Boletines/General Pueyrredon
Resolución Nº 93/22
Publicado en versión extractada
General Pueyrredon, 02/03/2022
RESOLUCIONES DE EMVIAL DESDE 63 HASTA 164 (DE FECHA 04/2 HASTA 31/03/2022)
EXPEDIENTE Nº 991/G/ 2021 Cpo1
Mar del Plata, 04 de Febrero de 2022
VISTO lo actuado en el Expte. Nº 991/G/ 2021 Cpo. 1, referido a la autorización de un espacio reservado por discapacidad para estacionamiento frente al inmueble ubicado en la calle Alvarado Nº 2243 y
CONSIDERANDO
Que a fs. 01 se solicita se otorgue un espacio reservado por discapacidad del Sr. Cesar José Gili - DNI 8.462.435, para el estacionamiento del vehículo SUZUKI FUN – DOMINIO JW037 frente al inmueble de la calle Alvarado Nº 2243.
Que a fs. 02/36 obran agregadas copias de: DNI y Licencia de Conducir del solicitante - Certificado de discapacidad – DNI y Licencia de Conducir de la Sra. Elda G. Segovia Sanchez – Certificado de Matrimonio - Cedula de Identificación del Automotor - constancia de seguro - Escritura del inmueble y Fotografía frente del Inmueble.
Que a fs. 37 el Departamento de Ingeniería de Tránsito informa que no tiene objeciones de índole técnica para acceder a dicho requerimiento sugiriendo la autorización de un espacio reservado por discapacidad de seis (6) metros.
Que a fs. 39 el Departamento de Asesoría Legal se expide informando que: “… teniendo en cuenta la documentación anudada por el solicitante y el informe del Departamento Ingeniería de Tránsito de fs. 37, con fundamento en lo expresamente previsto en la ley 24.314 art. 20 d), no encuentro obstáculos legales para que se prosiga y se dicte el acto administrativo pertinente. …”.
Por ello, y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE
VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
RESUELVE
ARTICULO 1: Autorizar al Señor CESAR JOSE GILI – DNI 8.462.435, la utilización de un (1) espacio reservado de seis (6) metros por discapacidad con vigencia de Lunes a Domingos las 24 horas para el estacionamiento del vehículo SUZUKI FUN – DOMINIO JW037, frente al inmueble sito en la calle Alvarado Nº 2243, el que deberá ser señalizado, demarcado y conservado por el recurrente, indicando en la señalización los datos específicos del vehículo autorizado.
ARTICULO 2: La autorización se otorga por el plazo de 2 años, debiendo acompañar para su renovación, una nueva solicitud con la documentación correspondiente.
ARTICULO 3: La autorización otorgada por el Artículo 1º está condicionada al estricto cumplimiento por parte del solicitante, de las obligaciones contenidas en la norma legal vigente.
ARTICULO 4: Dese al Registro de Resoluciones y para su notificación y demás efectos intervengan la División Recursos y el Departamento de Ingeniería de Tránsito. Cumplido, notifíquese a la Secretaría de Seguridad y a la Subsecretaría de Movilidad Urbana.
M.B.//
Skp
Registrado bajo el Nº 63/2022
EXPEDIENTE Nº 580/V/ 2021 Cpo1
Mar del Plata, 04 de Febrero de 2022
VISTO lo actuado en el Expte. Nº 580/V/ 2021 Cpo. 1, referido a la autorización de un espacio reservado por discapacidad para estacionamiento frente al inmueble ubicado en la calle Solis Nº 6465 y
CONSIDERANDO
Que a fs. 01 la Sra. Mariana Soledad Vera con DNI 34.617.728 se solicita se otorgue un espacio reservado por discapacidad de su hija Zara Malvina Abba con DNI 56.780.788, para el estacionamiento del vehículo FIAT PALIO – DOMINIO FNI951 frente al inmueble de la calle Solis Nº 6465.
Que a fs. 02/19 obran agregadas copias de: DNI del solicitante -- Licencia de Conducir del Sr. Abba José S. - constancia de seguro - Cedula de Identificación del Automotor – DNI de Abba Zara M. – Resumen de historia clínica –Nota de autorización de la propietaria del inmueble – Contrato de locación – Póliza de Federación Patronal Seguros S.A..
Que a fs. 20 el Departamento de Ingeniería de Tránsito informa que no tiene objeciones de índole técnica para acceder a dicho requerimiento sugiriendo la autorización de un espacio reservado por discapacidad de seis (6) metros.
Que dicho informe cuenta con el visto bueno de la Vicepresidencia del Ente.
Que a fs. 31 el Departamento de Asesoría Legal se expide informando que: “… teniendo en cuenta la documentación anudada por el solicitante y el informe del Departamento Ingeniería de Tránsito de fs. 30, con fundamento en lo expresamente previsto en la ley 24.314 art. 20 d), no encuentro obstáculos legales para que se prosiga y se dicte el acto administrativo pertinente …”.
Por ello, y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE
VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
RESUELVE
ARTICULO 1: Autorizar a la Señora MARIANA SOLEDAD VERA - DNI 34.617.728 , la utilización de un (1) espacio reservado de seis (6) metros por discapacidad de su hija ZARA MALVINA ABBA – DNI 56.780.788 , con vigencia de Lunes a Domingos las 24 horas para el estacionamiento del vehículo FIAT PALIO – DOMINIO FNI951, frente al inmueble sito en la calle Solis Nº 6465, el que deberá ser señalizado, demarcado y conservado por el recurrente, indicando en la señalización los datos específicos del vehículo autorizado.
ARTICULO 2: La autorización se otorga por el plazo de 2 años, debiendo acompañar para su renovación, una nueva solicitud con la documentación correspondiente.
ARTICULO 3: La autorización otorgada por el Artículo 1º está condicionada al estricto cumplimiento por parte del solicitante, de las obligaciones contenidas en la norma legal vigente.
ARTICULO 4: Dese al Registro de Resoluciones y para su notificación y demás efectos intervengan la División Recursos y el Departamento de Ingeniería de Tránsito. Cumplido, notifíquese a la Secretaría de Seguridad y a la Subsecretaría de Movilidad Urbana.
M.B.//
Skp
Registrado bajo el Nº 64/2022
EXPEDIENTE Nº 988/L/ 2021 Cpo1
Mar del Plata, 04 de Febrero de 2022
VISTO lo actuado en el Expte. Nº 988/L/ 2021 Cpo. 1, referido a la autorización de un espacio reservado por discapacidad para estacionamiento frente al inmueble ubicado en la calle Avellaneda Nº 4655 y
CONSIDERANDO
Que a fs. 01 se solicita se otorgue un espacio reservado por discapacidad del Sr. José Tomas Lujan - DNI 8.704.482, para el estacionamiento del vehículo PEUGEOT 207 – DOMINIO IYJ440 frente al inmueble de la calle Avellaneda Nº 4655.
Que a fs. 02/09 obran agregadas copias de: DNI y Licencia de Conducir de la Sra. Marta Graciela Gorria - Cedula de Identificación del Automotor - constancia de seguro - Titulo del automotor - Fotografía frente del Inmueble - Certificado de discapacidad y DNI del solicitante DNI.
Que a fs. 10 el Departamento de Ingeniería de Tránsito informa que no tiene objeciones de índole técnica para acceder a dicho requerimiento sugiriendo la autorización de un espacio reservado por discapacidad de seis (6) metros.
Que dicho informe cuenta con el visto bueno de la Vicepresidencia del Ente.
Que a fs. 12 el Departamento de Asesoría Legal se expide informando que: “… teniendo en cuenta la documentación anudada por el solicitante y el informe del Departamento Ingeniería de Tránsito de fs. 10, con fundamento en lo expresamente previsto en la ley 24.314 art. 20 d), no encuentro obstáculos legales para que se prosiga y se dicte el acto administrativo pertinente …”.
Por ello, y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE
VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
RESUELVE
ARTICULO 1: Autorizar al Señor JOSÉ TOMAS LUJÁN – DNI 8.704.482, la utilización de un (1) espacio reservado de seis (6) metros por discapacidad con vigencia de Lunes a Domingos las 24 horas para el estacionamiento del vehículo PEUGEOT 207 – DOMINIO IYJ440 , frente al inmueble sito en la calle Avellaneda Nº 4655, el que deberá ser señalizado, demarcado y conservado por el recurrente, indicando en la señalización los datos específicos del vehículo autorizado.
ARTICULO 2: La autorización se otorga por el plazo de 2 años, debiendo acompañar para su renovación, una nueva solicitud con la documentación correspondiente.
ARTICULO 3: La autorización otorgada por el Artículo 1º está condicionada al estricto cumplimiento por parte del solicitante, de las obligaciones contenidas en la norma legal vigente.
ARTICULO 4: Dese al Registro de Resoluciones y para su notificación y demás efectos intervengan la División Recursos y el Departamento de Ingeniería de Tránsito. Cumplido, notifíquese a la Secretaría de Seguridad y a la Subsecretaría de Movilidad Urbana.
M.B.//
Skp
Registrado bajo el Nº 65/2022
EXPEDIENTE Nº 741 /S/2021 Cpo1
Mar del Plata, 04 de Febrero de 2022
VISTO el expediente Nº 741-S-2021- Cpo 1 iniciado por el Sr. Saravia Rodrigo - DNI 23.093.460, y
CONSIDERANDO
Que a fs. 01/08 y 09 el Sr. Rodrigo Saravia inicia reclamo administrativo donde reclama los daños y perjuicios sufridos en su vehículo marca Peugeot 206 - dominio GRK384 a raíz de caer un poste de alumbrado con su base corroída, en circunstancias que se encontraba estacionado en la calle Alsina intersección Av. Colón.
Que a fs. 02 produce informe el Departamento de Alumbrado Público y dice expresamente en su parte pertinente: “…una cuadrilla de alumbrado público concurre al reclamo de Alsina 2211, por causas que desconocemos se constató la caída de una columna de alumbrado público y un poste donde la primera en su trayectoria pego sobre un vehículo estacionado marca Peugeot 206 provocándole varias roturas (se adjuntan fotos)…”.
Que a fs. 05 produce informe el Departamento de Taller del EMVIAL que dice entre otros conceptos: “… no pueden evaluarse la totalidad de los daños ya que no pueden apreciarse por completo en las fotos. Para ello habría que hacer una inspección del vehículo, pero no figura un número telefónico para establecer comunicación. Además se observa la falta de documentación habitual para este tipo de reclamo, como presupuestos, copia de cédula…”.
Que a fs. 06 el Departamento de Asesoría Legal informa que previo a dictaminar lo que por derecho corresponda, el reclamante deberá acompañar documentación y/u ofrecer prueba que sustente su reclamo, a los fines de poder proseguir con el trámite administrativo…”.
Que a fs. 10/22 acompaña Fotocopia de: DNI del solicitante - Fotografías varias - Cedula de Identificación del Automotor - Licencia de conducir - constancia de seguro –y Presupuestos.
Que a fs. 24 el Departamento Taller informa : “…luego de haber inspeccionado el automóvil PEUGEOT 206 XS Premium HDI 3 puertas Dominio GRK 384… se considera desestimar de la cotización de repuestos lo siguiente: costado monoblock izquierdo/ plafonier…” “…Se considera que las cotizaciones presentadas por el Sr. Saravia de fs. 21bis y 22 se encuentra acorde a los precios de mercado.
Que a fs. 25 luce agregado dictamen jurídico de la Asesoría Letrada del EMVIAL el cual en forma integral se considera parte del presente, dándose el mismo por reproducido.
Que el dictamen concluye que: “Consecuentemente a lo expuesto no existe objeción legal alguna para que se proceda al pago y/o arreglo del vehículo en cuestión conforme presupuesto y con los alcances y salvedades informados por talle Vial (fs. 24 “…desestimar de la cotización de repuestos lo siguiente: costado monoblock izquierdo / plafonier…”) sin que sea viable el pago de ningún otro rubro o concepto, al reclamante Sr. RODRIGO SARAVIA (ART. 1772 Código Civil y Comercial).. Previo al dictado de resolución administrativa pase al Departamento de Contaduría. …”.
Que a fs. 26 la Contaduría del Ente se expide y dice que, “… conforme a la existencia de informes que determinan la relación probada entre el daño sufrido por el vehículo del tercero y la caída del elemento de alumbrado público; corresponde efectuar el pago de la compensación extrajudicial al Sr. Saravia Rodrigo – DNI 23.093.460 …”.
Por ello, Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS,
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE
VIALIDAD Y ALUMBRADO PUBLICO
RESUELVE
ARTICULO 1.- Hacer lugar la petición formulada por el Sr. Rodrigo Saravia - DNI 23.093.460 respecto a los daños materiales sufridos en su vehículo Peugeot 206 - dominio GRK384 Peugeot 206 por los motivos expuestos en el exordio y en consecuencia abonar al citado como única y total indemnización, el monto equivalente según los presupuestos y de acuerdo a los informes emitidos por la áreas intervinientes.
ARTÍCULO 2.- Regístrese, notifíquese y para demás efectos intervengan el Departamento Administrativo, la Contaduría y Tesorería del Ente.
M.B.//
s.k.p.
Registrado bajo el Nº 66/2022
EXPEDIENTE Nº 153/C/22
Mar del Plata, 4 de Febrero de 2022
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente Nº 153-C-22 Cpo. 1, relacionado con el llamado a Concurso de Precios Nro. 01/22 para la “ADQUISICION DE PUNTAS PARA FRESADORA”, y
CONSIDERANDO
Que se ha cumplido con las formalidades del llamado a Concurso de Precios, según da cuenta la documentación agregada al expediente de referencia.
Que conforme surge del acta de apertura se presentaron las firmas oferentes: FINNING ARGENTINA SA y FERNANDEZ INSUA SA.
Que no se efectuaron observaciones y/o impugnaciones por parte de las firmas oferentes.
Que sobre la adjudicación se expide la Comisión de Estudio de Ofertas y Adjudicación.
Que en la presente se dan por reproducidas y ratificadas las consideraciones expuestas por la comisión mencionada.
Por ello, Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE
VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
RESUELVE
ARTÍCULO 1.- Aprobar el llamado a Concurso de Precios Nº 01/22 para la “ADQUISICION DE PUNTAS PARA FRESADORA”, efectuado el día 01 de Febrero de 2022 a las 11,00 horas.
ARTÍCULO 2.- Aceptar como validas las ofertas de las firmas: FINNING ARGENTINA SA y FERNANDEZ INSUA SA.
ARTÍCULO 3.- ADJUDICAR a la firma FINNING ARGENTINA SA, por ser su oferta de valores convenientes, de menor valor y de acuerdo a lo solicitado en el Pliego de Bases y Condiciones, la suma de PESOS UN MILLON OCHOCIENTOS VEINTIUN MIL CIENTO OCHENTA Y SEIS CON 00/100 ($ 1.821.186,00.-) por la provisión de:
ARTÍCULO 4.- Requiérase de la firma adjudicataria que constituya dentro de los cinco (5) días de notificada de la presente adjudicación, depósito de garantía de contrato equivalente al cinco por ciento (5%) del monto total adjudicado, la cual será devuelta una vez entregados los artículos adjudicados. .
ARTÍCULO 5.- La Contaduría del Ente tomará los recaudos pertinentes a fin de imputar a la partida correspondiente la erogación que demande la presente Resolución.
ARTÍCULO 6.- Dese al Registro de Resoluciones, para su notificación intervenga la Oficina de Compras y Contaduría.
MB
Gl/
Registrado bajo el Nº 67 /2022
NOTA Nº 661/21
Mar del Plata, 07 de Febrero de 2022
VISTO la Nota Nº 668 /2021 Cpo 1 iniciado por el Sr. Ramón Vicentela - DNI 8.702.909 y,
CONSIDERANDO
Que a fs. 01 el Sr. Ramón Vicentela inicia reclamo administrativo por pago del gasto efectuado a raíz de la existencia de un bache en calle Alberti casi Uruguay.
Que de fs. 02/03 acompaña fotocopias de: Presupuesto y fotografía fotografías del lugar.
Que a fs. 04 obra agregado informe de la Dirección de Obras y dice: “… Visto el reclamo del Sr. Ramón Vicentela S. por la rotura de un neumático a causa del siniestro que habría ocurrido por un bache el Alberti casi Uruguay, se informa que se realizó el relevamiento del sector constatándose la presencia de un bache reparado con carpeta de concreto asfáltico y en buen estado de transitabilidad, el cual se correspondería con el bache de la fotografía adjunta a fs. 03 …” firmado: Dirección de Obras - 21 de Enero de 2022.
Que de fs. 04/07 luce agregado dictamen jurídico del Departamento Asesoría Legal del EMVIAL el cual se tiene por reproducido en todas sus partes en la presente resolución.-
Que el dictamen concluye que “…en autos no se encuentran incorporados elementos suficientes que permitan acceder a lo solicitado por el presentante, dada la inexistencia de acreditación de la relación causal entre el daño hipotéticamente sufrido y conducta alguna de la Administración Pública, por la que ésta deba responder...” firmado: Jefa Departamento Asesoría Legal EMVIAL - 28 de Enero de 2022.
Que esta Presidencia ratifica el dictamen del Departamento de Asesoría Legal.
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE
VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
RESUELVE
ARTÍCULO 1.- Rechazar en su totalidad la petición formulada por el Sr. Ramón Vicentela - DNI 8.702.909, respecto de los daños sufridos, por los motivos expuestos en el exordio.
ARTÍCULO 2.- Dese al Registro de Resoluciones, para su notificación y demás efectos intervenga el Departamento de Coordinación Administrativa.
M.B.//
skp.
Registrado bajo el Nº 68/2022
EXPEDIENTE 925 -B - 2021
Mar del Plata, 07 de Febrero de 2022
VISTO el Expediente Nº 925/B/2021 Cpo 1 iniciado por la Sra. Luisa Mariana Saint Bonnet - DNI 22.626.992 y,
CONSIDERANDO
Que a fs. 01 la Sra. Luisa Mariana Saint Bonnet inicia reclamo administrativo por el cual reclama que el día 16 de noviembre del 2021 circulaba por av. Edison cuando en la intersección con la calle El Cano cae a un supuesto pozo, produciéndose la rotura de neumático y llanta de su vehículo.
Que de fs. 02/06 acompaña fotocopias de: fotografías del vehículo y del lugar – DNI y Licencia de Conducir del reclamante – Constancia de seguro y Cedula de Identificación del vehículo.
Que a fs. 07 obra agregado informe de la Dirección de Obras y dice: “… Visto el reclamo de la Sra. Luisa Bonnet por el siniestro que habría ocurrido en la esquina de Edison y El Cano, según fotografía adjunta a fs. 02, se informa que se realizó el relevamiento del sector constatándose que el bache en cuestión se encontraba reparado con carpeta de concreto asfáltico y en buen estado de transitabilidad. Se adjunta fotografía del bache reparado. …” firmado: Dirección de Obras - 16 de Diciembre de 2021.
Que de fs. 08/11 luce agregado dictamen jurídico del Departamento Asesoría Legal del EMVIAL el cual se tiene por reproducido en todas sus partes en la presente resolución.-
Que el dictamen concluye que “…en autos no se encuentran incorporados elementos suficientes que permitan acceder a lo solicitado por el presentante, dada la inexistencia de acreditación de la relación causal entre el daño hipotéticamente sufrido y conducta alguna de la Administración Pública por la que ésta deba responder...” firmado: Jefa Departamento Asesoría Legal EMVIAL - 28 de Enero de 2022.
Que esta Presidencia ratifica el dictamen del Departamento de Asesoría Legal.
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE
VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
RESUELVE
ARTÍCULO 1.- Rechazar en su totalidad la petición formulada por la Sra. Luisa Mariana Saint Bonnet - DNI 22.626.992, respecto de los daños sufridos, por los motivos expuestos en el exordio.
ARTÍCULO 2.- Dese al Registro de Resoluciones, para su notificación y demás efectos intervenga el Departamento de Coordinación Administrativa.
M.B.//
skp.
Registrado bajo el Nº 69/2022
EXPTE. 135-C-2022
Mar del Plata, 7 de Febrero de 2022
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente Nº 135-C-2022 Cpo. 1, relacionado con la Licitación Privada Nº 02/2022 para la “ADQUISICIÓN DE CEMENTO CPC40 A GRANEL”, y
CONSIDERANDO
Que se ha cumplido con las formalidades del Llamado a Licitación Privada, según da cuenta la documentación agregada al expediente de referencia.
Que conforme surge del acta de apertura se presentaron dos firmas oferentes: DE LEON MEDINA SRL y CEMENTOS AVELLANEDA SA.
Que no se efectuaron observaciones y/o impugnaciones.
Que sobre la adjudicación se expide la Comisión de Estudio de Ofertas y Adjudicación.
Por ello, Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE
VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
RESUELVE
ARTÍCULO 1.- Aprobar el llamado a Licitación Privada Nº 02/2022, para la “ADQUISICIÓN DE CEMENTO CPC40 A GRANEL” cuya apertura fuera efectuada el día 02 de Febrero de 2022 a las 11 ,00 horas.
ARTÍCULO 2.- Aceptar como válidas las ofertas de las firmas DE LEON MEDINA SRL y CEMENTOS AVELLANEDA SA.
ARTÍCULO 3.- Adjudicar la Licitación Privada Nº 02/2022, para la “ADQUISICIÓN DE CEMENTO CPC40 A GRANEL” a la firma DE LEON MEDINA SRL, por ser su oferta conveniente, de menor valor y ajustarse al Pliego de Bases y Condiciones, por un monto total de PESOS CINCO MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA Y UN MIL SEISCIENTOS CON 00/100 ($ 5.241.600,00); por la provisión de:
ARTÍCULO 4.- Requiérase de la firma adjudicataria que constituya dentro de los cinco (5) días de notificada de la presente adjudicación, deposito de garantía de contrato equivalente al cinco por ciento (5%) del monto total adjudicado.
ARTICULO 5.- Reintégrense el Depósito de Garantía de Mantenimiento de Oferta a las Firmas DE LEON MEDINA SRL Recibo Oficial Número 2441 y CEMENTOS AVELLANEDA SA Recibo Oficial Número 2442, una vez cumplimentado lo requerido en el articulo precedente.
ARTÍCULO 6.- La Contaduría del Ente tomará los recaudos pertinentes a fin de imputar a la partida correspondiente la erogación que demande la presente Resolución.
ARTICULO 7.- Dese al Registro de Resoluciones, para su notificación intervenga la Oficina de Compras, Contaduría y Tesorería.
M.B/
gl
Registrado bajo el Nº 70/2022
Mar del Plata, 11 de Febrero de 2022
VISTO que el agente GOMEZ Carlos Roberto – Legajo Nº 22006/1 ha cumplido durante el mes de agosto de 2021 veinticinco (25) años de servicio en la Municipalidad de General Pueyrredon y,
CONSIDERANDO
Que dicho pago se efectuará de acuerdo a lo establecido en el Artículo 10º la Ordenanza Nº 24962.
Que debido a que el Presupuesto de Gastos del Ente tiene su financiación en remesas de la Administración Central, se deberá informar a la Secretaría de Hacienda los montos que requiera el cumplimiento de la presente, a efectos de que se remitan los fondos necesarios para su efectivo pago.
Por ello, en uso de las facultades que le son propias,
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL
DE VIALIDAD Y ALUMBRADO
RESUELVE
ARTÍCULO 1º - Autorizar el pago al agente GOMEZ, Carlos Roberto (Legajo Nº 22006/1 – CUIL 20-14698438-0) cargo CAPATAZ II - C.F. 6-15-71-01 – módulo 50 horas semanales, dependiente de la División de Equipos Viales del del Ente Municipal de Vialidad y Alumbrado Público, el adicional por veinticinco (25) años de servicios, hecho ocurrido el mes de agosto de 2021, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 10º la Ordenanza Nº 24962, dejándose constancia que se abonara en el momento que la Administración Central gire los fondos para dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente.
