Nº0610/22

Decreto Nº 0610/22

Publicado en versión extractada

General Pueyrredon, 06/04/2022

ARTÍCULO 1º.- Desígnanse, a las agentes que seguidamente se detallan, como MAESTRO DE SECCION ENSEÑANZA INICIAL (C.F. 9-21-99-01), a partir del 2 de marzo de 2022, con carácter Provisional accediendo a los cargos por Listado de concurso, y hasta el cumplimiento de los plazos establecidos  en el Reglamento de Concurso Interno para cubrir cargos de Maestro de Sección de Nivel Inicial en los Jardines de Infantes Municipales – Expediente 7749-5-2019 – C. 1 – RES. Nº 1602/19 – Ordenanza 20760 – Cap. V – “De la Provisionalidad” y Cap. VI – “De la Titularidad” – RES. Nº 287/20, en el Jardín de Infantes Nº 3 “Ceferino Namuncura” (U.E. 08-02-2-1-1-03).

 

  • MARIA SOL GALENDE (Legajo Nº 30.462/63 – CUIL 27-29635902-0) Nº de Orden 664.

 

  • PAULA DONATO (Legajo Nº 35.098/52 – CUIL 27-38497436-3) Nº de Orden 660.

 

ARTÍCULO 2º.- Acuérdase, a las agentes mencionadas en el Artículo 1º, a partir de la fecha que allí se indica, la BONIFICACIÓN POR ENSEÑANZA INICIAL de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente.

 

ARTÍCULO 3º.- Acuérdase, a las agentes mencionadas en el Artículo 1º, a partir de la fecha que allí se indica, la BONIFICACIÓN REMUNERATIVA 03/2014 de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente.

 

ARTÍCULO 4º.- Acuérdase, a las agentes mencionadas en el Artículo 1º, a partir de la fecha que allí se indica, la BONIFICACIÓN POR UBICACIÓN DOCENTE (Desfavorable I) del TREINTA POR CIENTO (30%) del sueldo básico que perciben, de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente.

 

ARTÍCULO 5º.- Acuérdase, a las agentes mencionadas en el Artículo 1º, a partir de la fecha que allí se indica, la BONIFICACIÓN ESPECIAL DOCENTE, de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente.

 

ARTÍCULO 6º.-  El egreso que demande el cumplimiento a lo dispuesto deberá imputarse a: Institucional 1-1-1-01-06-000  -  UER 10  -  F.Fin. 1-1-0 - Inc. 1  -   Programático: 24-00-00 – Fin/Fun. 3-4-2 - P.P. 1  - P.p. 1  -  P.Sp. 8 - para el Art. 2º: P.P. 1 – P.p. 3 – P.Sp. 6 – Ap. 1 - para el Art. 3º: P.P. 1 – P.p. 3 – P.Sp. 6 – Ap. 14 - para el Art. 4º: P.P. 1 – P.p. 3 – P.Sp. 6 – Ap. 2 - para el Art. 5º: P.P. 1 – P.p. 3 – P.Sp. 9 – F.Fin. 1-3-1.

 

ARTÍCULO 7º.- El presente Decreto será refrendado por el señor SECRETARIO DE EDUCACIÓN.

 

ARTÍCULO 8º.- Regístrese, dése al Boletín Municipal y comuníquese por la Dirección Personal.

l.G

 

 

 

                                                             PUGLISI                   MONTENEGRO