ARTÍCULO 2º - Instrúyase a la Contaduría del Ente para que informe a la Secretaría de Economía y Hacienda del Municipio los requerimientos de fondos necesarios para hacer efectivo el pago de lo dispuesto en el artículo 1º de la presente.-
ARTÍCULO 3º - Dar al registro de Resoluciones, comunicar por el Departamento de Personal y dar intervención a la Contaduría del Ente.-
Mgc
Registrado bajo el Nº 71/2022
Mar del Plata, 15 de Febrero del 2022
VISTO que mediante Decreto Nº 0162/21 se lo declaró cesante al agente EDUARDO LUIS DIAZ - Legajo Nº 30796/1, a partir del 22 de diciembre de 2021, y
CONSIDERANDO
Que la contaduría del Ente solicita que se informen las licencias devengadas y no gozadas, a efectos de regularizar los haberes del mes de diciembre de 2021.
Que el Departamento de Personal informa que se le adeuda el importe correspondiente a veintiún (21) días de licencia por descanso anual acumulada al año 2019, veintiún (21) días de licencia por descanso anual correspondiente al año 2020 y veinte (20) días de licencia proporcional al año 2021, por lo que corresponde dictar el acto administrativo pertinente a fin de autorizar su pago.
Que con relación al pago de los veintiún (21) días de licencia generados en el año 2019 la Contaduría informa que no corresponde su pago conforme lo dispuesto en los artículos 75º inc. 2 y 79º de la Ley 14656, y lo indicado por el Honorable Tribunal de Cuentas mediante dictámenes obrantes en expedientes Nº 4108-1353-2017-0-0 y Nº 4079-18367-2016-0-1.
Que el Departamento Contaduría ha cuantificado la deuda.
Por ello, en uso de las atribuciones que le son propias,
EL PRESIDENTE DEL ENTE
DE VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
R E S U E L V E
ARTÍCULO 1º.- Autorizar el pago a el ex - agente EDUARDO LUIS DIAZ (Legajo Nº 30796/1 - CUIL Nº 23-28761384-9) quien se desempeñó como OPERARIO ALUMBRADO PÚBLICO (C.F. 6-13-71-01- módulo 50 horas semanales) en mérito a lo expresado en el exordio:
ARTÍCULO 2º.- La Contaduría del EMVIAL adoptará los recaudos pertinentes a fin de imputar a las partidas presupuestarias correspondientes el egreso que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente.
ARTÍCULO 3º.- Dar al registro de Resoluciones, comunicar por el Departamento de Personal e intervenga la Contaduría del EMVIAL
Mgc
Registrado bajo el Nª 72 / 2022
Mar del Plata, 15 de Febrero de 2022
VISTO que el agente José Velardo – Legajo Nº 30260/1 - hará uso de licencia acumulada desde el 16 de febrero y hasta el 18 de marzo de 2022, inclusive, y
CONSIDERANDO
Que el agente Velardo se encuentra a cargo del Departamento Campamento desde el 4 de abril de 2019, mediante Resolución Nº 84/2019.
Que por lo expuesto durante el período que el agente José Velardo se encuentre haciendo uso de licencia es necesario suspender la atención y firma del Departamento Campamento y encomendarle dichas funciones al agente Marcelo Matías Attar – Legajo Nº 29341/1 -.
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE
VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
R E S U E L V E
ARTÍCULO 1º.- Suspender, durante el período comprendido entre el 16 de febrero y el 18 de marzo de 2022, inclusive, la atención y firma del Departamento Campamento, al agente JOSÉ VELARDO - Legajo Nº 30260/1 – Conductor Equipos Especiales-, dejándose constancia que fuera de esas fechas el agente Velardo continuará con las funciones encomendadas oportunamente mediante Resolución Nº 84/2019.
ARTÍCULO 2º.- Encomendar, durante el período comprendido entre el 16 de febrero y el 18 de marzo de 2022, inclusive, la atención y firma del Departamento Campamento, al agente MARCELO MATÍAS ATTAR - Legajo Nº 29341/1 – Supervisor Administrativo -, por las razones puntualizadas en el exordio.
ARTÍCULO 3º.- Dar al Registro de Resoluciones y notificar por el Departamento de Personal del EMVIAL.-
Mac.
Registrado bajo el Nª 73 / 2022.-
Mar del Plata, 16 de Febrero de 2022
VISTO las presentes actuaciones, y
CONSIDERANDO
Que mediante las mismas el agente Maximiliano Gaston Carabajal – Legajo 34656/1 – solicita se le abone el Adicional por título secundario.
Que en razón de que el agente se desempeña en un cargo del Grupo Ocupacional Obrero le corresponde el pago de acuerdo a lo establecido en el Artículo 45º, Inc. a) de la Ordenanza Complementaria de Presupuesto vigente.
Por ello, en uso de las facultades que le son propias,
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL
DE VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
R E S U E L V E
ARTÍCULO 1º.- Otorgar a partir del 1 de febrero de 2022, el Adicional por Título Secundario de acuerdo a lo establecido en el Art. 45º inc. a) de la Ordenanza Complementaria de Presupuesto vigente, al agente MAXIMILIANO GASTON CARABAJAL – Legajo Nº 34656/1 – CUIL 20-35140748-5, quien se desempeña como Obrero en el Departamento de Taller del Ente Municipal de Vialidad y Alumbrado Público, por las razones puntualizadas en el exordio.
ARTÍCULO 2º.- Dar al registro de Resoluciones, comunicar por el Departamento de Personal, y dar intervención a la Contaduría del Ente.-
ald.
Registrado bajo el Nª 74 / 2022
EXPEDIENTE Nº 441/P/2014-Cpo1
Mar del Plata, 16 de Febrero de 2022
VISTO el expediente Nº 441-P-2014 -Cpo 1 que trata la utilización de un espacio reservado en la calle Olavarría Nº 2724, y
CONSIDERANDO
Que por Resolución Nº 150/2014 de fecha 26 de Junio de 2014 la Presidencia del EMVIAL autorizó la utilización de un (1) espacio reservado de seis (06) metros para la instalación de un módulo para el estacionamiento de motos y bicicletas frente al inmueble sito en la calle Olavarría Nº 2724.
Que a fs. 19 la Sra. Melina Ramocini solicita la baja del uso del espacio en cuestión.
Que a fs. 20/21 la División Recursos informa que la firma Proyectos y Tendencias S.A. ha cancelado la deuda con el EMVIAL, adjuntando informe actualizado.
Por ello, Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS,
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE
VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
RESUELVE
ARTÍCULO 1º: Dar de baja el espacio reservado autorizado a la firma PROYECTOS Y TENDENCIAS S.A. de seis (6) metros para la instalación de un módulo para estacionamiento de motos y bicicletas frente al inmueble de calle OLAVARRIA Nº 2724 de esta ciudad, otorgado mediante Resolución Nº 150/2014.
ARTÍCULO 2.- Dese al Registro de Resoluciones; intervenga la División Recursos, para su notificación y demás efectos intervenga el Departamento de Ingeniería de Tránsito. Cumplido notifíquese a la Secretaría de Seguridad y a la Subsecretaría de Movilidad Urbana.
M.B.//
skp.
Registrado bajo el Nº 75 / 2022
EXPEDIENTE Nº 7243/6/2011 - Cpo1
Mar del Plata, 16 de Febrero de 2022
VISTO el expediente 7243/6/2011 - Cpo 1 que trata la utilización de un espacio reservado para el Centro de Urología sito en calle 9 de Julio Nº 2998, y
CONSIDERANDO
Que por Resolución Nº 239/11 de fecha 15 de Abril de 2011, la Presidencia del ENOSUr autorizó la construcción de una dársena para ascenso y descenso de pacientes frente al inmueble de calle 9 de Julio Nº 2998.
Que a fs. 08 se solicita la baja del uso del espacio en cuestión.
Que a fs. 19 El Departamento de Ingeniería de Tránsito este departamento no tiene objeciones de índole técnica a dicha solicitud.
Que a fs. 23/24 la División Recursos agrega informe sin deuda de la cuenta nº P-0000000415 cuyo titular es CENTRO DE UROLOGÍA SRL.
Por ello, Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS,
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE
VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
RESUELVE
ARTÍCULO 1º: Dar de baja la autorización otorgada mediante resolución Nº 239/2011 del ENOSUr, para la utilización de una (1) dársena para ascenso y descenso de pacientes frente al inmueble de calle 9 de Julio Nº 2998 de esta ciudad.
ARTÍCULO 2º: Dese al Registro de Resoluciones; para su notificación y demás efectos intervengan el Departamento de Ingeniería de Tránsito y la División de Recursos. Cumplido notifíquese a la Secretaría de Seguridad y a la Subsecretaría de Movilidad urbana.
M.B.//
Skp.
Registrado bajo el Nº 76 / 2022
Mar del Plata, 16 de Febrero de 2022
VISTO la Ordenanza 17427/06 que otorga permisos de rotura de los pavimentos a las empresas prestadoras de servicios, que a su vez, subcontratan a empresas constructoras para realizar dichos trabajos, y
CONSIDERANDO:
Que no se cumplen los plazos previstos en dicha Ordenanza para la reparación de los mismos, con el consiguiente riesgo para el tránsito vehicular.
Que los cruces se tapan con tierra para librarlos al tránsito, sin señalizar adecuadamente, y cuya reparación final se realiza con importantes demoras.
Que no se comunica fehacientemente al EMVIAL, el inicio de los trabajos y la solicitud para la aprobación de la base y pavimento antes de repararlo.
Que no se cumple con la Ordenanza 12.278 que regula las condiciones de seguridad en el tránsito.
Que no se cumple con la premisa de no demolerse una nueva cuadra sin haber reparado la anterior.
Que en los trabajos de tuneleado es imposible rellenar el mismo con suelo seleccionado compactado, por lo cual se debe colocar mortero de densidad controlada para evitar hundimientos posteriores.
Que en las roturas de pavimentos pequeñas, donde es imposible utilizar equipo autopropulsado pata de cabra para compactar, la subbase y/o base no alcanzan las densidades mínimas.
Que no se cumplen con las especificaciones técnicas exigidas en cuanto a la subbase, base y pavimento.
Que no se extraen testigos para evaluar la calidad de la reparación del pavimento.
Por ello, Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS,
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE
VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
RESUELVE
ARTICULO 1º.- Realizar las reparaciones de los pavimentos que se encuadran dentro de la Ordenanza 17427, por administración, es decir por parte del EMVIAL.
ARTICULO 2º.- En los cruces donde es imposible utilizar equipo autopropulsado pata de cabra para compactar, se realizarán los siguientes trabajos: Provisión y colocación de mortero de densidad controlada hasta un espesor de 1,00 m, previa notificación de la contratista que la cañería está en condiciones de ser tapada.
Reconstrucción del pavimento en similares espesores a los adyacentes, y no menor que 0,18 m. en pavimentos de hormigón y de 0,07 m. en carpeta de concreto asfáltico.
ARTICULO 3º.- Por tratarse de reparaciones de pavimentos a realizarse por el EMVIAL, no se exigirá depositar garantía correspondiente a fondo de reparo, ni costos de ensayo de laboratorio de los testigos extraídos.
ARTICULO 4º.- Se establece un costo de $ 12.100.- ( PESOS DOCE MIL CIEN ) EL METRO CUADRADO, que incluye el 6% de gastos administrativos y de inspección según la Ordenanza Impositiva vigente.
ARTICULO 5º.- El permisionario deberá comunicar al EMVIAL, con una antelación mínima de cuarenta y ocho (48) horas, fehacientemente mediante nota o vía mail, de la finalización de los trabajos de enterramiento de la cañería y su tapada correspondiente, a los efectos que el ente tome intervención para la posterior reparación.
ARTICULO 6º.- La responsabilidad civil por la ejecución de la obra y todos sus emergentes, será asumida en forma conjunta por la empresa de servicios y la contratista; deslindando de toda responsabilidad a la Municipalidad del Partido de General Pueyrredón. Es decir el vallado y balizado diurno y nocturno estarán a cargo de las empresas que realicen la obra.
ARTICULO 7º.- Registrar, notificar a la firma solicitante y por Inspección de Obras, y Laboratorio, procédase a ejecutar los controles correspondientes.
M.B./
Registrado bajo el Nº 77/2022
Mar del Plata,17 de Febrero de 2022
VISTO las presentes actuaciones, y
CONSIDERANDO
Que mediante las mismas el Director de Coordinación Operativa y Control de Gestión solicita el traslado del agente Rubén Antonio Cabrera – Legajo Nº 25975/1 – del Departamento Planta de Hormigón a la División Obras de Asfalto por razones de servicio.
Por ello y en uso de facultades que le son propias,
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL
DE VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
R E S U E L V E
ARTÍCULO 1º.- Trasladar a partir de la fecha, al agente RUBEN ANTONIO CABRERA (Legajo Nº 25975/1 - CUIL. 23-17870181-9), Conductor Equipos Especiales – C.F. 6-14-71-02 – 50 horas semanales –Nº de Orden V 60133:
DE: DEPARTAMENTO PLANTA DE HORMIGÓN
A: DIVISIÓN OBRAS DE ASFALTO DE LA DIRECCIÓN DE OBRAS VIALES,
manteniéndosele el pago de las bonificaciones que viene percibiendo.
ARTÍCULO 2º.- Registrar y comunicar por el Departamento de Personal del EMVIAL.
Mac.
Registrado bajo el Nº 78/2022
EXPTE. 310-C-2022
Mar del Plata, 17 de Febrero de 2022
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente Nº 310-C-2022 Cpo. 1 Alc. 0, relacionado con la contratación de la Obra “ROTURA, ACONDICIONAMIENTO DE BASE Y COLOCACION DE HORMIGÓN EN BACHES”, y
CONSIDERANDO
Que de acuerdo a lo determinado en el Artículo Nº 151 de la Ley Orgánica de las Municipalidades corresponde efectuar el llamado a Licitación Privada.
Que ha sido confeccionado el Pliego de Bases y Condiciones obrante en el citado expediente.
Por ello, Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE
VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
RESUELVE
ARTÍCULO 1.- Apruébese el Pliego de Bases y Condiciones y demás documentación elaborada por la Oficina de Compras.
ARTÍCULO 2.- Llámese a Licitación Privada Nº 06/2022 para la contratación de la Obra “ROTURA, ACONDICIONAMIENTO DE BASE Y COLOCACION DE HORMIGÓN EN BACHES”, en un todo de acuerdo con el Pliego que se aprueba en el artículo anterior, cuya apertura se llevará a cabo el día 23 de Febrero de 2022 a las 11,00 horas.-
ARTÍCULO 3.- Conformase una Comisión de Estudio de Ofertas y Adjudicación para la presente Licitación con un representante de las siguientes áreas: Dirección General, Contaduría, Departamento de Compras y Oficina Técnica.
ARTÍCULO 4.- Invitase a participar a las firmas del ramo.
ARTÍCULO 5.- La Contaduría del Ente tomará los recaudos pertinentes a fin de imputar a la partida presupuestaria correspondiente, la erogación que demande el cumplimiento de la presente.
ARTÍCULO 6.- Dese al Registro de Resoluciones; comuníquese a quienes corresponda.
MB /
Gl
Registrado bajo el Nº 79/2022.
EXPTE. 311-C-2022
Mar del Plata, 17 de Febrero de 2022
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente Nº 311-C-2022 Cpo. 1 Alc. 0, relacionado con la contratación de la Obra “ROTURA Y ACONDICIONAMIENTO DE BASE EN PAVIMENTOS ASFÁLTICOS”, y
CONSIDERANDO
Que de acuerdo a lo determinado en el Artículo Nº 151 de la Ley Orgánica de las Municipalidades corresponde efectuar el llamado a Licitación Privada.
Que ha sido confeccionado el Pliego de Bases y Condiciones obrante en el citado expediente.
Por ello, Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE
VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
RESUELVE
ARTÍCULO 1.- Apruébese el Pliego de Bases y Condiciones y demás documentación elaborada por la Oficina de Compras.
ARTÍCULO 2.- Llámese a Licitación Privada Nº 07-2022 para la contratación de la Obra “ROTURA Y ACONDICIONAMIENTO DE BASE EN PAVIMENTOS ASFÁLTICOS”, en un todo de acuerdo con el Pliego que se aprueba en el artículo anterior, cuya apertura se llevará a cabo el día 23 de Febrero de 2022 a las 12:00 horas.-
ARTÍCULO 3.- Conformase una Comisión de Estudio de Ofertas y Adjudicación para la presente Licitación con un representante de las siguientes áreas: Dirección General, Contaduría, Departamento de Compras y Oficina Técnica.
ARTÍCULO 4.- Invitase a participar a las firmas del ramo.
ARTÍCULO 5.- La Contaduría del Ente tomará los recaudos pertinentes a fin de imputar a la partida presupuestaria correspondiente, la erogación que demande el cumplimiento de la presente.
ARTÍCULO 6.- Dese al Registro de Resoluciones; comuníquese a quienes corresponda.
MB /
Gl
Registrado bajo el Nº 80/2022
EXPEDIENTE Nº 134/C/2022
Mar del Plata, 18 de Febrero de 2022
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente Nº 134-C-22, relacionado con el llamado a Licitación Privada Nro. 01/2022 para la “CONTRATACION SERVICIO DE LIMPIEZA”, y
CONSIDERANDO
Que se ha cumplido con las formalidades del llamado a Licitación Privada, según da cuenta la documentación agregada al expediente de referencia.
Que conforme surge del acta de apertura se presentaron tres firmas oferentes: LUNAZ SRL, ANDAUR SRL y QUALITY CLEAN SOLUTIONS SA.
Que la empresa LUNAZ SRL presentó una observación sobre la oferta de la firma ANDAUR SA, la que fue respondida dentro del plazo establecido por el Pliego de Bases y Condiciones.
Que sobre la adjudicación se expide la Comisión de Estudio de Ofertas y Adjudicación.
Por ello, Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE
VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
RESUELVE
ARTÍCULO 1.- Aprobar el llamado a Licitación Privada Nº 01/2022, para la “CONTRATACION SERVICIO DE LIMPIEZA”, efectuado el día 9 de Febrero de 2022 a las 11,00 horas.
ARTICULO 2.- Aceptar como válidas las ofertas de las firmas LUNAZ SRL, ANDAUR SRL y QUALITY CLEAN SOLUTIONS SA.
ARTÍCULO 3.- Adjudicar la Licitación Privada Nº 01/2022, para la “CONTRATACION SERVICIO DE LIMPIEZA”:
A la firma LUNAZ SRL, por ser su oferta conveniente y ajustarse a lo requerido en el Pliego de Bases y Condiciones, por un monto total de PESOS TRES MILLONES SETECIENTOS DIECINUEVE MIL SEISICENTOS TREINTA Y SIETE CON 00/100 ($ 3.719.637,20..-) por la contratación de:
ARTÍCULO 4.- Requiérase de la firma adjudicataria que constituya dentro de los cinco (5) días de notificado de la presente adjudicación, Depósito de Garantía de Contrato equivalente al cinco por ciento (5%) del monto total adjudicado.
ARTICULO 5.- Reintégrense el Depósito de Garantía de Mantenimiento de Oferta a las siguientes Firmas: LUNAZ SRL Recibo Número 2460, ANDAUR S.R.L. Recibo Número 2459 y QUALITY CLEAN SOLUTIONS SA Recibo Número 2445, una vez cumplimentado lo estipulado en el artículo anterior.
ARTÍCULO 6.- La Contaduría del Ente tomará los recaudos pertinentes a fin de imputar a la partida correspondiente la erogación que demande la presente Resolución. .
ARTÍCULO 7- Dese al Registro de Resoluciones, para su notificación intervenga la Oficina de Compras y Contaduría.
MB
Gl
Registrado bajo el Nº 81 / 2022.-
EXPEDIENTE Nº 156/C/22
Mar del Plata, 21 de Febrero de 2022
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente Nº 156-C-22 Cpo. 1, relacionado con el llamado a Concurso de Precios Nro. 02/22 para la “ADQUISICION DE CAÑOS DE HIERRO PARA COLUMNAS DE ALUMBRADO PUBLICO”, y
CONSIDERANDO
Que se ha cumplido con las formalidades del llamado a Concurso de Precios, según da cuenta la documentación agregada al expediente de referencia.
Que conforme surge del acta de apertura se presentaron las firmas: OACI SA, CASA BLANCO SA, PLASTIGAS MAR DEL PLATA S.A, y BENEDETTI SAIC.
.
Que no se efectuaron observaciones y/o impugnaciones por parte de la firma oferente.
Que sobre la adjudicación se expide la Comisión de Estudio de Ofertas y Adjudicación.
Que en la presente se dan por reproducidas y ratificadas las consideraciones expuestas por la comisión mencionada.
Por ello, Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE
VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
RESUELVE
ARTÍCULO 1.- Aprobar el llamado a Concurso de Precios Nº 02/22 para la “ADQUISICION DE CAÑOS DE HIERRO PARA COLUMNAS DE ALUMBRADO PUBLICO” efectuado el día 03 de Febrero de 2022 a las 11,00 horas. .
ARTÍCULO 2.- Rechazar las ofertas de las firmas: OACI SA y CASA BLANCO SA por ser el caño cotizado de chapa galvanizada mediante unión soldada.
ARTÍCULO 3.- Aceptar como validas las ofertas de las firmas: PLASTIGAS MAR DEL PLATA S.A, y BENEDETTI SAIC.
ARTÍCULO 4- Adjudicar el Concurso de Precios Nro. 02/22, para la “ADQUISICION DE CAÑOS DE HIERRO PARA COLUMNAS DE ALUMBRADO PUBLICO”.
******* A la firma PLASTIGAS MAR DEL PLATA SA, la suma de PESOS DOS MILLONES CIENTO TRECE MIL TRESCIENTOS SESENTA CON 00/100 ($ 2.113.360,00.-) por la provisión de:
ARTÍCULO 4.- Requiérase de la firma adjudicataria que constituya dentro de los cinco (5) días de notificado de la presente adjudicación, depósito de garantía de contrato equivalente al cinco por ciento (5%) del monto total adjudicado.
ARTÍCULO 5.- La Contaduría del Ente tomará los recaudos pertinentes a fin de imputar a la partida correspondiente la erogación que demande la presente Resolución. .
ARTÍCULO 6.- Dese al Registro de Resoluciones, para su notificación intervenga la Oficina de Compras y Contaduría.
MB
Gl/
Registrado bajo Numero 82/2022.
Mar del Plata, 22 de Febrero de 2022
VISTO que la agente Silvia Karina Pili – Legajo Nº 20842/1 - hará uso de licencia premio por presentismo del 21 al 25 de febrero de 2022, inclusive, y
CONSIDERANDO
Que la agente Pili se encuentra a cargo del Departamento Coordinación Administrativa desde el 22 de febrero de 2019.
Que por lo expuesto durante el período que la agente Silvia Karina Pili se encuentre haciendo uso de licencia es necesario suspender la atención y firma del Departamento Coordinación Administrativa y encomendarle dichas funciones al agente Rodolfo Ariel Reischer – Legajo Nº 30256/1 -.
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE
VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
R E S U E L V E
ARTÍCULO 1º.- Suspender, durante el período comprendido entre el 21 y el 25 de febrero de 2022, inclusive, la atención y firma del Departamento Coordinación Administrativa, a la agente SILVIA KARINA PILI - Legajo Nº 20842/1 – Superior Administrativo-, dejándose constancia que fuera de esas fechas la agente Pili continuará con las funciones encomendadas oportunamente
ARTÍCULO 2º.- Encomendar, durante el período comprendido entre el 21 y el 25 de febrero de 2022, inclusive, inclusive, la atención y firma del Departamento Coordinación Administrativa al agente RODOLFO ARIEL REISCHER - Legajo Nº 30256/1 – Supervisor Administrativo -, por las razones puntualizadas en el exordio.
ARTÍCULO 3º.- Dar al Registro de Resoluciones y notificar por el Departamento de Personal del EMVIAL.-
Ald
Registrado bajo el Nª 83/2022
EXPTE. 154-C-22
Mar del Plata, 22 de Febrero de 2022
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente Nº 154-C-22 Cpo. 1, relacionado con la Licitación Privada Nº 04/22 para la “ADQUISICION DE COLUMNAS GALVANIZADAS PARA ALUMBRADO PUBLICO” y
CONSIDERANDO
Que se ha cumplido con las formalidades del Llamado de la Licitación Privada, según da cuenta la documentación agregada al expediente de referencia.
Que conforme surge del acta de apertura se presentaron las firmas: OBRELECTRIC SRL, DISMET SA, COLSER SRL y OACI SA.
Que no se efectuaron observaciones y/o impugnaciones.
Que sobre la adjudicación se expide la Comisión de Estudio de Ofertas y Adjudicación.
Por ello, Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE
VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
RESUELVE
ARTÍCULO 1.- Aprobar el Llamado de la Licitación Privada Nº 04/22, para la “ADQUISICION DE COLUMNAS GALVANIZADAS PARA ALUMBRADO PUBLICO” cuya apertura fuera efectuada el día 8 de Febrero de 2022 a las 11,00 horas.
ARTICULO 2.- Aceptar como válidas las ofertas de la firma OBRELECTRIC SRL, DISMET SA, COLSER SRL y OACI SA.
ARTÍCULO 3.- Adjudicar la Licitación Privada Nº 04/22, para la “ADQUISICION DE COLUMNAS GALVANIZADAS PARA ALUMBRADO PUBLICO”: A la firma COLSER SRL, por ser su oferta conveniente y ajustarse al Pliego de Bases y Condiciones, por un monto total de PESOS CINCO MILLONES CIENTO OCHENTA Y CUATRO MIL CIENTO CINCUENTA Y NUEVE CON 00/100 ($ 5.184.159,00); la provisión de:
ARTICULO 4.- Requiérase de la firma adjudicataria que constituya dentro de los cinco (5) días de notificada de la presente adjudicación, deposito de garantía de contrato equivalente al cinco por ciento (5%) del monto total adjudicado, el que será devuelto, una vez entregada de conformidad la totalidad del producto ofrecido.
ARTÍCULO 5.- Reintégrense el Depósito de Garantía de Mantenimiento de Ofertas a la siguiente Firma: OBRELECTRIC SRL Recibo Oficial Número 2454, DISMET SA Recibo Oficial Número 2455, OACISA Recibo Oficial Número 2456 y COLSER SRL Recibo Número 2457, una vez cumplimentado lo indicado en el punto anterior.
ARTÍCULO 6.- La Contaduría del Ente tomará los recaudos pertinentes a fin de imputar a la partida correspondiente la erogación que demande la presente Resolución.
ARTÍCULO 7.- Dese al Registro de Resoluciones, para su notificación intervenga la Oficina de Compras, Contaduría y Tesorería.
MB
Gl/
Registrado bajo el Nº 84/2022
EXTE. 314-C-2022
Mar del Plata, 22 de Febrero de 2022
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente Nº 314-C-2022 Cpo. 1 Alc. 0, relacionado con la “ADQUISICIÓN DE CAÑOS PARA LA REPARACION DE COLUMNAS DE ALUMBRADO PUBLICO”,
CONSIDERANDO
Que de acuerdo a lo determinado en el Artículo Nº 151 de la Ley Orgánica de las Municipalidades corresponde efectuar el llamado a Licitación Privada.
Que ha sido confeccionado el Pliego de Bases y Condiciones obrante en el citado expediente.
Por ello, Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL
DE VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
RESUELVE
ARTÍCULO 1.- Apruébese el Pliego de Bases y Condiciones y demás documentación elaborada por la Oficina de Compras.
ARTÍCULO 2.- Llámese a Licitación Privada Nº 10/2022 para la “ADQUISICIÓN DE CAÑOS PARA LA REPARACION DE COLUMNAS DE ALUMBRADO PUBLICO”, en un todo de acuerdo con el Pliego que se aprueba en el artículo anterior, cuya apertura se llevará a cabo el día 08 de Marzo de 2022 a las 11,00 horas.-
ARTÍCULO 3.- Confórmese una Comisión de Estudio de Ofertas y Adjudicación para la presente Licitación con un representante de las siguientes áreas: Dirección General, Contaduría, Departamento de Compras y Alumbrado Público.
ARTÍCULO 4.- Invítese a participar a las firmas del ramo.
ARTÍCULO 5.- La Contaduría del Ente tomará los recaudos pertinentes a fin de imputar a la partida presupuestaria correspondiente, la erogación que demande el cumplimiento de la presente.
ARTÍCULO 6.- Dese al Registro de Resoluciones; comuníquese a quienes corresponda.
M.B.
gl/
Registrado bajo el Nº 85/2022
EXPTE. Nº 312-C-2022
Mar del Plata, 22 de Febrero de 2022
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente Nº 312 - C - 2022 Cpo. 1 Alc. 0, relacionado con la “ADQUISICIÓN DE COLUMNAS PARA SEMAFOROS”,
CONSIDERANDO
Que de acuerdo a lo determinado en el Artículo Nº 151 de la Ley Orgánica de las Municipalidades corresponde efectuar el llamado a Licitación Privada.
Que ha sido confeccionado el Pliego de Bases y Condiciones obrante en el citado expediente.
Por ello, Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL
DE VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
RESUELVE
ARTÍCULO 1.- Apruébese el Pliego de Bases y Condiciones y demás documentación elaborada por la Oficina de Compras.
ARTÍCULO 2.- Llámese a Licitación Privada Nº 08/22 para la “ADQUISICIÓN DE COLUMNAS PARA SEMAFOROS”, en un todo de acuerdo con el Pliego que se aprueba en el artículo anterior, cuya apertura se llevará a cabo el día 03 de Marzo de 2022 a las 11,00 horas.-
ARTÍCULO 3.- Confórmese una Comisión de Estudio de Ofertas y Adjudicación para la presente Licitación con un representante de las siguientes áreas: , Dirección General, Contaduría, Departamento de Compras e Ingeniería de Tránsito.
ARTÍCULO 4.- Invítese a participar a las firmas del ramo.
ARTÍCULO 5.- La Contaduría del Ente tomará los recaudos pertinentes a fin de imputar a la partida presupuestaria correspondiente, la erogación que demande el cumplimiento de la presente.
ARTÍCULO 6.- Dese al Registro de Resoluciones; comuníquese a quienes corresponda. Cumplido archívese.
MB
GL/.-
Registrado bajo el Nº 86/2022.
EXPTE. 155-C-2022
Mar del Plata, 22 de Febrero de 2022
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente Nº 155-C-2022 Cpo. 1, relacionado con la Licitación Privada Nº 03/2022 para la “ADQUISICIÓN DE LUMINARIAS LED” y
CONSIDERANDO
Que se ha cumplido con las formalidades del llamado correspondiente a la Licitación Privada, según da cuenta la documentación agregada al expediente de referencia.
Que conforme surge del acta de apertura se presentaron cinco (5) firmas: TRIVIAL TECH SA, STRAND SA, SIGNIFY ARGENTINA SA, CASA BLANCO SA y OACI SA.
Que no se efectuaron observaciones y/o impugnaciones.
Que sobre la adjudicación se expide la Comisión de Estudio de Ofertas y Adjudicación.
Por ello, Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE
VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
RESUELVE
ARTÍCULO 1.- Aprobar el llamado de la Licitación Privada Nº 03/2022, para la “ADQUISICIÓN DE LUMINARIAS LED” cuya apertura fuera efectuada el día 4 de Febrero de 2022 a las 11,00 horas.
ARTICULO 2.- Rechazar las ofertas de las firmas TRIVIAL TECH SA y CASA BLANCO SA - ítem 1, por no cumplir con todas las especificaciones técnicas requeridas.
ARTICULO 3.- Aceptar como validas las ofertas de las firmas STRAND SA, SIGNIFY ARGENTINA SA, CASA BLANCO SA- ítem 3- y OACI SA.
ARTÍCULO 4.- Adjudicar la Licitación Privada Nº 03/2022, para la “ADQUISICIÓN DE LUMINARIAS LED”
*** A la firma SIGNIFY ARGENTINA SA por ser su oferta conveniente y ajustarse al Pliego de Bases y Condiciones, por un monto total de PESOS UN MILLON CUATROCIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL CIENTO VEINTIOCHO CON 48/100 ($.1.474.128,48); la provisión de:
ARTÍCULO 5.- Requiérase de la firma adjudicataria que constituya dentro de los cinco (5) días de notificada de la presente adjudicación, deposito de garantía de contrato equivalente al cinco por ciento (5%) del monto total adjudicado, el que será devuelto, una vez entregada de conformidad la totalidad del producto ofrecido.
ARTICULO 6.- Reintégrense los Depósitos de Garantía de Mantenimiento de Ofertas a las siguientes Firmas TRIVIAL TECH SA Recibo Oficial Número 2443, STRAND S.A Recibo Oficial Número 2444, SIGNIFY ARGENTINA SA Recibo Oficial Número 2446, OACI SA Recibo Oficial Número 2447 y CASA BLANCO SA Recibo Oficial Número 2453 una vez cumplimentado lo indicado en el punto anterior.
ARTÍCULO 7.- La Contaduría del Ente tomará los recaudos pertinentes a fin de imputar a la partida correspondiente la erogación que demande la presente Resolución.
ARTÍCULO 8.- Dese al Registro de Resoluciones, para su notificación intervenga la Oficina de Compras, Contaduría y Tesorería.
M.B
Gl/
Registrado bajo el Nº 87/2022
EXPTE. 315-C-2022
Mar del Plata, 22 de Febrero de 2022
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente Nº 315-C-2022 Cpo. 1 Alc. 0, relacionado con la “CONTRATACION DE AUTOMATIZACION PARA LA PLANTA DE HORMIGON” y,
CONSIDERANDO
Que de acuerdo a lo determinado en el Artículo Nº 151 de la Ley Orgánica de las Municipalidades corresponde efectuar el llamado a Licitación Privada.
Que ha sido confeccionado el Pliego de Bases y Condiciones obrante en el citado expediente.
Por ello, Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE
VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
RESUELVE
ARTÍCULO 1.- Apruébese el Pliego de Bases y Condiciones y demás documentación elaborada por la Oficina de Compras.
ARTÍCULO 2.- Llámese a Licitación Privada Nº 11/2022 para la “CONTRATACION DE AUTOMATIZACION PARA LA PLANTA DE HORMIGON”, en un todo de acuerdo con el Pliego que se aprueba en el artículo anterior, cuya apertura se llevará a cabo el día 04 de Marzo de 2022 a las 11,00 horas.-
ARTÍCULO 3.- Confórmese una Comisión de Estudio de Ofertas y Adjudicación para el presente Concurso con un representante de las siguientes áreas: Contaduría, Dirección General, Departamento de Compras y Laboratorio.
ARTÍCULO 4.- Invitase a participar a las firmas del ramo.
ARTÍCULO 5.- La Contaduría del Ente tomará los recaudos pertinentes a fin de imputar a la partida presupuestaria correspondiente, la erogación que demande el cumplimiento de la presente.
ARTÍCULO 6.- Dése al Registro de Resoluciones; comuníquese a quienes corresponda.
MB/
g.l.
Registrado bajo el Nº 88/2022
Mar del Plata, 24 de Febrero de 2022
Visto:
La existencia del Decreto Nº 1891, referente al contrato de comodato celebrado entre Centrales de la Costa Atlántica S. A., con el Municipio del Partido de General Pueyrredón, el día 15 de Agosto de 2.009 y,
Considerando:
Que mediante la firma del mencionado Decreto, la firma procede a la entrega a la Municipalidad del Partido de General Pueyrredón, del inmueble ubicado en la Av. Juan B. Justo Nº 5.555, entre las calles Tierra del Fuego, Matheu y México de la ciudad de Mar del Plata.
Que, a través de su claúsula 2da., se deja expresamente aclarado, que se encomienda al Ente Municipal de Vialidad y Alumbrado Público, la intendencia de la propiedad, teniendo a su cargo la custodia, administración, seguridad, iluminación, limpieza y mantenimiento del predio.
Que actualmente en este Predio, funciona el Distrito Descentralizado El Gaucho, en el cual funcionan varias dependencias municipales.
Que es imperioso, designar a una persona, la cual cumpla la función de encargado del Predio en cuestión, como así también será quien otorgue autorización para ingreso, permanencia, egreso, y otros en el lugar.
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE
VIALIDAD Y ALUMBRADO PUBLICO
RESUELVE
ARTICULO 1º: Designar, al Dr. Sebastián Ariel Sirochinsky, Legajo Nº 26.305, como persona a cargo del Predio del Distrito Descentralizado El Gaucho, ubicado en Av. Juan B. Justo 5.555, del cual dependerán las autorizaciones de cualquier índole que pudieren surgir en el sector en cuestión.
ARTICULO 2º: Dar al Registro de Resoluciones y notificar a todas las áreas.
Registrado bajo el Nª 89/2022
EXPTE. 152-C-2022
Mar del Plata, 24 de Febrero de 2022
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente Nº 152-C-22 Cpo. 1, relacionado con la Licitación Pública Nº 01/22 para la “ADQUISICIÓN DE FOTOCONTROLES” y
CONSIDERANDO
Que se ha cumplido con las formalidades del llamado de la Licitación Pública, según da cuenta la documentación agregada al expediente de referencia.
Que conforme surge del acta de apertura se presentaron cinco (5) firmas: FERRERO CONSTRUCCIONES SRL, ENLUZ S.A, DI GIOVANNI EDUARDO, CASA BLANCO SA y OACI SA.
Que no se efectuaron observaciones y/o impugnaciones.
Que sobre la adjudicación se expide la Comisión de Estudio de Ofertas y Adjudicación.
Por ello, Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE
VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
RESUELVE
ARTÍCULO 1.- Aprobar el llamado de la Licitación Pública Nº 01/22, para la “ADQUISICIÓN DE FOTOCONTROLES” cuya apertura fuera efectuada el día 15 Febrero de 2022 a las 11,00 horas.
ARTICULO 2.- Aceptar como válidas las ofertas de las firmas FERRERO CONSTRUCCIONES SRL, ENLUZ S.A, DI GIOVANNI EDUARDO, CASA BLANCO SA y OACI SA.
ARTÍCULO 3.- Adjudicar la Licitación Pública Nº 01/22, para la “ADQUISICIÓN DE FOTOCONTROLES”
***A la firma CASA BLANCO S.A por ser su oferta de menor precio, conveniente y ajustarse al Pliego de Bases y Condiciones, por un monto total de PESOS DIEZ MILLONES CIENTO CUARENTA MIL CON 00/100 ($.10.140.000,00); la provisión de:
ARTÍCULO 4.- Requiérase de la firma adjudicataria que constituya dentro de los cinco (5) días de notificada de la presente adjudicación, deposito de garantía de contrato equivalente al cinco por ciento (5%) del monto total adjudicado, el que será devuelto, una vez entregada de conformidad la totalidad del producto ofrecido.
ARTICULO 5.- Reintégrense los Depósitos de Garantía de Mantenimiento de Ofertas a las siguientes Firmas ENLUZ S.A Recibo Oficial Número 2467, DI GIOVANNI EDUARDO Recibo Oficial Número 2466, CASA BLANCO SA Recibo Oficial Número 2464, FERRERO CONSTRUCCIONES SRL Recibo Oficial Número 2458 y OACI SA Recibo Oficial Número 2470, una vez cumplimentado lo indicado en el punto anterior.
ARTÍCULO 6.- La Contaduría del Ente tomará los recaudos pertinentes a fin de imputar a la partida correspondiente la erogación que demande la presente Resolución.
ARTÍCULO 7.- Dese al Registro de Resoluciones, para su notificación intervenga la Oficina de Compras, Contaduría y Tesorería.
MB
Gl/
Registrado bajo el Nº 90/2022
EXPEDIENTE Nº 248/C/22
Mar del Plata, 24 de Febrero de 2022
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente Nº 248-C-22 Cpo. 1 Alc. 0, relacionado con la “ADQUISICION DE MATERIALES ELECTRICOS PARA EL MANTENIMIENTO DEL ALUMBRADO PUBLICO” y,
CONSIDERANDO
Que de acuerdo a lo determinado en el artículo Nº 151 de la Ley Orgánica de las Municipalidades corresponde efectuar el llamado a Licitación Publica.
Que ha sido confeccionado el Pliego de Bases y Condiciones obrante en el citado expediente.
Por ello, Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE
VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
RESUELVE
ARTÍCULO 1.- Apruébese el Pliego de Bases y Condiciones y demás documentación elaborada por la Oficina de Compras.
ARTÍCULO 2.- Llámese a Licitación Pública Nº 04/2022 para la “ADQUISICION DE MATERIALES ELECTRICOS PARA EL MANTENIMIENTO DEL ALUMBRADO PUBLICO”, en un todo de acuerdo con el Pliego que se aprueba en el artículo anterior, cuyo Presupuesto Oficial asciende a la suma de PESOS CINCUENTA Y CINCO MILLONES DOSCIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS SESENTA CON 00/100 ($ 55.294.760,00.-).-
ARTÍCULO 3.- Fíjese para el 10 de Marzo de 2022 a las 11:00 horas la apertura de las propuestas que serán presentadas en la Oficina de Compras del Ente hasta el día y hora del acto de apertura, en un todo de acuerdo con lo establecido en Pliego de Bases y Condiciones.
ARTÍCULO 4.- Conformase una Comisión de Estudio de Ofertas y Adjudicación para la presente Licitación con un representante de las siguientes áreas: Dirección General, Contaduria, Oficina de Compras y Alumbrado Público.
ARTÍCULO 5.- Efectúense las correspondientes publicaciones, por un (1) día en el Diario La Capital, un (1) día en diario digital de la ciudad, dos (2) días en Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires y publicación en la pagina Municipal.
ARTÍCULO 6.- La Contaduría del Ente adoptara los recaudos pertinentes a fin de imputar a la partida presupuestaria correspondiente la erogación que demande la presente Resolución.
ARTÍCULO 7.- Dese el Registro de Resoluciones comuníquese a quienes corresponda.
MB
g.l.
Registrado bajo el Nº 91/2022.
EXPEDIENTE Nº 249/C/22
Mar del Plata, 25 de Febrero de 2022
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente Nº 249-C-22 Cpo. 1, relacionado con el llamado a Licitación Pública Nº 03-22 para la “ADQUISICION DE ASFALTO CA30”, y
CONSIDERANDO
Que se ha cumplido con las formalidades del llamado a Licitación Pública, según da cuenta la documentación agregada al expediente de referencia.
Que conforme surge del acta de apertura se presentaron las firmas: FLUMAT SRL, PMDP SA y ROZA HNOS SA.
Que no se efectuaron observaciones y/o impugnaciones por parte de las firmas oferentes.
Que sobre la adjudicación se expide la Comisión de Estudio de Ofertas y Adjudicación.
Que en la presente se dan por reproducidas y ratificadas las consideraciones expuestas por la comisión mencionada.
Por ello, Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE
VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
RESUELVE
ARTÍCULO 1.- Aprobar el llamado a Licitación Pública Nº 03/22 para la “ADQUISICION DE ASFALTO CA30” efectuado el día 22 de Febrero de 2022 a las 11,00 horas.
ARTICULO 2.- Aceptar como válidas las ofertas de las firmas FLUMAT SRL, PMDP SA y ROZA HNOS SA.
ARTÍCULO 3.- Adjudicar la Licitación Pública Nro. 03/22, para la “ADQUISICION DE DE ASFALTO CA30”
***A la firma FLUMAT SRL, por ser su oferta conveniente, de menor valor, y ajustarse al pliego de bases y condiciones, la suma de Pesos DIECIOCHO MILLONES CUATROCIENTOS VEINTE MIL CIENTO VEINTE CON 00/100 ($ 18.420.120,00.) por el suministro de:
ARTÍCULO 4.- Requiérase de la firma adjudicataria que constituya dentro de los cinco (5) días de notificado de la presente adjudicación, depósito de garantía de contrato equivalente al cinco por ciento (5%) del monto total adjudicado.
ARTÍCULO 5.- Reintégrese el Depósito de Garantía de Mantenimiento de Oferta a la firma PMDP Recibo Número 2477, FLUMAT SRL Recibo Número 2476 y ROZA HNOS Recibo Número 2482 una vez cumplimentado lo requerido en el artículo anterior.-
ARTÍCULO 6.- La Contaduría del Ente tomará los recaudos pertinentes a fin de imputar a la partida correspondiente la erogación que demande la presente Resolución.-
ARTÍCULO 7.- Dese al Registro de Resoluciones, para su notificación intervenga la Oficina de Compras y Contaduría.
MB
Gl/
Registrado bajo el Nº 92/2022
EXPEDIENTE Nº 12180/3/2018 -Cpo1
Mar del Plata, 02 de Marzo de 2022
VISTO el expediente Nº 12180-3-2018 -Cpo 1 que trata la utilización de un espacio reservado para la instalación de un módulo para estacionamiento de motos y bicicletas en la calle Castelli Nº 2848, y
CONSIDERANDO
Que por Resolución Nº 315/2018 de fecha 07 de Diciembre de 2018 la Presidencia del EMVIAL autorizó la utilización de un (1) espacio reservado de seis (06) metros para la instalación de un módulo para el estacionamiento de motos y bicicletas frente al inmueble sito en la calle Castelli Nº 2848.
Que a fs. 29 obra agregada intimación de deuda cursada por la División Recursos, constatando que el comercio no cuenta con un módulo instalado y el nuevo titular es SILGUERO PABLO JOSE (CUIT 20-20040349-6).
Que a fs. 31 el Departamento de Actividades Económicas, Tasas y Derechos Varios informa que figuró habilitado un comercio a nombre de KIABAND IMPORTACIONES S.R.L. (CUIT 30-71572393-6), sito en la calle Castelli Nº 2848 desde el 06/12/2017 hasta el 30/04/2019, fecha en la que se realizó la comunicación de cese de sus actividades.
Que a fs. 33 la División Recursos sugiere dar de baja por Resolución sugiere proceder a dar de baja por Resolución el espacio oportunamente autorizado como asi también la deuda que registra la cuenta Nº P-2000000476.
Por ello, Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS,
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE
VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
RESUELVE
ARTÍCULO 1º: Dar de baja el espacio reservado de seis (6) metros otorgado mediante Resolución Nº 315/2018 a la firma KIABAND IMPORTACIONES S.R.L., para la instalación de un módulo para estacionamiento de motos y bicicletas frente al inmueble de calle Castelli Nº 2848.
ARTICULO 2º. Dese de baja a la deuda que registra la cuenta nº P-2000000476 generada en concepto de derechos de uso de espacio público, cuyo titular es la Firma KIABAND IMPORTACIONES S.R.L, por los motivos expuestos en el exordio.
ARTÍCULO 3.- Dese al Registro de Resoluciones; intervenga la División Recursos, para su notificación y demás efectos intervenga el Departamento de Ingeniería de Tránsito. Cumplido notifíquese a la Secretaría de Seguridad y a la Subsecretaría de Movilidad Urbana.
M.B.//
skp.
Registrado bajo el Nº 93/2022
EXPEDIENTE Nº 2355/4/2014 -Cpo1
Mar del Plata, 02 de Marzo de 2022
VISTO el expediente Nº 2355-4-2014 -Cpo 1 que trata la utilización de un espacio reservado para la instalación de un módulo para estacionamiento de motos y bicicletas en la calle Av. Colón Nº 3552, y
CONSIDERANDO
Que por Resolución Nº 240/2011 de fecha 15 de Abril de 2011 la Presidencia del ENOSUr autorizó la utilización de un (1) espacio reservado de seis (06) metros para la instalación de un módulo para el estacionamiento de motos y bicicletas frente al inmueble sito en la calle Av. Colón Nº 3552.
Que a fs. 12 obra agregada intimación de deuda cursada por la División Recursos, constatando que el comercio se encuentra cerrado sin actividad comercial.
Que a fs. 15 el Departamento de Actividades Económicas, Tasas y Derechos Varios informa que figuró habilitado un comercio a nombre de JORGUAMAR SRL (CUIT 30-71044030-8), sito en la calle Av. Colón Nº 3552 desde el 07/04/2011 hasta el 31/01/2021, fecha en la que se realizó la comunicación de cese de sus actividades.
Que a fs. 17 la División Recursos informa que en el presente expediente no se encuentra autorización del titular del inmueble donde fue otorgado el espacio y no pudiendo aplicarse lo establecido por la Ordenanza Fiscal Nº 24958, Titulo IX, Cap. III, Art. 170 y ante todo lo expuesto, sugiere dar de baja por Resolución sugiere proceder a dar de baja por Resolución el espacio oportunamente autorizado como asi también la deuda que registra la cuenta Nº P-2000000428.
Por ello, Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS,
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE
VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
RESUELVE
ARTÍCULO 1º: Dar de baja el espacio reservado de seis (6) metros otorgado mediante Resolución Nº 240/2011 a la firma HONDA PORTA, para la instalación de un módulo para estacionamiento de motos y bicicletas frente al inmueble de calle Av. Colón Nº 3552.
ARTICULO 2º. Dese de baja a la deuda que registra la cuenta nº P-2000000428 generada en concepto de derechos de uso de espacio público, cuyo titular ES la Firma HONDA PORTA – JORGUAMAR S.R.L., por los motivos expuestos en el exordio.
ARTÍCULO 3.- Dese al Registro de Resoluciones; intervenga la División Recursos, para su notificación y demás efectos intervenga el Departamento de Ingeniería de Tránsito. Cumplido notifíquese a la Secretaría de Seguridad y a la Subsecretaría de Movilidad Urbana.
M.B.//
skp.
Registrado bajo el Nº 94/2022
EXPEDIENTE Nº 12587/6/2016 -Cpo1
Mar del Plata, 02 de Marzo de 2022
VISTO el expediente Nº 12587-6-2016 -Cpo 1 que trata la utilización de un espacio reservado para la instalación de un módulo para estacionamiento de motos y bicicletas en la calle Alberti Nº 2934, y
CONSIDERANDO
Que por Resolución Nº 246/2016 de fecha 05 de Septiembre de 2016 la Presidencia del EMVIAL autorizó la utilización de un (1) espacio reservado de seis (06) metros para la instalación de un módulo para el estacionamiento de motos y bicicletas frente al inmueble sito en la calle Alberti Nº 2934.
Que a fs. 19 obra agregada intimación de deuda cursada por la División Recursos, constatando que el comercio no cuenta con un módulo instalado.
Que a fs. 24 el Departamento de Actividades Económicas, Tasas y Derechos Varios informa que el establecimiento gastronómico figuraba habilitado a nombre de SEGOVIA Liliana Haydee (CUIT 27132672193), sito en la calle la Alberti Nº 2934, hasta el cese de actividades con fecha 30/09/2018; no siendo coincidente con quien eventualmente se declaró como tal en la solicitud del permiso para la instalación de un módulo para el estacionamiento de motos y bicicletas a fs. 1.
Que a fs. 22/23 se adjuntan imágenes donde se puede observar que el módulo antedicho se encuentra instalado en septiembre 2017, pero no así en Abril de 2019.
Que a fs. 25 la División Recursos sugiere proceder a dar de baja por Resolución el espacio oportunamente autorizado, junto con la deuda por no encontrar sujeto pasible de cobro.
Por ello, Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS,
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE
VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
RESUELVE
ARTÍCULO 1º: Dar de baja el espacio reservado de seis (6) metros otorgado mediante Resolución Nº 246/2016 a la firma KHALIFA BAR, para la instalación de un módulo para estacionamiento de motos y bicicletas frente al inmueble de calle ALBERTI Nº 2934 de esta ciudad.
ARTICULO 2º. Dese de baja a la cuenta nº P- 2000000449 generada en concepto de derechos de uso de espacio público, cuyo titular es el Sr. Esteban Jorge Adolfo Badih - KHALIFA BAR, por los motivos expuestos en el exordio.
ARTÍCULO 3.- Dese al Registro de Resoluciones; intervenga la División Recursos, para su notificación y demás efectos intervenga el Departamento de Ingeniería de Tránsito. Cumplido notifíquese a la Secretaría de Seguridad y a la Subsecretaría de Movilidad Urbana.
M.B.//
skp.
Registrado bajo el Nº 95 /2022
EXPEDIENTE Nº 351/E/22 - Cpo 1
SOLICITUD 03/2022
Mar del Plata, 02 de Marzo de 2022.-
VISTO la presentación efectuada por la Empresa EDEA S.A., por la cual solicita autorización para realizar rotura de calle en el marco de la solicitud de referencia, a fin de llevar a cabo la Obra: TENDIDO DE CABLE SUBTERRANEO DE MEDIA TENSION EN LA CALLE MALVINAS ENTRE LIBERTAD Y BALCARCE y
CONSIDERANDO:
Que rige para la presente tramitación todo lo dispuesto en la Ordenanza Nº 17427/06.
Que a fs. 58 la Dirección de Obras ha efectuado la valorización correspondiente del sector afectado y asimismo informa que dicho sector se encuentra afectado por la veda vigente en el periodo desde 1 ro de Diciembre de 2021, por indicación de Presidencia del EMVIAL se autoriza por vía de excepción la realización de los trabajos.
. Que la empresa ha efectuado el pago correspondiente a la reparación del pavimento conforme recibo oficial Nº 21/000010435/43
Por ello, Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS,
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE
VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
RESUELVE
ARTICULO 1º.- Otorgar el permiso de rotura correspondiente , conforme a lo establecido en el art. 1º de la Ordenanza Nº 17427, a la empresa EDEA S.A., para realizar trabajos de rotura de pavimento en el siguiente sector:
LIBERTAD Y MALVINAS 8,40 |
M2 |
ARTICULO 2º.- El permisionario deberá dar cumplimiento a las disposiciones vigentes-muy especialmente a la ORDENANZA Nº 8610-MODIFICADA POR ORDENANZA Nº 12.278- que regula las condiciones de seguridad en el tránsito, al ejecutarse obras en la vía pública.
ARTICULO 3º.- En ningún caso podrá ser afectada la totalidad de la calzada. No se autorizará una nueva rotura de calle, hasta tanto no sea reparada la iniciada anteriormente.
ARTICULO 4º.- El permisionario deberá comunicar al EMVIAL vial mail fehacientemente a prensa@emvialgov.ar con una antelación mínima de veinticuatro (24) horas antes de cada intervención del comienzo de los trabajos de enterramiento de la cañería, y asimismo deberá comunicar con una antelación mínima de cuarenta y ocho (48) horas, fehacientemente mediante nota o vía Mail a la Dirección de Obras; de los trabajos de su tapada correspondiente y finalización de los mismos a los efectos que el ente tome intervención para la posterior reparación.
ARTICULO 5º.- La reparación del pavimento afectado estará a cargo del EMVIAL una vez aprobada la sub-base por el departamento de Laboratorio del EMVIAL.
ARTICULO 6º.- La falta de autorización para la ejecución de los trabajos, la inobservancia de las características técnicas de ejecución y/o reparación o el incumplimiento de los plazos establecidos, o de las órdenes impartidas, dará lugar a la sanción de entre 1 y 20 sueldos mínimos del personal de la Administración Pública Municipal, ello sin perjuicio del pago de la reparación en caso de corresponder según lo establecido en la Ordenanza 17427/06 Art. 7.
ARTICULO 7º.- La responsabilidad civil por la ejecución de la obra y todos sus emergentes, será asumida en forma conjunta y total por EDEA S.A. y la empresa PLANTEL S.A., en su carácter de Contratista de la obra; deslindando de toda responsabilidad a la Municipalidad del Partido de General PUEYRREDON.
ARTICULO 8º.- Registrar, notificar a la firma solicitante y por Inspección de Obras, y Laboratorio, procédase a ejecutar los controles correspondientes.
M.B.//
skp
Registrado bajo el Nº 96/ 2022
EXPTE. 155-C-2022
Mar del Plata, 2 de Marzo de 2022
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente Nº 155-C-2022 Cpo. 1, relacionado con la Licitación Privada Nº 03/2022 para la “ADQUISICION DE LUMINARIAS LED”, y
CONSIDERANDO
Que la presente contratación se adjudicó a la firma SIGNIFY ARGENTINA S.A.
Que mediante la Solicitud de Pedido Nº 261 la Dirección de Alumbrado Público solicita la provisión de Luminarias Led.
Que la Oficina de Compras informa que la mencionada solicitud se podría tramitar como ampliación de la licitación de referencia, según lo estipulado en el artículo 17º del Pliego de Bases y Condiciones.
Que el monto de la mencionada ampliación asciende a la suma de PESOS CIENTO NOVENTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y CINCO CON 00/100 ($ 197.835,00.-).
Que la Contaduría procede a imputar preventivamente el gasto.
Por ello, Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE
VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
RESUELVE
ARTÍCULO 1.- Ampliar la adjudicación efectuada a la firma SIGNIFY ARGENTINA S.A en los términos de la Licitación Privada Nº 03/2022, para la “ADQUISICION DE LUMINARIAS LED”, manteniéndose las condiciones establecidas en el Pliego de Bases y Condiciones.
ARTÍCULO 2.- La ampliación a que se refiere el artículo primero asciende a la suma de PESOS CIENTO NOVENTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y CINCO CON 00/100 ($ 197.835,00.-); a la firma SIGNIFY ARGENTINA S.A.
ARTÍCULO 3.- La Contaduría del Ente adoptará los recaudos pertinentes a fin de imputar a la partida presupuestaria correspondiente la erogación que demande la presente resolución.
ARTÍCULO 4.- Dese al Registro de Resoluciones, comuníquese a la Empresa Adjudicataria.
M.B
g.l.
Registrado bajo el Nº 97/2022
EXPEDIENTE Nº 310/C/22
Mar del Plata, 04 de Marzo de 2022
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente Nº 310-C-22 Cpo. 1, relacionado con la Licitación Privada Nº 06/22 para la contratación de la Obra “ROTURA, ACONDICIONAMIENTO DE BASE Y COLOCACION DE HORMIGON EN BACHES” y
CONSIDERANDO
Que se ha cumplido con las formalidades del llamado a Licitación Privada, según da cuenta la documentación agregada al expediente de referencia.
Que conforme surge del acta de apertura se presentaron tres ofertas de las firmas: VALENZUELA CONSTRUCCIONES SRL, EMPRENDIMIENTOS ELECTRICOS DEL SUR SA e INDUSTRIA ARGENTINA DE CEMENTO Y CONSTRUCCIONES SA.
Que sobre la adjudicación se expide la Comisión de Estudio de Ofertas y Adjudicación.
Que en la presente se dan por reproducidas y ratificadas las consideraciones expuestas por la comisión mencionada.
Por ello, Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE
VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
RESUELVE
ARTÍCULO 1º.- Aprobar el Llamado a Licitación Privada Nº 06/22, para la contratación de la Obra “ROTURA, ACONDICIONAMIENTO DE BASE Y COLOCACION DE HORMIGON EN BACHES” cuya apertura fuera efectuada el día 23 de Febrero de 2022 a las 11:00 horas.
ARTICULO 2º.- Aceptar como válidas las ofertas de las firmas VALENZUELA CONSTRUCCIONES SRL, EMPRENDIMIENTOS ELECTRICOS DEL SUR SA e INDUSTRIA ARGENTINA DE CEMENTO Y CONSTRUCCIONES SA.
ARTÍCULO 3º.- Adjudicar la Licitación Privada Nº 06/22, para la contratación de la Obra “ROTURA, ACONDICIONAMIENTO DE BASE Y COLOCACION DE HORMIGON EN BACHES” a la firma EMPRENDIMIENTOS ELECTRICOS DEL SUR SA, por ajustarse a lo solicitado en el Pliego de Bases y Condiciones, ser su oferta la más económica y conveniente, por un monto total de PESOS SEIS MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA MIL CON 00/100 ($ 6.750.000,00); la contratación de:
ARTÍCULO 4º.- Requiérase de la firma adjudicataria que constituya dentro de los cinco (5) días de notificada de la presente adjudicación, deposito de garantía de contrato equivalente al cinco por ciento (5%) del monto total adjudicado.
ARTÍCULO 5º.- Reintégrese el Depósito de Garantía de Mantenimiento de Oferta a las firmas VALENZUELA CONSTRUCCIONES RL Recibo Número 2483, INDUSTRIA ARGENTINA DE CEMENTO Y CONSTRUCCIONES SA Recibo Número 2481 y EMPRENDIMIENTOS ELECTRICOS DEL SUR SA Recibo Numero 2478, una vez cumplimentado lo requerido en el articulo anterior.-
ARTICULO 6º.- La Contaduría del Ente tomará los recaudos pertinentes a fin de imputar a la partida correspondiente la erogación que demande el cumplimiento de la presente Resolución.-
ARTICULO 7º.- Dese al Registro de Resoluciones, para su notificación intervenga la Oficina de Compras, Contaduría y Tesorería.
MB/
g.l.
Registrado bajo el Nº 98/2022
EXPEDIENTE Nº 311/C/22
Mar del Plata, 04 de Marzo de 2022
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente Nº 311-C-22 Cpo. 1, relacionado con la Licitación Privada Nº 07/22 para la contratación de la Obra “ROTURA Y ACONDICIONAMIENTO DE BASE EN PAVIMENTOS ASFALTICOS” y
CONSIDERANDO
Que se ha cumplido con las formalidades del llamado a Licitación Privada, según da cuenta la documentación agregada al expediente de referencia.
Que conforme surge del acta de apertura se presentaron cuatro ofertas de las firmas: VALENZUELA CONSTRUCCIONES SRL, EMPRENDIMIENTOS ELECTRICOS DEL SUR SA, INDUSTRIA ARGENTINA DE CEMENTOS Y CONSTRUCCIONES SA Y COOPERATIVA DE TRABAJO NUEVOS RUMBOS CONSTRUCCIONES LIMITADA.
Que sobre la adjudicación se expide la Comisión de Estudio de Ofertas y Adjudicación.
Que en la presente se dan por reproducidas y ratificadas las consideraciones expuestas por la comisión mencionada.
Por ello, Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE
VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
RESUELVE
ARTÍCULO 1º.- Aprobar el Llamado a Licitación Privada Nº 07/22, para la contratación de la Obra “ROTURA Y ACONDICIONAMIENTO DE BASE EN PAVIMENTOS ASFALTICOS” cuya apertura fuera efectuada el día 23 de Febrero de 2022 a las 12:00 horas.
ARTÍCULO 2º.- Aceptar como válidas las ofertas de las firmas VALENZUELA CONSTRUCCIONES SRL, EMPRENDIMIENTOS ELECTRICOS DEL SUR SA, INDUSTRIA ARGENTINA DE CEMENTOS Y CONSTRUCCIONES SA Y COOPERATIVA DE TRABAJO NUEVOS RUMBOS CONSTRUCCIONES LIMITADA.
ARTÍCULO 3º.- Adjudicar la Licitación Privada Nº 07/22, para la contratación de la Obra “ROTURA Y ACONDICIONAMIENTO DE BASE EN PAVIMENTOS ASFALTICOS” a:
***A la firma EMPRENDIMIENTOS ELECTRICOS DEL SUR SA, por ser su oferta de menor valor, conveniente y ajustarse a lo solicitado en el Pliego de Bases y Condiciones, por un monto total de PESOS DOS MILLONES SEISCIENTOS MIL CON 00/100 ($ 2.600.000,00); la contratación de:
***A la firma COOPERATIVA DE TRABAJO NUEVOS RUMBOS CONSTRUCCIONES LIMITADA, por ser su oferta conveniente y ajustarse a lo solicitado en el Pliego de Bases y Condiciones, por un monto total de PESOS DOS MILLONES SETECIENTOS SESENTA MIL CON 00/100 ($ 2.760.000,00); la contratación de:
ARTÍCULO 4º.- Requiérase de las firmas adjudicatarias que constituyan dentro de los cinco (5) días de notificadas de la presente adjudicación, deposito de garantía de contrato equivalente al cinco por ciento (5%) del monto total adjudicado.
ARTÍCULO 5º.- Reintégrese el Depósito de Garantía de Mantenimiento de Oferta a las firmas VALENZUELA CONSTRUCCIONES SRL Recibo Número 2484, INDUSTRIA ARGENTINA DE CEMENTO Y CONSTRUCCIONES SA Recibo Número 2480, EMPRENDIMIENTOS ELECTRICOS DEL SUR SA Recibo Número 2479 y COOPERATIVA DE TRABAJO NUEVOS RUMBOS CONSTRUCCIONES LIMITADA Recibo Número 2487 y 2488, una vez cumplimentado lo requerido en el articulo anterior.-
ARTICULO 6º.- La Contaduría del Ente tomará los recaudos pertinentes a fin de imputar a la partida correspondiente la erogación que demande el cumplimiento de la presente Resolución.-
ARTICULO 7º.- Dese al Registro de Resoluciones, para su notificación intervenga la Oficina de Compras, Contaduría y Tesorería.
MB/
gl
Registrado bajo el Nº 99 /2022
EXPEDIENTE Nº 7868/0/2018 - Cpo1
Mar del Plata, 04 de Marzo de 2022
VISTO el expediente Nº 7868/0/2018 - Cpo 1 que trata la utilización de un espacio reservado por discapacidad en la calle Av. Luro Nº 2265 y,
CONSIDERANDO
Que por Resolución Nº 162/2020 de fecha 19/08/2020 el Presidente del EMVIAL autorizó al Señor Lorenzo Armando Parola– DNI 6.075.825 la utilización de un espacio reservado por discapacidad en la calle Av. Luro Nº 2265.
Que a fs. 36 el Sr. Parola solicita la baja del espacio reservado en cuestión.
Que a fs. 19 el Departamento de Ingeniería de Tránsito informa que no tiene objeciones de índole técnica para sugerir la baja de oficio de dicho espacio.
Por ello, y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE
VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
RESUELVE
ARTÍCULO 1º: Dar de baja la autorización otorgada al Señor Lorenzo Armando Parola – DNI 6.075.825 mediante Resolución nº 162/2020 del EMVIAL para la utilización de un espacio reservado por discapacidad frente al inmueble sito en la calle Av. Luro Nº 2265.
ARTÍCULO 2.- Dese al Registro de Resoluciones; intervenga la División Recursos, para su notificación y demás efectos intervenga el Departamento de Ingeniería de Tránsito. Cumplido notifíquese a la Secretaría de Seguridad y a la Subsecretaría de Movilidad Urbana.
MB//
s.k.p.
Registrado bajo el Nº 100/2022
EXP. Nº 226 LETRA C AÑO 2021 CUERPO 1
Mar del Plata, 04 de Marzo de 2022.-
Visto lo actuado en el presente Expte. Nº 226-C-2021 Cpo.1-0-0, referido a los cálculos de costos y publicación de Registro de Oposición, de la obra de pavimentación proyectada para varios barrios, y
CONSIDERANDO
Que las obras fueron declaradas de Utilidad Pública y Pago Obligatorio mediante la Ordenanza Nº 19.092/09, habiéndose programado la ejecución conforme los proyectos elaborados por el Área Técnica del EMVIAL.
Que de la misma se ha ejecutado la construcción de cordón en calle: PERU al 1100, detallada en los precedentes informes de la Dirección de Obras.
Que de acuerdo a los términos de la Ordenanza citada se establecieron los siguientes planes de pago: A) AL CONTADO: 15% de descuento sobre los valores del prorrateo inicial; B) FINANCIADO: hasta en 24 cuotas iguales, mensuales y consecutivas; C) FINANCIADO: hasta 48 cuotas con un interés del 1% mensual sobre saldo; a partir de la cuota 25, en el caso de que se ejecuten en forma simultánea las dos obras (cordón cuneta y carpeta asfáltica).
Que a fojas 98 la División Recursos informa que no se ha alcanzado con las voluntades necesarias para detener el proceso de la presente obra.
Que en virtud de lo antes expresado corresponde continuar con la planificación efectuada originalmente, disponiendo la emisión de las cuotas conforme a los planes ya enunciados.
Por ello, en uso de las atribuciones que le son propias,
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE
VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
RESUELVE
ARTÍCULO 1º.- Dispónese la puesta al cobro de las Contribuciones por Mejoras generadas por la obra de: Cordón cuneta en calle Perú al 1100 del Barrio SARMIENTO, de acuerdo a los términos y planes financieros publicados en el Registro de Oposición abierto al efecto, iniciándose con el vencimiento de la 1º Cuota y el pago al Contado fijado para el 11/04/2022.
ARTICULO 2º.- Determínense como coeficientes de cálculo los siguientes: $3.184,31 por ml. de frente y $137,65 por m2 de superficie respectivamente, para la obra de Cordón cuneta, a aplicar sobre la extensión lineal de frente y la superficie de los inmuebles incluídos en los proyectos.
ARTICULO 3º.-Las cuotas sucesivas vencerán periódicamente hasta agotar el término financiero que corresponda al plan concedido a cada cuenta ó solicitado por sus titulares, siempre que no se produzcan hechos económicos, financieros ó de otro carácter que alteren la planificación efectuada.
ARTÍCULO 4º.- Dése al Registro de Resoluciones y tomen intervención a efectos de instrumentar el cumplimiento de la presente, el Depto. Contribución por Mejoras y Tesorería y conocimiento por Contaduría.
MB//
a.d.z.
Registrado bajo el Nº 101/2022
EXPEDIENTE Nº 4308/3/2013 - Cpo1
Mar del Plata, 04 de Marzo de 2022
VISTO el expediente Nº 4308-3-2013 Cpo 1 que trata la utilización de un espacio reservado para la instalación de un modulo para el estacionamiento de motos y bicicletas en la calle Rivadavia Nº 4236 utilizado por la firma Postres Balcarce S.A. y,
CONSIDERANDO
Que por Resolución Nº 152/2013 de fecha 05 de Marzo de 2013, se autorizó la utilización de un (1) espacio reservado para la instalación de un modulo para el estacionamiento de motos y bicicletas frente al inmueble en la calle Rivadavia Nº 4236.
Que a fs. 32 la Sra. Lorena Castrillón apoderada de la firma solicita la baja de dicho espacio reservado.
Que a fs. 33/34 la División adjunta informe de deuda actualizado para la prosecución del trámite.
Por ello, Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS,
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE
VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
RESUELVE
ARTÍCULO 1.- Dar de baja el espacio reservado otorgado a la firma POSTRES BALCARCE S.A. mediante Resolución 152/2013 de fecha 05 de Marzo de 2013, para la instalación de un modulo para el estacionamiento de motos y bicicletas frente al inmueble de calle Rivadavia Nº 4236.
ARTÍCULO 2.- Dese al Registro de Resoluciones; intervenga la División Recursos, para su notificación y demás efectos intervenga el Departamento de Ingeniería de Tránsito. Cumplido notifíquese a la Secretaría de Seguridad y a la Subsecretaría de Movilidad Urbana.
MB//
s.k.p.
Registrado bajo el Nº 102 /2022
EXPEDIENTE Nº 142/C/2006 - Cpo1
Mar del Plata, 04 de Marzo de 2022
VISTO el expediente Nº 142-C-2006 Cpo 1 que trata la utilización de un espacio reservado frente al inmueble sito en la calle 3 de Febrero Nº2852 utilizado por el Centro de Estudios Digestivos S.R.L. - CED y,
CONSIDERANDO
Que por Resolución Nº 132/2006 de fecha 29 de Mayo de 2006, se autorizó la construcción de una dársena para ascenso y descenso de pacientes frente al inmueble en la calle 3 de Febrero Nº2852.
Que a fs. 18/19 la División Recursos adjunta informe de deuda actualizado e informa que se procedió a dar de baja a los períodos liquidados por no corresponder el cobro de los mismos y remite las actuaciones para proceder a la baja del espacio en cuestión.
Por ello, Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS,
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE
VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
RESUELVE
ARTÍCULO 1.- Dar de baja la autorización otorgada a la firma CENTRO DE ESTUDIOS DIGESTIVOS S.R.L. - CED mediante Resolución 132/2006 de fecha 29 de Mayo de 2006 para la utilización de un espacio reservado frente al inmueble de calle 3 de Febrero Nº2852.
ARTÍCULO 2.- Dese al Registro de Resoluciones; intervenga la División Recursos, para su notificación y demás efectos intervenga el Departamento de Ingeniería de Tránsito. Cumplido notifíquese a la Secretaría de Seguridad y a la Subsecretaría de Movilidad Urbana.
MB//
s.k.p.
Registrado bajo el Nº 103/2022
EXPEDIENTE Nº 253/G/2006 - Cpo1
Mar del Plata, 04 de Marzo de 2022
VISTO el expediente Nº 253-G-2006 Cpo 1 que trata la utilización de un espacio reservado frente al inmueble sito en la calle Avellaneda Nº 1356 y,
CONSIDERANDO
Que por Resolución Nº 27/2006 de fecha 09 de Febrero de 2006, se autorizó al Sr. Damián Gauna la utilización de un espacio reservado para la instalación de un módulo para el estacionamiento de motos y bicicletas frente al inmueble en la calle Avellaneda Nº 1356.
Que a fs. 15 el Departamento de Actividades Económicas, Tasas y Derechos Varios informa que figuró habilitado un comercio a nombre de GAUNA DAMIAN HUGO (CUIT 23-22007202-9), sito en la calle Avellaneda Nº 1356 desde el 04/10/2005 y al día de la fecha se encuentra pendiente de verificación de cese de actividades.
Que a fs. 19/20 la División Recursos adjunta informe de deuda actualizado e informa que a fs. 17 se observa que el módulo no se encuentra instalado, por lo que se procedió a dar de baja a la deuda que registra la cuenta nº P-2000000481y sugiere dar de baja por resolución el espacio oportunamente autorizado.
Por ello, Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS,
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE
VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
RESUELVE
ARTÍCULO 1.- Dar de baja la autorización otorgado al Sr. Damián h. Gauna – Gimnasio Flex mediante Resolución Nº 7/2006 de fecha 09 de Febrero de 2006 para la utilización de un espacio reservado para el estacionamiento de motos y bicicletas frente al inmueble de calle Avellaneda Nº 1356.
ARTÍCULO 2.- Dese al Registro de Resoluciones; intervenga la División Recursos, para su notificación y demás efectos intervenga el Departamento de Ingeniería de Tránsito. Cumplido notifíquese a la Secretaría de Seguridad y a la Subsecretaría de Movilidad Urbana.
MB//
s.k.p.
Registrado bajo el Nº 104/2022
EXPEDIENTE Nº 959/2/2010 -Cpo1
Mar del Plata, 04 de Marzo de 2022
VISTO el expediente Nº 959/2/2010 -Cpo1 que trata la utilización de un espacio reservado para la instalación de un módulo para estacionamiento de motos y bicicletas en la calle Olavarría Nº 3122, y
CONSIDERANDO
Que por Resolución Nº 262/2009 de fecha 03 de Diciembre de 2009 la Dirección Ejecutiva de Servicios Públicos del ENOSUr autorizó la utilización de un (1) espacio reservado de seis (06) metros para la instalación de un módulo para el estacionamiento de motos y bicicletas frente al inmueble sito en la calle Olavarría Nº 3122.
Que a fs. 20 obra agregada intimación de deuda cursada por la División Recursos, constatando que el comercio habilitado cambio de titularidad y no se observa módulo instalado.
Que a fs. 22 el Departamento de Actividades Económicas, Tasas y Derechos Varios informa que el comercio habilitado a nombre de SOFIA NICOLINA GRAZIUSO sito en la calle Olavarría Nº 3122 tuvo actividad desde el 24/06/2009 hasta el 15/03/2010, fecha en la cual realizó la comunicación de cese de actividades.
Que a fs. 23/24 33 la División Recursos sugiere dar de baja por Resolución sugiere proceder a dar de baja por Resolución el espacio oportunamente autorizado como así también la deuda que registra la cuenta Nº P-20000004013.
Por ello, Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS,
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE
VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
RESUELVE
ARTÍCULO 1º: Dar de baja el espacio reservado de seis (6) metros otorgado mediante Resolución Nº 262/2009 a la Sra. SOFIA NICOLINA GRAZIUSO para la instalación de un módulo para estacionamiento de motos y bicicletas frente al inmueble de calle Olavarría Nº 3122.
ARTICULO 2º. Dese de baja a la deuda que registra la cuenta nº P-20000004013 generada en concepto de derechos de uso de espacio público, cuyo titular es la Sra. SOFIA NICOLINA GRAZIUSO, por los motivos expuestos en el exordio.
ARTÍCULO 3.- Dese al Registro de Resoluciones; intervenga la División Recursos, para su notificación y demás efectos intervenga el Departamento de Ingeniería de Tránsito. Cumplido notifíquese a la Secretaría de Seguridad y a la Subsecretaría de Movilidad Urbana.
M.B.//
skp.
Registrado bajo el Nº 105/2022
Expte. Nº 1-T-2022
Mar del Plata, 04 de Marzo de 2022
VISTO el Decreto Municipal número 0309 del 25 de febrero de 2022, referente a la creación de las de Cajas Chicas en dependencias del Ente Municipal de Vialidad y Alumbrado Público para el periodo administrativo en curso, y
CONSIDERANDO
Que resulta necesaria la determinación de agentes responsables de cada una de ellas.-
Por ello, y en uso de las atribuciones que le son propias,
El PRESIDENTE del ENTE MUNICIPAL DE
VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
RESUELVE
ARTICULO Nº 1 - Designase al Sr. MELILLO, JORGE , legajo nº 24607, como agente responsable de la caja chica TALLER del Ente, la cual asciende a la suma de pesos: TREINTA MIL ($30.000,00) para compras que requieran importes menores a pesos: TRES MIL ($3.000,00).-
ARTICULO Nº 2 - El agente designado deberá dar cumplimiento a lo exigido por la Ley Orgánica de las Municipalidades en los artículos nº 218 a 224 inclusive, y en el Reglamento de Contabilidad, en los artículos nº 37 a 47 inclusive, respecto a la constitución de fianza.-
ARTICULO Nº 3 – Dese al Registro de Resoluciones, comuníquese a quién corresponda.-
MB//
dp.
Registrado bajo el Nº 106/2022
EXPEDIENTE Nº 991/G/ 2021 Cpo1
Mar del Plata, 04 de Marzo de 2022
VISTO lo actuado en el Expte. Nº 991/G/ 2021 Cpo. 1, referido a la autorización de un espacio reservado por discapacidad para estacionamiento frente al inmueble ubicado en la calle Alvarado Nº 2243 y
CONSIDERANDO
Que por Resolución Nº 63/2022 de fecha 04 de Febrero de 2022, se autorizó la utilización de un (1) espacio reservado por discapacidad de seis (06) metros frente al inmueble sito en la calle Alvarado Nº 2243.
Que a fs. 44/50 se solicita la actualización de la autorización para el uso del espacio reservado en cuestión por haber efectuado recientemente del vehículo y acompaña documentación.
Que a fs. 51 el Departamento de Ingeniería de Tránsito informa que no tiene objeciones de índole técnica para acceder a dicho requerimiento.
Por ello, y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE
VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
RESUELVE
ARTICULO 1: Autorizar al Señor CESAR JOSE GILI – DNI 8.462.435, la utilización de un (1) espacio reservado de seis (6) metros por discapacidad con vigencia de Lunes a Domingos las 24 horas para el estacionamiento del vehículo CITROEN C3 – DOMINIO AB670EH, frente al inmueble sito en la calle Alvarado Nº 2243, el que deberá ser señalizado, demarcado y conservado por el recurrente, indicando en la señalización los datos específicos del vehículo autorizado.
ARTICULO 2: La autorización se otorga por el plazo de 2 años, debiendo acompañar para su renovación, una nueva solicitud con la documentación correspondiente.
ARTICULO 3: La autorización otorgada por el Artículo 1º está condicionada al estricto cumplimiento por parte del solicitante, de las obligaciones contenidas en la norma legal vigente.
ARTICULO 4: Dese al Registro de Resoluciones y para su notificación y demás efectos intervengan la División Recursos y el Departamento de Ingeniería de Tránsito. Cumplido, notifíquese a la Secretaría de Seguridad y a la Subsecretaría de Movilidad Urbana.
M.B.//
skp
Registrado bajo el Nº 107/2022
EXPTE. 135-C-2022
Mar del Plata, 02 de Marzo de 2022
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente Nº 135-C-2022 Cpo. 1, relacionado con la Licitación Privada Nº 02/2022 para la “ADQUISICION DE CEMENTO CPC40 A GRANEL”, y
CONSIDERANDO
Que la presente contratación se adjudicó a la firma DE LEON MEDINA SRL.
Que mediante la Solicitud de Pedido Nº 265/22 el Departamento de Laboratorio solicita la provisión de ochenta (80) toneladas de Cemento a Granel.
Que la Oficina de Compras informa que el monto de la adquisición requerida es de PESOS UN MILLON CUARENTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS VEINTE CON 00/100 ($ 1.048.320,00.-).
Que la misma se podría tramitar bajo la ampliación de la licitación de referencia, amparada bajo el artículo 22º del Pliego de Bases y Condiciones.
Que la Contaduría procede a imputar preventivamente el gasto.
Por ello, Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE
VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
RESUELVE
ARTÍCULO 1.- Ampliar la adjudicación efectuada a la firma DE LEON MEDINA SRL en los términos de la Licitación Privada Nº 02/2022, para la “ADQUISICION DE CEMENTO CPC40 A GRANEL”, manteniéndose las condiciones establecidas en el Pliego de Bases y Condiciones.
ARTÍCULO 2.- La ampliación a que se refiere el artículo primero asciende a la suma de PESOS UN MILLON CUARENTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS VEINTE CON 00/100 ($ 1.048.320,00.-), a la firma DE LEON MEDINA SRL.
ARTÍCULO 3.- La Contaduría del Ente adoptará los recaudos pertinentes a fin de imputar a la partida presupuestaria correspondiente la erogación que demande la presente resolución.
ARTÍCULO 4.- Dese al Registro de Resoluciones, comuníquese a la Empresa Contratista.
M.B
g.l.
Registrado bajo el Nº 108/2022.
Expte. Nº 320/C/2022
Mar del Plata, 4 de Marzo de 2022.-
VISTO las actuaciones obrantes en el expediente Nº 320/C/2022- Cpo 1, relacionado con la LICITACION PRIVADA Nº 05/22 para la ejecución de la obra “RECAMBIO LUMINARIAS DE SAP A LED”, y
CONSIDERANDO
Que con fecha 08 de Abril de 2021, se adjudicó la Obra de referencia a la firma EMPRENDIMIENTOS ELECTRICOS DEL SUR SA.
Que mediante la resolución Nro. 360/21, se amplió la obra, según lo estipulado en el pliego de bases y condiciones.
Que con fecha 21 de Febrero de 2022 el Ente Municipal de Vialidad y Alumbrado Público ha labrado las actas de Recepción Provisoria de la obra y de la ampliación.
Por ello, Y EN EJERCICIO DE LAS ATRIBUCIONES QUE LE SON PROPIAS
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE
VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
RESUELVE
ARTÍCULO 1.- Aceptar con fecha 21 de Febrero de 2022, la Recepción Provisoria de la Obra “RECAMBIO LUMINARIAS DE SAP A LED”, ejecutada por la firma EMPRENDIMIENTOS ELECTRICOS DEL SUR SA.
ARTICULO 2.- Convalidar los certificados y pagos efectuados por el Ente a la Firma EMPRENDIMIENTOS ELECTRICOS DEL SUR SA, por la ejecución de la obra de la referencia y su ampliación.
ARTÍCULO 3.- Autorizar a la Contaduría y Tesorería del Ente a devolver la garantía oportunamente ingresada en concepto de Garantía de Contrato: EMPRENDIMIENTOS ELECTRICOS DEL SUR SA, Recibo Número 2256.
ARTÍCULO 4.- Dar al Registro de Resoluciones; intervenga Contaduría y Tesorería del Ente.
MB./
Gl
Registrado bajo el Nº 109/2022
EXPEDIENTE Nº 264/C/2022
Mar del Plata, 4 de Marzo de 2022
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente Nº 264-C-2022 Cpo. 1, relacionado con la Licitación Pública Nº 05/2022 para la “ADQUISICIÓN DE PIEDRA” y
CONSIDERANDO
Que se ha cumplido con las formalidades del llamado a Licitación Pública, según da cuenta la documentación agregada al expediente de referencia.
Que conforme surge del acta de apertura se presentaron las firmas COMPAÑÍA MINERA EL DESTINO SA, VIALSA S.A y CANTERAS YARAVI SA.
Que no se efectuaron observaciones y/o impugnaciones.
Que sobre la adjudicación se expide la Comisión de Estudio de Ofertas y Adjudicación.
Por ello, Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE
VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
RESUELVE
ARTÍCULO 1º.- Aprobar el Llamado a Licitación Pública Nº 05/2022, para la “ADQUISICIÓN DE PIEDRA”, cuya apertura fuera efectuada el día 24 de Febrero de 2022 a las 11,00 horas.
ARTICULO 2º.- Aceptar como válidas las ofertas de las firmas COMPAÑÍA MINERA EL DESTINO SA, VIALSA S.A y CANTERAS YARAVI SA.
ARTÍCULO 3º.- Adjudicar la Licitación Pública Nº 05/2022, para la “ADQUISICIÓN DE PIEDRA” a las firmas:
** VIALSA SA, por ajustarse al Pliego de Bases y Condiciones, y ser su oferta la de menor valor, por un monto total de PESOS DIECIOCHO MILLONES TRESCIENTOS VEINTE MIL CON 00/100 ($ 18.320.000,00); la provisión de:
** CANTERAS YARAVI SA, por ajustarse al Pliego de Bases y Condiciones, y ser su oferta la de menor valor, por un monto total de PESOS OCHO MILLONES NOVECIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS TREINTA CON 00/100 ($ 8.959.630,00); la provisión de:
** COMPAÑÍA MINERA EL DESTINO SA, por ajustarse al Pliego de Bases y Condiciones, y ser su oferta la de menor valor, por un monto total de PESOS CUATRO MILLONES CIENTO TREINTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS CON 00/100 ($ 4.138.200,00); la provisión de:
ARTÍCULO 4º.- Requiérase de las firmas adjudicatarias que constituyan dentro de los cinco (5) días de notificadas de la presente adjudicación, deposito de garantía de contrato equivalente al cinco por ciento (5%) del monto total adjudicado.
ARTÍCULO 5º.- Reintégrese el depósito de garantía de mantenimiento de oferta a las firmas: VIALSA SA Recibo Número 2472, CANTERAS YARAVI S.A Recibo Número 2485, y COMPAÑÍA MINERA EL DESTINO S.A Recibo Número 2486, una vez cumplimentado lo dispuesto en el artículo anterior.
ARTICULO 6º.- La Contaduría del Ente tomará los recaudos pertinentes a fin de imputar a la partida correspondiente la erogación que demande el cumplimiento de la presente Resolución.-
ARTICULO 7º.- Dese al Registro de Resoluciones, para su notificación intervenga la Oficina de Compras, Contaduría y Tesorería.
M.B
g.l.
Registrado bajo el Nº 110/2022.
EXPEDIENTE Nº 151/C/2022
Mar del Plata, 4 de Marzo de 2022
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente Nº 151-C-2022 Cpo. 1, relacionado con la Licitación Pública Nº 02/2022 para la “ADQUISICIÓN DE MOTONIVELADORA” y
CONSIDERANDO
Que se ha cumplido con las formalidades del llamado a Licitación Pública, según da cuenta la documentación agregada al expediente de referencia.
Que conforme surge del acta de apertura se presentaron las firmas ESCANDINAVIA DEL PLATA SA, REPAS SA, GRUAS SAN BLAS SA Y VIALERG SA.
Que no se efectuaron observaciones y/o impugnaciones por parte de los oferentes.
Que la oferta de la firma ESCANDINAVIA DEL PLATA SA, no puede ser analizada técnicamente debido a que el proveedor incurrió en un error al colocar el código de la máquina cotizada, según lo informado, siendo imposible determinar fehacientemente el producto ofrecido.
Que las ofertas de las firmas REPAS SA, GRUAS SAN BLAS SA Y VIALERG SA no cumplen con todas los requisitos técnicos exigidos en los pliegos de bases y condiciones.
Que sobre la adjudicación se expide la Comisión de Estudio de Ofertas y Adjudicación.
Por ello, Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE
VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
RESUELVE
ARTÍCULO 1º.- Aprobar el Llamado a Licitación Pública Nº 02/2022, para la “ADQUISICIÓN DE MOTONIVELADORA”, cuya apertura fuera efectuada el día 15 de Febrero de 2022 a las 11,00 horas.
ARTICULO 2º.- Rechazar la oferta de la firma ESCANDINAVIA DEL PLATA SA por presentar información y documentación inconsistente.
ARTICULO 3º.- Rechazar las ofertas de las firmas REPAS SA, GRUAS SAN BLAS SA Y VIALERG SA, por no cumplir con todos los requisitos exigidos en el pliego de especificaciones técnicas.
ARTICULO 4º.- Efectuar un Segundo Llamado de la Licitación Pública Nº 02/22 para a efectuarse el día 17 de Marzo de 2022 a las 11:00 horas.
ARTICULO 5º.- Efectuar las correspondientes publicaciones, por un (1) día en el Diario La Capital, un (1) día en diario digital de la ciudad, dos (2) días en Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires y publicación en la página Municipal.
ARTICULO 6º.- Dar al Registro de Resoluciones, para su notificación intervenga la Oficina de Compras, Contaduría y Tesorería.
M.B
g.l.
Registrado bajo el Nº 111/2022.
EXPEDIENTE Nº 1382/6/2017 - Cpo1
Mar del Plata, 07 de Marzo de 2022
VISTO el expediente Nº 1382-6-2017 Cpo 1 que trata la utilización de una dársena para ascenso y descenso de personas frente al inmueble sito en la calle Gascón Nº 3019 y en la calle La Rioja Nº 2489 y,
CONSIDERANDO
Que por Resolución Nº 68/2017 de fecha 30 de Marzo de 2017, se autorizó a la Clínica de Cirugía Estética Artemedica S.A. la construcción de una dársena para ascenso y descenso de personas de ocho con ochenta (8,80) metros de largo por un (1) metro de ancho, frente al inmueble sito en la calle Gascón Nº 3019 y construcción de una dársena para ascenso y descenso de personas de siete con ochenta (7,80) metros de largo por un (1) metro de ancho, frente al inmueble sito en la calle en la calle La Rioja Nº 2489.
Que a fs. 38 el Dr. Jose Luis Tesler solicita la baja del servicio de uso de espacio público.
Que a fs. 39 el Departamento de Ingeniería de Tránsito informa que no tiene objeciones de índole técnica para autorizar la baja de la utilización de de ambas dársenas, debiendo reponer las aceras a su estado anterior, conforme lo estipulado por la Ordenanza Nº 9889 artículos 1 y 2.
Que dicho informe cuenta con el visto bueno de la Vicepresidencia del Ente.
Que a fs. 40/41 la División Recursos adjunta informe de deuda e informa que la cuenta nº P-3000000502 a nombre de ARTEMEDICA S.A. se encuentra al día y deriva las actuaciones para proseguir el trámite administrativo..
Por ello, Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS,
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE
VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
RESUELVE
ARTÍCULO 1.- Dar de baja la autorización otorgada a la Clínica de de Cirugía Estética Artemedica S.A mediante Resolución Nº 68/2017 de fecha 30 de Marzo de 2017 para la construcción de una dársena para ascenso y descenso de personas de ocho con ochenta (8,80) metros de largo por un (1) metro de ancho, frente al inmueble sito en la calle Gascón Nº 3019 y para la construcción de una dársena para ascenso y descenso de personas de siete con ochenta (7,80) metros de largo por un (1) metro de ancho, frente al inmueble sito en la calle en la calle La Rioja Nº 2489.
ARTÍCULO 2.- Dese al Registro de Resoluciones; intervenga la División Recursos, para su notificación y demás efectos intervenga el Departamento de Ingeniería de Tránsito. Cumplido notifíquese a la Secretaría de Seguridad y a la Subsecretaría de Movilidad Urbana.
MB//
s.k.p.
Registrado bajo el Nº 112/2022
EXPEDIENTE Nº 312/C/22
Mar del Plata, 7 de Marzo de 2022
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente Nº 312-C-22 Cpo. 1, relacionado con la Licitación Privada Nº 08/22 para la “ADQUISICIÓN DE COLUMNAS PARA SEMAFOROS”, y
CONSIDERANDO
Que se ha cumplido con las formalidades del Primer llamado a Licitación Privada, según da cuenta la documentación agregada al expediente de referencia.
Que conforme surge del acta de apertura se presentaron tres firmas: COLSER SRL, OBRELECTRIC S.R.L y DISMET SA.
Que no se efectuaron observaciones y/o impugnaciones por parte de las firmas oferentes.
Que sobre la adjudicación se expide la Comisión de Estudio de Ofertas y Adjudicación.
Por ello, Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE
VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
RESUELVE
ARTÍCULO 1.- Aprobar el primer llamado a Licitación Privada Nº 08/22, para la “ADQUISICIÓN DE COLUMNAS PARA SEMAFOROS” efectuado el día 03 de Marzo de 2022 a las 11,00 horas.
ARTÍCULO 2.- Aceptar como válidas las ofertas de las firmas COLSER SRL, OBRELECTRIC S.R.L y DISMET SA
ARTÍCULO 3.- Adjudicar a la firma COLSER SRL, por ser su oferta de menor precio, de valores convenientes y ajustarse al Pliego de Bases y Condiciones, por un monto total de PESOS SEIS MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS VEINTE CON 00/100 ($.6.255.620,00) por la provisión de:
ARTÍCULO 4.- Requiérase a la firma adjudicataria que constituya dentro de los cinco (5) días de notificada de la presente adjudicación, depósito de garantía de contrato equivalente al cinco por ciento (5%) del monto total adjudicado, el que será devuelto, una vez entregada de conformidad la totalidad del producto ofrecido.
ARTÍCULO 5.- Reintégrese el depósito de garantía de mantenimiento de oferta a las firmas DISMET SA Recibo Numero 2494, OBRELECTRIC SRL Recibo Numero 2489 y COLSER SRL Recibo Número 2492, una vez cumplimentado lo dispuesto en el artículo anterior.
ARTÍCULO 6.- La Contaduría del Ente tomará los recaudos pertinentes a fin de imputar a la partida correspondiente la erogación que demande la presente Resolución.
ARTÍCULO 7.- Dese al Registro de Resoluciones, para su notificación intervenga la Oficina de Compras, Contaduría y Tesorería.
MB/
gl
Registrado bajo el Nº 113/2022
EXP. Nº 440 LETRA P AÑO 2021 CUERPO 1
Mar del Plata, 07 de Marzo 2022
Visto lo actuado en el presente Expte. nº 440-P-2021-Cpo.1-0-0, referido a los cálculos de costos y publicación de Registro de Oposición, de la obra de pavimentación proyectada para los Barrios Florencio Sanchez, Cerrito sur, Juramento, y
CONSIDERANDO
Que las obras fueron declaradas de Utilidad Pública y Pago Obligatorio mediante la Ordenanza nº 19.092/09, habiéndose programado la ejecución conforme los proyectos elaborados por el Área Técnica del EMVIAL.
Que de la misma se ha ejecutado la construcción de carpeta asfáltica, detallada en los precedentes informes de la Dirección de Obras.
Que de acuerdo a los términos de la Ordenanza citada se establecieron los siguientes planes de pago: A) AL CONTADO: 15% de descuento sobre los valores del prorrateo inicial; B) FINANCIADO: hasta en 24 cuotas iguales, mensuales y consecutivas;
Que a fojas 16 la División Recursos informa que no se han registrado oposiciones a la ejecución de las obras en cuestión.
Que en virtud de lo antes expresado corresponde continuar con la planificación efectuada originalmente, disponiendo la emisión de las cuotas conforme a los planes ya enunciados.
Por ello, en uso de las atribuciones que le son propias
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE
VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
RESUELVE
ARTÍCULO 1º.- Dispónese la puesta al cobro de las Contribuciones por Mejoras generadas por la obra de: Carpeta Asfáltica, en calles B. LYNCH entre Av. Edison y Diag. Gascón (11 cuadras), B. LYNCH entre Cerrito y Fleming (4 cuadras), VALENTINI entre Av. Mario Bravo y Génova (8 cuadras), de los Barrios FLORENCIO SANCHEZ-CERRITO SUR-JURAMENTO, de acuerdo a los términos y planes financieros publicados en el Registro de Oposición abierto al efecto, iniciándose con el vencimiento de la 1º Cuota y el pago al Contado fijado para el 10/05/2022.
ARTICULO 2º.- Determínense como coeficientes de cálculo los siguientes: 4429,49 y 190,88 por ml. de frente y por m2 de superficie respectivamente, para la obra de Carpeta Asfáltica, a aplicar sobre la extensión lineal de frente y la superficie de los inmuebles incluídos en los proyectos.
ARTICULO 3º.-Las cuotas sucesivas vencerán periódicamente hasta agotar el término financiero que corresponda al plan concedido a cada cuenta ó solicitado por sus titulares, siempre que no se produzcan hechos económicos, financieros ó de otro carácter que alteren la planificación efectuada.
ARTÍCULO 4º.- Dése al Registro de Resoluciones y tomen intervención a efectos de instrumentar el cumplimiento de la presente, la División Recursos, Tesorería y conocimiento por Contaduría.
M.B/
Emf
Registrado bajo el Nº 114/2022
EXPTE. 249-C-22/1
Mar del Plata, 08 de Marzo de 2022
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente Nº 249-C-22 Cpo. 1, relacionado con la Licitación Pública Nº 03/22 para la “ADQUISICION DE ASFALTO CA30”, y
CONSIDERANDO
Que la presente licitación se adjudicó a la firma FLUMAT S.R.L.
Que mediante la Solicitud de Pedido Nº 284 el Departamento de Laboratorio solicita la provisión de noventa (90) toneladas de Asfalto CA30.
Que la Oficina de Compras informa que el monto de la de la adquisición mencionada asciende a PESOS NUEVE MILLONES DOSCIENTOS DIEZ MIL SESENTA CON 00/100 ($ 9.210.060,00).
Que en el Pliego de Bases y Condiciones en el articulo 22º contempla la ampliación del cincuenta por ciento (50%) de las cantidades licitadas.
Que la Contaduría procede a imputar preventivamente el gasto.
Por ello, Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE
VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
RESUELVE
ARTÍCULO 1.- Ampliar la adjudicación efectuada a la firma FLUMAT SRL. en los términos de la Licitación Pública Nº 03/22, para la “ADQUISICION DE ASFALTO CA30”, manteniéndose las condiciones establecidas en el Pliego de Bases y Condiciones.
ARTÍCULO 2.- La ampliación a que se refiere el artículo primero asciende a la suma total de PESOS NUEVE MILLONES DOSCIENTOS DIEZ MIL SESENTA CON 00/100 ($ 9.210.060,00), correspondiendo a la firma FLUMAT SRL.
ARTÍCULO 3.- La Contaduría del Ente adoptará los recaudos pertinentes a fin de imputar a la partida presupuestaria correspondiente la erogación que demande la presente resolución.
ARTÍCULO 4.- Dese al Registro de Resoluciones, comuníquese a la Empresa Contratista.
MB
g.l.
Registrado bajo el Nº 115/2022.
EXPTE. 871-C-2021
Mar del Plata, 08 de Marzo de 2022
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente Nº 871-C-2021 Cpo. 1, relacionado con la Licitación Pública Nº 16/2021 para la “ADQUISICION DE GRANZA”, y
CONSIDERANDO
Que la licitación de referencia se adjudico a la firma CANTERAS YARAVI S.A.
Que mediante la Solicitud de Pedido Nº 286 el Departamento de Laboratorio solicita la provisión de Granza.
Que la Oficina de Compras informa que el monto de la adquisición solicitada asciende a PESOS ONCE MILLONES TRESCIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL QUINIENTOS con 00/100 ($ 11.398.500,00.-).
Que la mencionada adquisición se podría encuadrar dentro del artículo 25º del Pliego de Bases y Condiciones- ampliación.
Que la Contaduría procede a imputar preventivamente el gasto.
Por ello, Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE
VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
RESUELVE
ARTÍCULO 1.- Ampliar la adjudicación efectuada a la firma CANTERAS YARAVI S.A. en los términos de la Licitación Pública Nº 16/2021, para la “ADQUISICION DE GRANZA”, manteniéndose las condiciones establecidas en el Pliego de Bases y Condiciones.
ARTÍCULO 2.- La ampliación a que se refiere el artículo primero asciende a la suma de PESOS ONCE MILLONES TRESCIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL QUINIENTOS con 00/100 ($ 11.398.500,00.-); correspondiendo a la firma CANTERAS YARAVI SA.-
ARTÍCULO 3.- La Contaduría del Ente adoptará los recaudos pertinentes a fin de imputar a la partida presupuestaria correspondiente la erogación que demande la presente resolución.
ARTÍCULO 4.- Dese al Registro de Resoluciones, comuníquese a la Empresa.
M.B
g.l.
Registrado bajo el Nº 116/2022
EXPEDIENTE Nº 4146/6/ 2016 Cpo1
Mar del Plata, 9 de Marzo de 2022
VISTO lo actuado en el Expte. Nº 4146/6/2016 Cpo. 1, referido a la autorización de un espacio reservado por discapacidad para estacionamiento frente al inmueble ubicado en la calle Azcuénaga Nº 2377 y
CONSIDERANDO
Que a fs. 01 la Sra. Silvina N. Ortiz Irurzun – DNI 25.193.969 solicita se otorgue un espacio reservado por discapacidad de su hijo Mateo Ortiz Irurzun - DNI 43.986.161, para el estacionamiento de diferentes vehículos para transporte de personas con discapacidad
Que a fs. 02/03/04/07 a 27 y a fs. 31/32 obran agregadas copias de: Certificados de discapacidad - DNI de la solicitante – Certificado de Nacimiento de Mateo Ortiz Irurzun - Escritura del inmueble – Certificado médico e informe cuantitativo.
Que a fs. 28 el Departamento de Ingeniería de Tránsito informa que no tiene objeciones de índole técnica para acceder a dicho requerimiento sugiriendo la autorización de un espacio reservado por discapacidad de seis (6) metros y la intervención de la Asesora Legal.
Que a fs. 34 el Departamento de Asesoría Legal se expide informando que: “… teniendo en cuenta la documentación anudada por el solicitante y el informe del Departamento de Ingeniería de Tránsito de fs. 28, con fundamento en lo expresamente previsto en la ley 24.314 art. 20.d) no encuentro obstáculos legales para que se prosiga y se dicte el acto administrativo pertinente…”.
Por ello, y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE
VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
RESUELVE
ARTICULO 1: Autorizar a la Señora SILVINA NATALIA ORTIZ IRURZUN - DNI 25.193.969, la utilización de un (1) espacio reservado de seis (6) metros por discapacidad de su hijo MATEO ORTIZ IRURZUN – DNI 43.986.161 con vigencia de Lunes a Domingos las 24 horas frente al inmueble sito en la calle AZCUENAGA Nº 2377, el que deberá ser señalizado, demarcado y conservado por el recurrente, indicando en la señalización los datos específicos del vehículo autorizado.
ARTÍCULO 2: La autorización se otorga hasta el día 24 de Enero del año 2024 fecha en que vence la validez del certificado de discapacidad, debiendo acompañar para su renovación, una nueva solicitud con la documentación correspondiente.
ARTICULO 3: La autorización otorgada por el Artículo 1º está condicionada al estricto cumplimiento por parte del solicitante, de las obligaciones contenidas en la norma legal vigente.
ARTICULO 4: Dese al Registro de Resoluciones y para su notificación y demás efectos intervengan la División Recursos y el Departamento de Ingeniería de Tránsito. Cumplido, notifíquese a la Secretaría de Seguridad y a la Subsecretaría de Movilidad Urbana.
M.B.//
Skp
Registrado bajo el Nº 117/2022
EXPEDIENTE Nº 382/M/ 2022 Cpo1
Mar del Plata, 09 de Marzo de 2022
VISTO lo actuado en el Expte. Nº 382/M/2022 Cpo1, referido a la autorización de un espacio reservado por discapacidad para estacionamiento frente al inmueble ubicado en la calle Don Bosco Nº 602 y
CONSIDERANDO
Que a fs. 01 la Sra. Camila Montero con DNI 39.431.312 solicita se otorgue un espacio reservado por discapacidad, para el estacionamiento del vehículo FIAT MOBI – DOMINIO AB246PP frente al inmueble de la calle Don Bosco Nº 602.
Que a fs. 02/18 obran agregadas copias de: Nota de autorización –Certificado de discapacidad - croquis del inmueble - DNI de la solicitante -- Licencia de Conducir de la Sra. Mariela Beatriz Flores - Cedula de Identificación del Automotor – actuación notarial de venta del inmueble.
Que a fs. 19 el Departamento de Ingeniería de Tránsito informa que no tiene objeciones de índole técnica para acceder a dicho requerimiento sugiriendo la autorización de un espacio reservado por discapacidad de seis (6) metros.
Que a fs. 21 el Departamento de Asesoría Legal se expide informando que: “… teniendo en cuenta la documentación anudada por el solicitante y el informe del Departamento Ingeniería de Tránsito de fs. 19, con fundamento en lo expresamente previsto en la ley 24.314 art. 20 d), no encuentro obstáculos legales para que se prosiga y se dicte el acto administrativo pertinente …”.
Por ello, y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE
VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
RESUELVE
ARTICULO 1: Autorizar a la Señora CAMILA MONTERO - DNI 39.431.312, la utilización de un (1) espacio reservado por discapacidad de seis (6) metros, con vigencia de Lunes a Domingos las 24 horas para el estacionamiento del vehículo FIAT MOBI – DOMINIO AB246PP, frente al inmueble sito en la calle Don Bosco Nº 602, el que deberá ser señalizado, demarcado y conservado por el recurrente, indicando en la señalización los datos específicos del vehículo autorizado.
ARTICULO 2: La autorización se otorga por el plazo de 2 años, debiendo acompañar para su renovación, una nueva solicitud con la documentación correspondiente.
ARTICULO 3: La autorización otorgada por el Artículo 1º está condicionada al estricto cumplimiento por parte del solicitante, de las obligaciones contenidas en la norma legal vigente.
ARTICULO 4: Dese al Registro de Resoluciones y para su notificación y demás efectos intervengan la División Recursos y el Departamento de Ingeniería de Tránsito. Cumplido, notifíquese a la Secretaría de Seguridad y a la Subsecretaría de Movilidad Urbana.
M.B.//
Skp
Registrado bajo el Nº 118/2022
EXPEDIENTE Nº 251/O/ 2022 Cpo1
Mar del Plata, 09 de Marzo de 2022
VISTO lo actuado en el Expte. Nº 251/O/2022 Cpo1, referido a la autorización de un espacio reservado por discapacidad para estacionamiento frente al inmueble ubicado en la calle Av. Independencia Nº 765 y
CONSIDERANDO
Que a fs. 01 el Sr. Pablo Juan Orchanian con DNI 16.025.211 solicita se otorgue un espacio reservado por discapacidad, para el estacionamiento del vehículo FIAT SIENA – DOMINIO GHH554 frente al inmueble de la calle Av. Independencia Nº 765.
Que a fs. 02/07 obran agregadas copias de: croquis del frente del inmueble Nota de autorización de la administración del Consorcio –Certificado de discapacidad - Cedula de Identificación del Automotor - DNI de la solicitante -- Constancia del seguro del vehículo y Licencia de Conducir.
Que a fs. 08 el Departamento de Ingeniería de Tránsito informa que no tiene objeciones de índole técnica para acceder a dicho requerimiento sugiriendo la autorización de un espacio reservado por discapacidad de seis (6) metros y la intervención de la Asesora Legal.
Que a fs. 13 el Departamento de Asesoría Legal se expide informando que: “… teniendo en cuenta la documentación anudada por el solicitante y el informe del Departamento Ingeniería de Tránsito de fs. 08, con fundamento en lo expresamente previsto en la ley 24.314 art. 20 d), no encuentro obstáculos legales para que se prosiga y se dicte el acto administrativo pertinente …”.
Por ello, y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE
VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
RESUELVE
ARTICULO 1: Autorizar al Señor PABLO JUAN ORCHANIAN - DNI 16.025.211, la utilización de un (1) espacio reservado por discapacidad de seis (6) metros, con vigencia de Lunes a Domingos las 24 horas para el estacionamiento del vehículo FIAT SIENA – DOMINIO GHH554, frente al inmueble sito en la calle Av. Independencia Nº 765, el que deberá ser señalizado, demarcado y conservado por el recurrente, indicando en la señalización los datos específicos del vehículo autorizado.
ARTICULO 2: La autorización se otorga por el plazo de 2 años, debiendo acompañar para su renovación, una nueva solicitud con la documentación correspondiente.
ARTICULO 3: La autorización otorgada por el Artículo 1º está condicionada al estricto cumplimiento por parte del solicitante, de las obligaciones contenidas en la norma legal vigente.
ARTICULO 4: Dese al Registro de Resoluciones y para su notificación y demás efectos intervengan la División Recursos y el Departamento de Ingeniería de Tránsito. Cumplido, notifíquese a la Secretaría de Seguridad y a la Subsecretaría de Movilidad Urbana.
M.B.//
Skp
Registrado bajo el Nº 119/2022
EXPEDIENTE Nº 367/P/ 2022 Cpo1
Mar del Plata, 09 de Marzo de 2022
VISTO lo actuado en el Expte. Nº 367/P/2022 Cpo1, referido a la autorización de un espacio reservado por discapacidad para estacionamiento frente al inmueble ubicado en la calle San Luis Nº 3878 y
CONSIDERANDO
Que a fs. 01 el Sr. Moisés Carlos Pioletti con DNI 5.323.800 solicita se otorgue un espacio reservado por discapacidad, para el estacionamiento del vehículo WOLKSWAGEN NIVUS – DOMINIO AE935GG frente al inmueble de la calle San Luis Nº 3878.
Que a fs. 03/13 obran agregadas copias de: Cedula de Identificación del Automotor - DNI del solicitante - Certificado de discapacidad - Constancia del seguro del vehículo - actuación notarial bien de familia del inmueble –plano de la propiedad.
Que a fs. 14 el Departamento de Ingeniería de Tránsito informa que no tiene objeciones de índole técnica para acceder a dicho requerimiento sugiriendo la autorización de un espacio reservado por discapacidad de seis (6) metros y la intervención de la Asesora Legal.
Que a fs. 15 el Departamento de Asesoría Legal se expide informando que: “… teniendo en cuenta la documentación anudada por el solicitante y el informe del Departamento Ingeniería de Tránsito de fs. 14, con fundamento en lo expresamente previsto en la ley 24.314 art. 20 d), no encuentro obstáculos legales para que se prosiga y se dicte el acto administrativo pertinente …”.
Por ello, y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE
VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
RESUELVE
ARTICULO 1: Autorizar al Señor MOISES CARLOS PIOLETTI - DNI 5.323.800, la utilización de un (1) espacio reservado por discapacidad de seis (6) metros, con vigencia de Lunes a Domingos las 24 horas para el estacionamiento del vehículo WOLKSWAGEN NIVUS – DOMINIO AE935GG, frente al inmueble sito en la calle SAN LUIS Nº 3878, el que deberá ser señalizado, demarcado y conservado por el recurrente, indicando en la señalización los datos específicos del vehículo autorizado.
ARTICULO 2: La autorización se otorga por el plazo de 2 años, debiendo acompañar para su renovación, una nueva solicitud con la documentación correspondiente.
ARTICULO 3: La autorización otorgada por el Artículo 1º está condicionada al estricto cumplimiento por parte del solicitante, de las obligaciones contenidas en la norma legal vigente.
ARTICULO 4: Dese al Registro de Resoluciones y para su notificación y demás efectos intervengan la División Recursos y el Departamento de Ingeniería de Tránsito. Cumplido, notifíquese a la Secretaría de Seguridad y a la Subsecretaría de Movilidad Urbana.
M.B.//
Skp
Registrado bajo el Nº 120/2022
EXPEDIENTE Nº 315/C/22
Mar del Plata, 9 de Marzo de 2022
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente Nº 315-C-22, relacionado con la Licitación Privada Nº 11/22 para la “CONTRATACION DE AUTOMATIZACION PARA LA PLANTA DE HORMIGON” y
CONSIDERANDO
Que se ha cumplido con las formalidades del Primer llamado a Licitación Privada, según da cuenta la documentación agregada al expediente de referencia.
Que conforme surge del acta de apertura, solo la firma AIMA ELECTROMECANICA SH SA se presentó al acto de apertura.
Que no se efectuaron observaciones y/o impugnaciones.
Por ello, Y EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS.
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE
VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
RESUELVE
ARTÍCULO 1.- Aprobar el Primer llamado a Licitación Privada Nº 11/22, para la “CONTRATACION DE AUTOMATIZACION PARA LA PLANTA DE HORMIGON”, cuya apertura fuera efectuada el día 4 de Marzo de 2022 a las 11,00 horas.
ARTÍCULO 2.- Efectuar un Segundo Llamado a Licitación Privada Nº 11/22 para la “CONTRATACION DE AUTOMATIZACION PARA LA PLANTA DE HORMIGON”, cuya apertura se realizará el día 23 de Marzo de 2022 – 11:00 HS.
ARTÍCULO 3.- Dese al Registro de Resoluciones, para su notificación intervenga la Oficina de Compras, Contaduría y Tesorería.
MB
gl/
Registrado bajo el Nº 121/2022.
EXPTE. 379-C-2022
Mar del Plata, 09 de Marzo de 2022
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente Nº 379-C-2022 Cpo. 1 Alc. 0, relacionado con la “CONTRATACION DE MANTENIMIENTO DE QUEMADORES DE PLANTA DE ASFALTO” y,
CONSIDERANDO
Que de acuerdo a lo determinado en el Artículo Nº 151 de la Ley Orgánica de las Municipalidades corresponde efectuar el llamado a Concurso de Precios.
Que ha sido confeccionado el Pliego de Bases y Condiciones obrante en el citado expediente.
Por ello, Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE
VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
RESUELVE
ARTÍCULO 1.- Apruébese el Pliego de Bases y Condiciones y demás documentación elaborada por la Oficina de Compras.
ARTÍCULO 2.- Llámese a Concurso de Precios Nº 04/2022 para la “CONTRATACION DE MANTENIMIENTO DE QUEMADORES DE PLANTA DE ASFALTO”, en un todo de acuerdo con el Pliego que se aprueba en el artículo anterior, cuya apertura se llevará a cabo el día 18 de Marzo de 2022 a las 11,00 horas.-
ARTÍCULO 3.- Confórmese una Comisión de Estudio de Ofertas y Adjudicación para el presente Concurso con un representante de las siguientes áreas: Dirección General, Contaduria, Departamento de Compras y Laboratorio.
ARTÍCULO 4.- Invitase a participar a las firmas del ramo.
ARTÍCULO 5.- La Contaduría del Ente tomará los recaudos pertinentes a fin de imputar a la partida presupuestaria correspondiente, la erogación que demande el cumplimiento de la presente.
ARTÍCULO 6.- Dése al Registro de Resoluciones; comuníquese a quienes corresponda.
MB/
g.l.
Registrado bajo el Nº 122 /2022
EXPEDIENTE Nº 391/C/22
Mar del Plata, 09 de Marzo de 2022
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente Nº 391-C-22 Cpo. 1 Alc. 0, relacionado con la “ADQUISICIÓN DE CEMENTO CPC 40 A GRANEL” y
CONSIDERANDO
Que de acuerdo a lo determinado en el Artículo Nº 151 de la Ley Orgánica de las Municipalidades corresponde efectuar el llamado a Licitación Privada.
Que ha sido confeccionado el Pliego de Bases y Condiciones obrante en el citado expediente.
Por ello, Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE
VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
RESUELVE
ARTÍCULO 1.- Apruébese el Pliego de Bases y Condiciones y demás documentación elaborada por la Oficina de Compras.
ARTÍCULO 2.- Llámese a Licitación Privada Nº 13/22 para la “ADQUISICIÓN DE DE CEMENTO CPC 40 A GRANEL”, en un todo de acuerdo con el Pliego que se aprueba en el artículo anterior, cuya apertura se llevará a cabo el día 22 de Marzo de 2022 a las 11,00 horas.-
ARTÍCULO 3.- Confórmese una Comisión de Estudio de Ofertas y Adjudicación para la presente Licitación con un representante de las siguientes áreas: Dirección General, Contaduría, Departamento de Compras y área Laboratorio.
ARTÍCULO 4.- Invítese a participar a las firmas del ramo.
ARTÍCULO 5.- La Contaduría del Ente tomará los recaudos pertinentes a fin de imputar a la partida presupuestaria correspondiente, la erogación que demande el cumplimiento de la presente.
ARTÍCULO 6.- Dése al Registro de Resoluciones; comuníquese a quienes corresponda.
MB/
gl
Registrado bajo el Nº 123/2022
EXPEDIENTE Nº 313/C/2022
Mar del Plata, 10 de Marzo de 2022
VISTO las actuaciones obrantes en el Expediente Nº 313-C-22, relacionado con la Contratación de los SEGUROS DEL ENTE para el Año 2022, y,
CONSIDERANDO
Que la flota de automotores y las instalaciones edilicias del Ente se encuentran aseguradas en la firma NACION SEGUROS S.A.
Que mediante la Resolución Nº 377/21 se renovaron dichos seguros hasta las 00:00 horas del día 31 de Marzo de este año.
Que se hace necesario efectuar una nueva renovación de los seguros.
Que el inciso 2ª del Art. 156 de la Ley Orgánica de Municipalidades de la Pcia. De Bs. As., establece que cuando se compre a reparticiones oficiales nacionales, provinciales o municipales y a entidades en las que el Estado tenga participación mayoritaria, se podrá admitir compras y contrataciones directas, haciendo excepción a lo prescripto en el Art. 151 de la misma ley.
Por ello, Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS.
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE
VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
RESUELVE
ARTÍCULO 1º.- Contrátese en forma directa con la Firma NACION SEGUROS S.A., los SEGUROS DEL ENTE, por un valor de Pesos Once Millones Treinta Mil Seiscientos Veinticinco con 19/100 ($ 11.030.625,19-), por el periodo comprendido desde las 00:00 horas del día 31 de Marzo de 2022 hasta las 00:00 horas del día 31 de Diciembre de 2022, haciendo uso de lo estipulado en el Articulo 156 inciso 2º de la Ley Orgánica de Municipalidades de la Pcia. De Bs. As.
ARTÍCULO 2º.- La Contaduría del Ente tomará los recaudos pertinentes a fin de afectar a la partida presupuestaria correspondiente el egreso que demande la presente Resolución.
ARTÍCULO 3º.- Dese al Registro de Resoluciones, para su notificación y demás efectos intervenga la Oficina de Compras, Contaduría y Tesorería.
MB./
g.l.
Registrado bajo el Nº 124/2022
Mar del Plata, 11 de Marzo de 2022
VISTO que la Jefa del Departamento de Personal María Alejandra Caporale – Legajo Nº 19291/2, hará uso de licencia acumulada a partir del 21 de marzo y hasta el 8 de abril de 2022, inclusive, y
CONSIDERANDO
Que durante su ausencia es necesario encomendar la atención y firma del despacho del mencionado Departamento a la agente Sandra Beatriz Etchecopar – Legajo Nº 19467/2 – a fin de no resentir el servicio de la dependencia.
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE
VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
R E S U E L V E
ARTÍCULO 1º.- Encomendar, a partir del 21 de marzo y hasta el 8 de abril de 2022, inclusive, la atención y firma del despacho del DEPARTAMENTO DE PERSONAL, a la agente SANDRA BEATRIZ ETCHECOPAR - Legajo Nº 19467/2 - Jefa de Departamento -, por los motivos expuestos en el exordio.
ARTÍCULO 2º.- Dar al Registro de Resoluciones y notificar por el Departamento de Personal del EMVIAL.
Registrado bajo el Nº 125/2022
EXP. Nº 10151-9-2007 CUERPO 1
Mar del Plata, 11 de Marzo de 2022
Visto lo actuado en el Expediente 10151-9-2007 Cpo. 1, referido a la autorización de un espacio reservado utilizado por el Centro de Radioterapia Mar del Plata ubicado frente al inmueble sito en la calle San Luis Nº 2865 y,
CONSIDERANDO
Que por Resolución Nº 259/2006 de fecha 15 de Septiembre de 2006, la Dirección Ejecutiva de Servicios Urbanos y Gestión ambiental autorizó al Centro de Radioterapia Mar del Plata ,la utilización de un (1) espacio reservado de diez (10) metros frente al inmueble sito en la calle San Luis Nº 2865.
Que a fs.22 División Recursos informa que : “… la Resolución 259/06 del EMVISUr y GA adjunta a fs. 6, se encuentra confeccionada al nombre de fantasía y no al titular de la habilitación. Se solicita entonces se rectifique la resolución del otorgamiento del permiso conforme a lo consignado en la constancia de Afip a fs. 19...”.
Por ello, y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE
VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
RESUELVE
ARTÍCULO 1º.- Rectificar el Artículo 1º de la Resolución nº 259/2006 de fecha 15 de Septiembre de 2006, que quedará redactado de la siguiente forma:
“ARTICULO 1: Autorizar al CENTRO DE ONCOLOGÍA Y RADIOTERAPIA DE MAR DEL PLATA S.R.L – CUIT 30-62900771-3, la utilización de un (1) espacio reservado de diez (10) metros con vigencia de Lunes a Viernes en el horario de 7:00 a 21:00 horas, frente al inmueble sito en la calle San Luis Nº 2865, el que deberá ser señalizado, demarcado y conservado por el recurrente.
ARTICULO 2º.- Dese al Registro de Resoluciones y para su notificación y demás efectos intervengan la División Recursos y el Departamento de Ingeniería de Tránsito. Cumplido, notifíquese a la Secretaría de Seguridad y a la Subsecretaría de Movilidad Urbana.
M.B.//
Skp.
Registrado bajo el Nº 126/2022
EXP. Nº 10677-4-2007 CUERPO 1
Mar del Plata, 11 de Marzo de 2022
Visto lo actuado en el Expediente 10677-4-2007 Cpo. 1, referido a la autorización de un espacio reservado utilizado por la emisora FM 97.1 ubicado frente al inmueble sito en la calle Moreno Nº 2972/76 y,
CONSIDERANDO
Que por Resolución Nº 378/2005 de fecha 16 de Agosto de 2005, la Presidencia del EMVISUr autorizó a la emisora FM 97.1 la utilización de un (1) espacio reservado de seis (06) metros frente al inmueble sito en la calle Moreno Nº 2972/76.
Que a fs.24 División Recursos informa que : “… la Resolución 378/05 del Emvisur y GA adjunta a fs. 9, se encuentra confeccionada al nombre de fantasía y no al titular de la habilitación. Se solicita entonces se rectifique la resolución del otorgamiento del permiso conforme a lo consignado en el certificado de habilitación adjunto a fs. 20...”.
Por ello, y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE
VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
RESUELVE
ARTÍCULO 1º.- Rectificar el Artículo 1º de la Resolución nº 378/2005 de fecha 16 de Agosto de 2005, que quedará redactado de la siguiente forma:
“ARTICULO 1: Autorizar al Señor CARLOS MARIA SPAMPINATO – CUIT 23-04360444-9, la utilización de un (1) espacio reservado de seis (6) metros con vigencia de Lunes a Domingos de 8:00 a 24:00 horas, frente al inmueble sito en la calle Moreno Nº 2972/76, el que deberá ser señalizado, demarcado y conservado por el recurrente.
ARTICULO 2º.- Dese al Registro de Resoluciones y para su notificación y demás efectos intervengan la División Recursos y el Departamento de Ingeniería de Tránsito. Cumplido, notifíquese a la Secretaría de Seguridad y a la Subsecretaría de Movilidad Urbana.
M.B.//
Skp.
Registrado bajo el Nº 127/2022
EXP. Nº 3134-6-2012 CUERPO 1
Mar del Plata, 11 de Marzo de 2022
Visto lo actuado en el Expediente Nº 3134-6-2012 Cpo. 1 que trata la utilización de un espacio reservado para la instalación de un modulo para el estacionamiento de motos y bicicletas en la calle Alem Nº 3948 utilizado por la firma Manolo Otoper S.A. y,
,
CONSIDERANDO
Que por Resolución Nº 30/2016 de fecha 01 de Febrero de 2016, se por el término de un (1) año autorizó a la firma MANOLO OTOPER S.A. la utilización de un (1) espacio reservado de seis (06) metros para ser utilizado únicamente para la instalación de un módulo para el estacionamiento de motos y bicicletas frente al inmueble sito en la calle Alem Nº 3948.
Que a fs.63 División Recursos informa que : “… a fs. 44 se le otorga a OTOPER S.A. por Resolución Nº 30/2016 de la Presidencia del EMVIAL, un espacio reservado de seis metros destinado a módulo de estacionamiento para motos y bicicletas, por el plazo de un año, se eleva el presente para la confección del correspondiente acto administrativo donde se renueve la utilización de dicho espacio ...”.
Por ello, y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE
VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
RESUELVE
ARTÍCULO 1º.- Renovar la autorización otorgada a la firma OTOPER S.A. – MANOLO para la utilización de un (1) espacio reservado de seis (6) metros para ser utilizado únicamente para la instalación de un módulo de estacionamiento de motos y bicicletas, frente al inmueble sito en la calle ALEM Nº 3948, el que deberá ser señalizado, demarcado y conservado por el recurrente.
ARTÍCULO 2.-La autorización otorgada por el artículo anterior solo tendrá efecto a partir del momento en que el solicitante realice el pago del canon anual establecido en la Ordenanza Impositiva vigente y está condicionada al estricto cumplimiento por parte del mismo, de las obligaciones contenidas en la norma legal vigente.
ARTICULO 3.- Las sucesivas renovaciones se establecerán en forma automática. En caso que el solicitante requiera la baja del espacio reservado otorgado, deberá realizarlo en forma expresa, en su defecto seguirá emitiéndose la boleta correspondiente al cobro del canon anual por derechos de ocupación de la vía pública.-
ARTÍCULO 4.- Dese al Registro de Resoluciones; intervenga la División Recursos, para su notificación y demás efectos intervenga el Departamento de Ingeniería de Tránsito. Cumplido notifíquese a la Secretaría de Seguridad y a la Subsecretaría de Movilidad Urbana.
M.B.//
skp.
Registrado bajo el Nº 128/2022
EXP. Nº 16396-0-2009 CUERPO 1
Mar del Plata, 11 de Marzo de 2022
Visto lo actuado en el Expediente 16396-0-2009 Cpo. 1 que trata la utilización de un espacio reservado para la instalación de un modulo para el estacionamiento de motos y bicicletas en la calle Funes Nº 1235 utilizado por la firma Natatorio Caldea y,
,
CONSIDERANDO
Que por Resolución Nº 197/2017 de fecha 29 de Junio de 2007, la Presidencia del EMVISUr autorizó al Sr. Fernandez Mauro la utilización de un (1) espacio reservado de seis (06) metros para la instalación de un modulo para el estacionamiento de motos y bicicletas frente al inmueble en la calle Funes Nº 1235.
Que a fs.25 División Recursos informa que: “… a fs. 18/21 se adjunta documentación requerida y se toma conocimiento del cambio de titularidad del comercio habilitado a nombre de la afirma LUNA AZUL S.A.. Por eso y ante lo expuesto, esta división sugiere renovar por resolución el permiso para el uso del espacio reservado a nombre de la actual firma propietaria del comercio donde se encuentra instalado el módulo para motos y bicicletas...”.
Por ello, y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE
VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
RESUELVE
ARTÍCULO 1º.- Autorizar al NATATORIO LUNA AZUL S.A., la utilización de un (1) espacio reservado de seis (6) metros para ser utilizado únicamente para la instalación de un módulo de estacionamiento de motos y bicicletas, frente al inmueble sito en la calle FUNES Nº 1235, el que deberá ser señalizado, demarcado y conservado por el recurrente.
ARTÍCULO 2.-La autorización otorgada por el artículo anterior solo tendrá efecto a partir del momento en que el solicitante realice el pago del canon anual establecido en la Ordenanza Impositiva vigente y está condicionada al estricto cumplimiento por parte del mismo, de las obligaciones contenidas en la norma legal vigente.
ARTICULO 3.- Las sucesivas renovaciones se establecerán en forma automática. En caso que el solicitante requiera la baja del espacio reservado otorgado, deberá realizarlo en forma expresa, en su defecto seguirá emitiéndose la boleta correspondiente al cobro del canon anual por derechos de ocupación de la vía pública.-
ARTÍCULO 4.- Dese al Registro de Resoluciones; intervenga la División Recursos, para su notificación y demás efectos intervenga el Departamento de Ingeniería de Tránsito. Cumplido notifíquese a la Secretaría de Seguridad y a la Subsecretaría de Movilidad Urbana.
M.B.//
skp.
Registrado bajo el Nº 129/2022
EXP. Nº 995-6-2014 CUERPO 1
Mar del Plata, 14 de Marzo de 2022
Visto lo actuado en el Expediente 995-6-2014 Cpo. 1, referido a la autorización de un espacio reservado utilizado por el Natatorio Rosso ubicado frente al inmueble sito en la calle Gascón Nº 4185 y,
CONSIDERANDO
Que por Resolución Nº 892/2013 de fecha 20 de Noviembre de 2013, la Presidencia del EMSUr autorizó a la Sra. Graciela M. Sánchez titular del Natatorio Rosso la utilización de un (1) espacio reservado de seis (06) metros frente al inmueble sito en la calle Gascón Nº 4185.
Que a fs.25 División Recursos informa que : “… se ha producido un cambio en la razón social de la firma, según consta en el certificado de habilitación de fojas 21. Se solicita entonces que se rectifique la resolución de otorgamiento del permiso...”.
Por ello, y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE
VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
RESUELVE
ARTÍCULO 1º.- Rectificar el Artículo 1º de la Resolución nº 892/2013 de fecha 20 de Noviembre de 2013, que quedará redactado de la siguiente forma:
“ARTICULO 1: Autorizar al COMPLEJO DEPORTIVO ROSSO S.A. – CUIT 33-71593385-9, la utilización de un (1) espacio reservado de seis (6) metros para ser utilizado únicamente para la instalación de un módulo de estacionamiento de motos y bicicletas, frente al inmueble sito en la calle Gascón Nº 4185, el que deberá ser señalizado, demarcado y conservado por el recurrente.
ARTICULO 2º.- Dese al Registro de Resoluciones y para su notificación y demás efectos intervengan la División Recursos y el Departamento de Ingeniería de Tránsito. Cumplido, notifíquese a la Secretaría de Seguridad y a la Subsecretaría de Movilidad Urbana.
M.B.//
Skp.
Registrado bajo el Nº 130/2022
EXP. Nº 425 LETRA V AÑO 2006 CUERPO 1 ALCANCE 0
Mar del Plata, 14 de Marzo de 2022
VISTO el requerimiento efectuado por el Sr. Villarruel Hector Raúl, representante legal del COLEGIO TOMAS ALVA EDISON en el cual solicita la exención por el periodo 2021 en concepto de Derechos por uso y/o Ocupación del espacio público destinado a estacionamiento, y
CONSIDERANDO
Que por Ordenanza Nº 24998 se ha condonado la deuda en concepto de Derechos por Uso y/o Ocupación de Espacios Públicos a los establecimientos educativos por el periodo 2020 y que por Decreto reglamentario Nº 1782/2021 se otorga exención por el periodo 2021 reuniendo los requisitos enunciados en el mismo.
Que a fs. 12/19 se adjunta constancia de adhesión al “Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción” desde el mes de abril hasta diciembre 2020.
Que a fs. 21 la División Recursos informa que la Cuenta Nº 3000000533 cuyo titular es el COLEGIO TOMAS ALVA EDISON no registra deuda.
Que a fs., 22 la Asesoría Legal del EMVIAL considera que no existe obstáculo legal alguno para otorgar la exención solicitada.
Por ello, en uso de las atribuciones que le son propias,
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE
VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
RESUELVE
ARTÍCULO 1º: Exímase al COLEGIO TOMAS ALVA EDISON del pago de Derechos por Uso y/o Ocupación de Espacios Públicos destinado a estacionamiento por el periodo 2021.-
ARTÍCULO 2º: Dése el registro de Resoluciones; intervenga la División Recursos para su notificación y demás efectos; cumplido tomen conocimiento la Contaduría y Tesorería.
MB/
emf
Registrado bajo el Nº 131/2022
Mar del Plata, 15 de marzo de 2022
VISTO las presentes actuaciones, y
CONSIDERANDO
Que mediante las mismas el agente Carlos Miguel Miranda – Legajo 25293/1 – solicita se le abone el Adicional por título secundario.
Que en razón de que el agente se desempeña en un cargo del Grupo Ocupacional Obrero le corresponde el pago de acuerdo a lo establecido en el Artículo 45º, Inc. a) de la Ordenanza Complementaria de Presupuesto vigente.
Por ello, en uso de las facultades que le son propias,
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL
DE VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
R E S U E L V E
ARTÍCULO 1º.- Otorgar a partir del 1 de marzo de 2022, el Adicional por Título Secundario de acuerdo a lo establecido en el Art. 45º inc. a) de la Ordenanza Complementaria de Presupuesto vigente, al agente CARLOS MIGUEL MIRANDA – Legajo Nº 25293/1 – CUIL 20-30681819-9, quien se desempeña como Operario Maquina Vial II en la División de Obras de Asfalto del Ente Municipal de Vialidad y Alumbrado Público, por las razones puntualizadas en el exordio.
ARTÍCULO 2º.- Dar al registro de Resoluciones, comunicar por el Departamento de Personal, y dar intervención a la Contaduría del Ente.-
ald.
Registrado bajo el Nº 132/2022
Mar del Plata, 15 de marzo de 2022
VISTO las presentes actuaciones, y
CONSIDERANDO
Que mediante las mismas el agente Carlos Alberto Luna – Legajo 25219/1 – solicita se le abone el Adicional por título secundario.
Que en razón de que el agente se desempeña en un cargo del Grupo Ocupacional Obrero le corresponde el pago de acuerdo a lo establecido en el Artículo 45º, Inc. a) de la Ordenanza Complementaria de Presupuesto vigente.
Por ello, en uso de las facultades que le son propias,
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL
DE VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
R E S U E L V E
ARTÍCULO 1º.- Otorgar a partir del 1 de marzo de 2022, el Adicional por Título Secundario de acuerdo a lo establecido en el Art. 45º inc. a) de la Ordenanza Complementaria de Presupuesto vigente, al agente CARLOS ALBERTO LUNA – Legajo Nº 25219/1 – CUIL 20-23970396-9, quien se desempeña como Encargado de Planta en el Departamento Planta de Asfalto del Ente Municipal de Vialidad y Alumbrado Público, por las razones puntualizadas en el exordio.
ARTÍCULO 2º.- Dar al registro de Resoluciones, comunicar por el Departamento de Personal, y dar intervención a la Contaduría del Ente.-
ald.
Registrado bajo el Nº 133/2022
EXPTE. 314-C-22
Mar del Plata, 15 de Marzo de 2022
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente Nº 314-C-22 Cpo. 1, relacionado con la Licitación Privada Nº 10/22 para la “ADQUISICIÓN DE CAÑOS PARA LA REPARACION DE COLUMNAS DE ALUMBRADO PUBLICO” y
CONSIDERANDO
Que se ha cumplido con las formalidades del llamado de la Licitación Privada, según da cuenta la documentación agregada al expediente de referencia.
Que conforme surge del acta de apertura se presentaron las firmas: OBRELECTRIC SRL, BENEDETTI SAIC, OACI SA Y PLASTIGAS MAR DEL PLATA SA.
Que no se efectuaron observaciones y/o impugnaciones.
Que sobre la adjudicación se expide la Comisión de Estudio de Ofertas y Adjudicación.
Por ello, Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE
VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
RESUELVE
ARTÍCULO 1.- Aprobar el llamado de la Licitación Privada Nº 10/22, para la “ADQUISICIÓN DE CAÑOS PARA LA REPARACION DE COLUMNAS DE ALUMBRADO PUBLICO” cuya apertura fuera efectuada el día 8 de Marzo de 2022 a las 11,00 horas.
ARTICULO 2.- Aceptar como válidas las ofertas de las firmas OBRELECTRIC SRL, BENEDETTI SAIC, OACI SA Y PLASTIGAS MAR DEL PLATA SA.
ARTÍCULO 3.- Adjudicar la Licitación Privada Nº 10/22, para la “ADQUISICIÓN DE CAÑOS PARA LA REPARACION DE COLUMNAS DE ALUMBRADO PÚBLICO”: A la firma OACI SA, por ser su oferta conveniente, la más económica y ajustarse al Pliego de Bases y Condiciones, por un monto total de PESOS TRES MILLONES TRESCIENTOS SESENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS VEINTICINCO CON 00/100 ($ 3.365.425,00); la provisión de:
ARTICULO 4.- Requiérase de la firma adjudicataria que constituya dentro de los cinco (5) días de notificada de la presente adjudicación, deposito de garantía de contrato equivalente al cinco por ciento (5%) del monto total adjudicado, el que será devuelto, una vez entregada de conformidad la totalidad del producto ofrecido.
ARTÍCULO 5.- Reintégrense el Depósito de Garantía de Mantenimiento de Ofertas a la siguiente Firma: BENEDETTI SAIC Recibo Número 2502, OBRELECTRIC SRL Recibo Número 2491, PLASTIGAS MAR DEL PLATA SA Recibo Número 2500 y OACI SA Recibo Numero 2504, una vez cumplimentado lo indicado en el punto anterior.
ARTÍCULO 6.- La Contaduría del Ente tomará los recaudos pertinentes a fin de imputar a la partida correspondiente la erogación que demande la presente Resolución.
ARTÍCULO 7.- Dese al Registro de Resoluciones, para su notificación intervenga la Oficina de Compras, Contaduría y Tesorería.
MB
Gl/
Registrado bajo el Nº 134/2022
EXP. Nº 2551-2-2014 CUERPO 1
Mar del Plata, 16 de Marzo de 2022
Visto lo actuado en el Expediente Nº 2551-2-2014 Cpo. 1 que trata la utilización de un espacio reservado para la instalación de un modulo para el estacionamiento de motos y bicicletas en la calle Olavarría esq. Alberti utilizado por la firma Reina del Parque y,
,
CONSIDERANDO
Que por Resolución Nº 21/2016 de fecha 27 de Enero de 2016, la Presidencia del EMVIAL autorizó por el término de un (1) año a la Sra. Jessica V. Diaz propietaria del la firma Reina del Parque, la utilización de un (1) espacio reservado de seis (06) metros para la instalación de un modulo para el estacionamiento de motos y bicicletas frente al inmueble en la calle Olavarría esq. Alberti.
Que a fs.44 División Recursos informa que: “… a fs. 41/42 se adjunta copias de certificado de Habilitación Municipal otorgado a la Sra. MARIA CAROLINA GODOY COTONAT y constancia de Inscripción de AFIP (CUIT 27-28608819-3). Por eso y ante lo expuesto, esta División sugiere renovar por resolución el permiso para el uso del espacio reservado a nombre de la actual titular del comercio donde se encuentra instalado el módulo para motos y bicicletas...”.
Por ello, y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE
VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
RESUELVE
ARTÍCULO 1º.- Autorizar a la Sra. MARIA CAROLINA GODOY COTONAT (CUIT 27-28608819-3), la utilización de un (1) espacio reservado de seis (6) metros para ser utilizado únicamente para la instalación de un módulo de estacionamiento de motos y bicicletas, frente al inmueble sito en la calle Olavarría esquina Alberti, el que deberá ser señalizado, demarcado y conservado por el recurrente.
ARTÍCULO 2.-La autorización otorgada por el artículo anterior solo tendrá efecto a partir del momento en que el solicitante realice el pago del canon anual establecido en la Ordenanza Impositiva vigente y está condicionada al estricto cumplimiento por parte del mismo, de las obligaciones contenidas en la norma legal vigente.
ARTICULO 3.- Las sucesivas renovaciones se establecerán en forma automática. En caso que el solicitante requiera la baja del espacio reservado otorgado, deberá realizarlo en forma expresa, en su defecto seguirá emitiéndose la boleta correspondiente al cobro del canon anual por derechos de ocupación de la vía pública.-
ARTÍCULO 4.- Dese al Registro de Resoluciones; intervenga la División Recursos, para su notificación y demás efectos intervenga el Departamento de Ingeniería de Tránsito. Cumplido notifíquese a la Secretaría de Seguridad y a la Subsecretaría de Movilidad Urbana.
M.B.//
skp.
Registrado bajo el Nº 135/2022
EXP. Nº 1663-5-2016 CUERPO 1
Mar del Plata, 16 de Marzo de 2022
Visto lo actuado en el Expediente 1663-5-2016 Cpo. 1 que trata la utilización de un espacio reservado para el estacionamiento de Transporte de Escolares frente al inmueble sito en la calle Arenales Nº 3130 utilizado por el Jardín Maternal y de Infantes SIGMUN FREUD y,
CONSIDERANDO
Que por Resolución Nº 72/2016 de fecha 23 de Marzo de 2016, se autorizó al Jardín Maternal y de Infantes SIGMUN FREUD la utilización de un (1) espacio reservado de nueve (09) metros con vigencia de Lunes a Viernes en el horario de 07:00 a 18:00 hs. frente al inmueble en la calle sito en la calle Arenales Nº 3130.
Que a fs. 34 División Recursos informa que: “… considerando el pedido de exención por el período 2021 adjunto a fs. 15, lo dictaminado por Asesoría Legal s fs. 26 y lo establecido en la Ordenanza 24998, se eleva el presente para la confección del acto administrativo necesario. Se informa también que previo a la emisión de la exención, deberán rectificarse la Resolución 72/2016 y se deberá suscribir el nombre de la razón social vigente. Se adjunta copia de la habilitación municipal para tal fin...”.
Por ello, y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE
VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
RESUELVE
ARTÍCULO 1º: Autorizar al Jardín Maternal y de Infantes EDUCA SF S.A., la utilización de un (1) espacio reservado de nueve (09) metros para el estacionamiento del transporte escolar, con vigencia de Lunes a Viernes en el horario de 07:00 a 18:00 hs. frente al inmueble sito en la calle Arenales Nº 3130.
ARTÍCULO 2º: Exímase a dicho establecimiento educativo del pago de Derechos por Uso y/o Ocupación de Espacios Públicos destinado a estacionamiento por el periodo 2021.
ARTICULO 3º: Las sucesivas renovaciones se establecerán en forma automática. En caso que el solicitante requiera la baja del espacio reservado otorgado, deberá realizarlo en forma expresa, en su defecto seguirá emitiéndose la boleta correspondiente al cobro del canon anual por derechos de ocupación de la vía pública.
ARTÍCULO 4º: Dese al Registro de Resoluciones; intervenga la División Recursos, para su notificación y demás efectos intervenga el Departamento de Ingeniería de Tránsito. Cumplido notifíquese a la Secretaría de Seguridad y a la Subsecretaría de Movilidad Urbana.
M.B.//
skp.
Registrado bajo el Nº 136/2022
Mar del Plata, 17 de Marzo de 2022
VISTO las presentes actuaciones, y
CONSIDERANDO
Que mediante las mismas el agente Mariano Ezequiel Giovanazzi– Legajo 30251/1 – solicita se le abone el Adicional por título secundario.
Que en razón de que el agente se desempeña en un cargo del Grupo Ocupacional Obrero le corresponde el pago de acuerdo a lo establecido en el Artículo 45º, Inc. a) de la Ordenanza Complementaria de Presupuesto vigente.
Por ello, en uso de las facultades que le son propias,
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL
DE VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
R E S U E L V E
ARTÍCULO 1º.- Otorgar a partir del 1 de marzo de 2022, el Adicional por Título Secundario de acuerdo a lo establecido en el Art. 45º inc. a) de la Ordenanza Complementaria de Presupuesto vigente, al agente MARIANO EZEQUIEL GIOVANAZZI – Legajo Nº 30251/1 – CUIL 20-37010788-3, quien se desempeña como Conductor III en el Departamento Planta de Hormigón del Ente Municipal de Vialidad y Alumbrado Público, por las razones puntualizadas en el exordio.
ARTÍCULO 2º.- Dar al registro de Resoluciones, comunicar por el Departamento de Personal, y dar intervención a la Contaduría del Ente.-
ald.
Registrado bajo el Nº 137/2022
EXP. Nº 2272-3-2022 CUERPO 1
Mar del Plata, 17 de Marzo de 2022
Visto lo actuado en el Expediente 2272-3-2022 Cpo. 1, referido a la autorización de un espacio reservado utilizado por el hogar San Marino ubicado frente al inmueble sito en la calle Entre Ríos Nº 2768 y,
CONSIDERANDO
Que por Resolución Nº 39/222 de fecha 18 de Enero de 2022, se autorizó a la firma Raitere María S.A. – titular del Hogar San Marino la utilización de un (1) espacio reservado de diez (10) metros de largo con vigencia de Lunes a Viernes de 8:00 a 18:00 horas frente al inmueble sito en la calle Entre Ríos Nº 2768.
Que a fs.39/41 la Presidenta de dicho Hogar solicita se revea la franja horario de la autorización y se otorgue sin límite de días y horario y que el mismo sea de 24 horas de lunes a lunes; ya que el horario restringido resulta un obstáculo insalvable para aquellos abuelos residentes que necesitan ser asistidos en cualquier día y horario, máxime teniendo en cuenta que las emergencias en el establecimiento geriátrico son muy habituales.
Por ello, y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE
VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
RESUELVE
ARTÍCULO 1º.- Rectificar el Artículo 1º de la Resolución nº 39/2022 de fecha 18 de Enero de 2022, que quedará redactado de la siguiente forma:
“ARTICULO 1: Autorizar a la firma Raitere María S.A. – titular del Hogar San Marino, la utilización de un (1) espacio reservado de diez (10) metros de largo con vigencia de Lunes a Domingos las 24 horas frente al inmueble sito en calle Entre Ríos Nº 2768 de esta ciudad, el que deberá ser señalizado, demarcado y mantenido por el solicitante.
ARTICULO 2º.- Dese al Registro de Resoluciones y para su notificación y demás efectos intervengan la División Recursos y el Departamento de Ingeniería de Tránsito. Cumplido, notifíquese a la Secretaría de Seguridad y a la Subsecretaría de Movilidad Urbana.
M.B.//
Skp.
Registrado bajo el Nº 138/2022
EXPEDIENTE Nº 738/M/21 - Cpo1
Mar del Plata, 21 de Marzo de 2022
VISTO el expediente Nº 738-M-2021 Cpo 1 iniciado por el Señor Angel H. Martinez - DNI 10.506.045 y,
CONSIDERANDO
Que a fs. 01 y fs. 15 el Señor Angel H. Martinez inicia reclamo administrativo por daños ocasionados en su vehículo FIAT CRONOS - DOMINIO AC637PH, mientras circulaba por F. U. Camet entre Cura Brochero y Coelho de Meyrelles se rompieron las cubiertas por varios pozos/baches que hay en la misma.
Que de fs. 02 a fs. 12 acompaña fotocopias de: Certificado de cobertura de la Segunda Seguros Generales - fotografías del lugar y de la cubierta - Licencia de conducir y DNI del solicitante -. Cédula de Identificación del Automotor y Presupuesto.
Que a fs. 13 obra agregado informe de la Dirección de Obras y dice: “… Visto el reclamo del Señor Angel Martinez por el siniestro que habría ocurrido en la avenida F. U. Camet entre Cura Brochero y Coelho de Meyrelles, según consta en la denuncia presentada al seguro a fs. 3 del presente expediente; se informa que se realizó el relevamiento de la cuadra en cuestión constatándose que varios baches se encontraban reparados con carpeta de concreto asfáltico, por lo que ambas manos de la avenida en el mencionado tramo se encontraban en buen estado de transitabilidad. …” firmado: Dirección de Obras – 06 de Enero de 2022.
Que de fs. 17/21 luce agregado dictamen jurídico del Departamento Asesoría Legal del EMVIAL el cual se tiene por reproducido en todas sus partes en la presente resolución.-
Que el dictamen concluye que “…en autos no se encuentran incorporados elementos suficientes que permitan acceder a lo solicitado por el presentante, dada la inexistencia de acreditación de la relación causal entre el daño hipotéticamente sufrido y conducta alguna de la Administración Pública, por la que ésta deba responder...” firmado: Jefa Departamento Asesoría Legal EMVIAL - 14 de Marzo de 2022.
Que esta Presidencia ratifica el dictamen del Departamento de Asesoría Legal.
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE
VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
RESUELVE
ARTÍCULO 1.- Rechazar en su totalidad la petición formulada por el Señor Angel H. Martinez - DNI 10.506.045, respecto de los daños sufridos, por los motivos expuestos en el exordio.
ARTÍCULO 2.- Dese al Registro de Resoluciones, para su notificación y demás efectos intervenga el Departamento de Coordinación Administrativa.
M.B.//
skp.
Registrado bajo el Nº 139/2022
EXPEDIENTE Nº 263/C/ 2022 Cpo1
Mar del Plata, 21 de Marzo de 2022
VISTO lo actuado en el Expte. Nº 263/C/2022 Cpo1, referido a la autorización de un espacio reservado por discapacidad para estacionamiento frente al inmueble ubicado en la calle Catamarca Nº 1062 y
CONSIDERANDO
Que a fs. 01 el Sr. José Alberto Cassino con DNI 10.703.397 solicita se otorgue un espacio reservado por discapacidad, para el estacionamiento del vehículo PEUGEOT 207 – DOMINIO AB958BR frente al inmueble de la calle Catamarca Nº 1062.
Que a fs. 03/15 obran agregadas copias de: Certificado de discapacidad – Licencia de Conducir y DNI de la Sra. Smeke Lidia P. - Constancia del seguro del vehículo - Cedula de Identificación del Automotor - DNI del solicitante – imagen del frente de la propiedad - actuación notarial del inmueble – nota de autorización de la Administración del Consorcio de Propietarios Edificio Damar IV.
Que a fs. 16 el Departamento de Ingeniería de Tránsito informa que no tiene objeciones de índole técnica para acceder a dicho requerimiento sugiriendo la autorización de un espacio reservado por discapacidad de seis (6) metros y la intervención de la Asesora Legal.
Que a fs. 21 el Departamento de Asesoría Legal se expide informando que: “… teniendo en cuenta la documentación anudada por el solicitante y el informe del Departamento Ingeniería de Tránsito de fs. 16, con fundamento en lo expresamente previsto en la ley 24.314 art. 20 d), no encuentro obstáculos legales para que se prosiga y se dicte el acto administrativo pertinente …”.
Por ello, y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE
VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
RESUELVE
ARTICULO 1: Autorizar al Señor JOSE ALBERTO CASSINO - DNI 10.703.397, la utilización de un (1) espacio reservado por discapacidad de seis (6) metros, con vigencia de Lunes a Domingos las 24 horas para el estacionamiento del vehículo PEUGEOT 207 – DOMINIO AB958BR, frente al inmueble sito en la calle CATAMARCA Nº 1062, el que deberá ser señalizado, demarcado y conservado por el recurrente, indicando en la señalización los datos específicos del vehículo autorizado.
ARTICULO 2: La autorización se otorga por el plazo de 2 años, debiendo acompañar para su renovación, una nueva solicitud con la documentación correspondiente.
ARTICULO 3: La autorización otorgada por el Artículo 1º está condicionada al estricto cumplimiento por parte del solicitante, de las obligaciones contenidas en la norma legal vigente.
ARTICULO 4: Dese al Registro de Resoluciones y para su notificación y demás efectos intervengan la División Recursos y el Departamento de Ingeniería de Tránsito. Cumplido, notifíquese a la Secretaría de Seguridad y a la Subsecretaría de Movilidad Urbana.
M.B.//
Skp
Registrado bajo el Nº 140 /2022
EXPEDIENTE Nº 425/V/2006 - Cpo1
Mar del Plata, 21 de Marzo de 2022
VISTO el expediente Nº 425-V-2006 Cpo 1 que trata la utilización de un ESPACIO RESERVADO frente al inmueble sito en la calle William Morris Nº 3552/66 y,
CONSIDERANDO
Que por Resolución Nº 60/2006 de fecha 13 de Marzo de 2006, se autorizó al Colegio Tomás Alva Edison la utilización de un espacio reservado de doce (12) metros con vigencia de Lunes a Viernes de 08:00 a 18:00 horas frente al inmueble sito en la calle William Morris Nº 3552/66.
Que a fs. 10 el Sr. Hector R. Villarruel representante legal del establecimiento educativo solicita la baja del servicio de uso de espacio público destinado a estacionamiento
Que a fs. 27/28 la División Recursos adjunta informe de deuda actualizado e informa que la cuenta se encuentra al día y deriva las actuaciones para proseguir el trámite administrativo.
Por ello, Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS,
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE
VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
RESUELVE
ARTÍCULO 1.- Dar de baja la autorización otorgada al Colegio Tomás Alva Edison mediante Resolución Nº 60/2006 de fecha 13 de Marzo de 2006 para la utilización de un espacio reservado de doce (12) metros con vigencia de Lunes a Viernes de 08:00 a 18:00 horas frente al inmueble sito en la calle William Morris Nº 3552/66.
ARTÍCULO 2.- Dese al Registro de Resoluciones; intervenga la División Recursos, para su notificación y demás efectos intervenga el Departamento de Ingeniería de Tránsito. Cumplido notifíquese a la Secretaría de Seguridad y a la Subsecretaría de Movilidad Urbana.
MB//
s.k.p.
Registrado bajo el Nº 141/2022
EXP. Nº 15010-4-2001 CUERPO 1
Mar del Plata, 21 de Marzo de 2022
Visto lo actuado en el Expediente Nº 15010-4-2001 Cpo. 1 que trata la utilización de un espacio reservado frente al inmueble sito en la calle Concepción Arenal Nº 7150 utilizado por el Colegio San Miguel Arcángel y,
CONSIDERANDO
Que por Resolución Nº 109/2001 de fecha 03 de Julio de 2001, se autorizó al Colegio San Miguel Arcángel la utilización de un (1) espacio reservado de doce (12) metros con vigencia de Lunes a Viernes en el horario de 07:00 a 18:00 hs. frente al inmueble en la calle sito en la calle Concepción Arenal Nº 7150.
Que a fs. 16 el Departamento de Ingeniería de Tránsito informa que no tiene objeciones de índole técnica para sugerir la baja del espacio reservado en cuestión.
Que dicho informe cuenta con el visto bueno de la Vicepresidencia del Ente.
Que a fs. 87 División Recursos informa que: “… a fs. 16 el Departamento de Ingeniería de Tránsito autoriza la baja de dicho espacio. Que a fs. 19 mediante nota 854/21 se solicita la exención de los derechos por uso y/o ocupación del espacio destinado a estacionamiento por el período 2021, adjuntando documentación requerida a fs. 20/75. Que a fs. 85 esta División forma que las cuentas a nombre de la firma se encuentran regularizadas mediante plan de pago adjuntando informe a fs. 76/84. Que a fs. 86 la Asesoría Legal del EMVIAL considera que no existe obstáculo legal alguno para otorgar la exención como así también la baja. Ante lo expuesto, se gira el presente para la confección del correspondiente acto administrativo donde se otorgue la exención y baja del espacio reservado...”.
Por ello, y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE
VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
RESUELVE
ARTÍCULO 1.- Dar de baja la autorización otorgada al Colegio San Miguel Arcángel mediante Resolución Nº 109/2001 de fecha 03 de Julio de 2001 para la utilización de un espacio reservado de doce (12) metros con vigencia de Lunes a Viernes de 07:00 a 18:00 horas frente al inmueble sito en la calle Concepción Arenal Nº 7150.
ARTÍCULO 2º: Exímase a dicho establecimiento educativo del pago de Derechos por Uso y/o Ocupación de Espacios Públicos destinado a estacionamiento por el período 2021.
ARTÍCULO 3.- Dese al Registro de Resoluciones; intervenga la División Recursos, para su notificación y demás efectos intervenga el Departamento de Ingeniería de Tránsito. Cumplido notifíquese a la Secretaría de Seguridad y a la Subsecretaría de Movilidad Urbana.
MB//
s.k.p.
Registrado bajo el Nº 142/2022
EXPEDIENTE Nº 989/U/2021 - Cpo 1
Mar del Plata, 22 de Marzo de 2022
VISTO el requerimiento efectuado por el Arq. Marcelo Silberman, en representación del “HOTEL DEL SINDICATO UNION TRANVIARIOS AUTOMOR UTA”- mediante Expediente Nº 989-U-2021 - Cpo. 1, y
CONSIDERANDO
Que a fs. 1 se solicita autorización para la utilización de un espacio reservado para hoteles sito en calle Av. Martinez de Hoz Nº 1805 de la ciudad de Mar del Plata.
Que a fs.02/23 obran agregadas copias de: Constancia de inicio de Habilitación Municipal – croquis propuesta dársena para hoteles –Constancia de Inscripción en AFIP y Escritura de Compraventa.
Que a fs. 24 el Departamento de Ingeniería de Tránsito informa que dicho requerimiento se halla contemplado en la norma legal vigente Ordenanza Nº 11.222, la cual reglamenta la construcción de dársenas para hoteles; no teniendo objeciones de índole técnica para acceder a dicho requerimiento., sugiriendo otorgar la utilización de una dársena de doce (12) metros de largo por dos metros treinta (2,30) de ancho.
Que a fs.26 la División Recursos informa los valores que el solicitante debe abonar en concepto de canon anual según lo establecido por la Ordenanza Impositiva vigente.; sujetos a ajuste de la Ordenanza Impositiva 2022.
Por ello, Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE
VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
RESUELVE
ARTÍCULO 1.- Autorizar al Hotel del Sindicato Unión Tranviarios Automotor - UTA, la utilización de una (1) dársena de doce (12) metros de largo por dos metros treinta (2,30) de ancho frente al inmueble sito en la calle Av. Martinez de Hoz Nº 1805; la que deberá ser construida, señalizada y conservada por el recurrente.
ARTÍCULO 2.-La autorización otorgada por el artículo anterior solo tendrá efecto a partir
del momento en que el solicitante realice el pago del canon establecido en la Ordenanza Impositiva y está condicionada al estricto cumplimiento por parte del solicitante, de las obligaciones contenidas en la norma legal vigente.
ARTÍCULO 3.- Las sucesivas renovaciones se establecerán en forma automática, caso contrario el recurrente solicitará la baja por escrito.
ARTÍCULO 4.- Dese al Registro de Resoluciones; para su notificación y demás efectos intervenga el Departamento de Ingeniería de Tránsito y la División Recursos. Cumplido notifíquese a la Secretaría de Seguridad y a la Subsecretaría de Movilidad Urbana.
M.B//
skp.
Registrado bajo el Nº 143/2022
EXPEDIENTE Nº 3785/0/2018 - Cpo 1
Mar del Plata, 23 de marzo de 2022
VISTO el requerimiento efectuado por el Sr. Daniel Kumorkiewicz, apoderado de “AMBULANCIAS SAMAK – SANIKIUM SRL”- mediante Expediente Nº 3785-0-2018 - Cpo. 1, y
CONSIDERANDO
Que a fs. 01 se solicita autorización de una dársena para el estacionamiento de ambulancias y autos particulares adquirentes del servicio y un bicicletero.
Que a fs. 02 el Departamento Ingeniería de Tránsito informa que dicho requerimiento no se halla contemplado en las normas legales vigentes (Ordenanza Nº 11.222 y Nº 5552) que reglamentan la construcción de dársenas de hoteles, clínicas, sanatorios y hospitales respectivamente, por lo cual cabe denegar su autorización.
Que a fs. 13 obra agregado pedido de informe de la Comisión de Transporte y Tránsito del Honorable Concejo Deliberante respecto a la nueva presentación obrante a fs. 10 y de considerarlo enviar el proyecto de ordenanza respectivo, especificando el lugar exacto de ubicación y dimensiones de los espacios en cuestión.
Que a fs. 19 el Departamento Ingeniería de Tránsito emite nuevamente informe diciendo que si bien dicho requerimiento no se halla contemplado en la normativa legal vigente, entiende que dicha empresa puede dar un servicio a la comunidad de inestable valor y considerando el mismo principio que se tuvo en cuenta para la empresa VITTAL MDQ Y AMBULANCIAS SARA; a las cuales se le otorgó en carácter precario la autorización para la utilización de espacios reservados, sugiere aplicar el mismo criterio con esta empresa.
Que a fs. 34 obra agregada copia de la Ordenanza 23929 promulgada por Decreto 177/2019 en la cual se autoriza con carácter precario, un espacio reservado exclusivamente para el servicio de ascenso y descenso de pasajeros junto al cordón de la calzada frente al inmueble en la calle San Lorenzo Nº 3568 a la firma SAMAK – SINIKUM S.R.L.; encomendando al Departamento Ejecutivo a través de sus dependencias técnicas, establecer la dimensión del espacio autorizado, lugar exacto de ubicación y las características de la señalización.
Que a fs. 39 el Departamento Ingeniería de Tránsito especifica las medidas que deberá tener el espacio en cuestión, adjuntando a fs. 42/43 gráficos de las características de la señalización.
Que a fs. 47 la Dirección General deriva las actuaciones a fin de realizar el correspondiente acto administrativo.
Que a fs. 52 obra agregada cedula de intimación de pago por la División Recursos y a fs. 55/56 incorpora informe de deuda al día.
Por ello, Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE
VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
RESUELVE
ARTÍCULO 1.- Autorizar a la firma SAMAK – SINIKUM S.R.L. en carácter precario de acuerdo a lo establecido por la Ordenanza Nº 23.929, la utilización de un espacio reservado de doce (12) metros con vigencia de Lunes a Domingo las 24 horas frente al inmueble sito en la calle San Lorenzo Nº 3568 de esta ciudad, el que deberá ser señalizado, demarcado y conservado por el recurrente.
ARTÍCULO 2.- La autorización otorgada por el artículo anterior solo tendrá efecto a partir
del momento en que el solicitante realice el pago del canon establecido en la Ordenanza Impositiva y está condicionada al estricto cumplimiento por parte del solicitante, de las obligaciones contenidas en la norma legal vigente.
ARTÍCULO 3.- Las sucesivas renovaciones se establecerán en forma automática, caso contrario el recurrente solicitará la baja por escrito.
ARTÍCULO 4.- Dese al Registro de Resoluciones; para su notificación y demás efectos intervenga el Departamento de Ingeniería de Tránsito y la División Recursos. Cumplido notifíquese a la Secretaría de Seguridad y a la Subsecretaría de Movilidad Urbana.
M.B//
skp.
Registrado bajo el Nº 144/2022
EXP. Nº 11689 LETRA 0 AÑO 2018 CUERPO 1 ALCANCE 0 ANEXO 0
Mar del Plata, 23 de marzo de 2022
VISTO el requerimiento efectuado por el Sr. Matías Néstor Barrionuevo, representante legal del INSTITUTO SAN NICOLAS DE LOS ARROYOS en el cual solicita la exención por el periodo 2021 en concepto de Derechos por uso y/o Ocupación del espacio público destinado a estacionamiento, y
CONSIDERANDO
Que por Ordenanza Nº 24998 se ha condonado la deuda en concepto de Derechos por Uso y/o Ocupación de Espacios Públicos a los establecimientos educativos por el periodo 2020 y que por Decreto reglamentario Nº 1782/2021 se otorga exención por el periodo 2021 reuniendo los requisitos enunciados en el mismo.
Que a fs. 30/38 se adjunta constancia de adhesión al “Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción” desde el mes de abril hasta diciembre 2020.
Que a fs. 39 la División Recursos informa que la Cuenta Nº 3000000515 cuyo titular es el INSTITUTO SAN NICOLAS DE LOS ARROYOS no registra deuda.
Que a fs., 40 la Asesoría Legal del EMVIAL considera que no existe obstáculo legal alguno para otorgar la exención solicitada.
Por ello, en uso de las atribuciones que le son propias
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE
VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
RESUELVE
ARTÍCULO 1º: Exímase a la Sra. Mónica Mabel Ramella, titular del INSTITUTO SAN NICOLAS DE LOS ARROYOS del pago de Derechos por Uso y/o Ocupación de Espacios Públicos destinado a estacionamiento por el periodo 2021.-
ARTÍCULO 2º: Dése el registro de Resoluciones; intervenga la División Recursos para su notificación y demás efectos; cumplido tomen conocimiento la Contaduría y Tesorería.
MB/
emf
Registrado bajo el Nº 145/2022
EXP. Nº 9142-3-2016 CUERPO 1
Mar del Plata, 23 de Marzo de 2022
Visto lo actuado en el Expediente Nº 9142-3-2016 Cpo. 1 que trata la utilización de un espacio reservado para el estacionamiento de vehículos frente al inmueble sito en la calle 25 de Mayo Nº 3773 utilizado por el Instituto Cultural Americano y,
CONSIDERANDO
Que por Resolución Nº 160/2016 de fecha 14 de Junio de 2016, se autorizó al Sr. Máximo Bauzer gerente administrativo del Instituto Cultural Americano la utilización de un (1) espacio reservado de ocho (08) metros con vigencia de Lunes a Viernes en el horario de 09:00 a 20:00 hs. frente al inmueble sito en la calle 25 de Mayo Nº 3773.
Que por Ordenanza Nº 24998 se ha condonado la deuda en concepto de Derechos por Uso y/o Ocupación de Espacios Públicos a los establecimientos educativos por el periodo 2020 y que por Decreto reglamentario Nº 1782/2021 se otorga exención por el periodo 2021 reuniendo los requisitos enunciados en el mismo.
Que a fs. 20/27 se adjunta constancia de adhesión al “Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción” y nómina de empleados beneficiarios
Que a fs. 29 la División Recursos informa que la Cuenta Nº 3000000466 cuyo titular es el INSTITUTO CULTURAL AMERICANO no registra deuda.
Que a fs. 30 la Asesoría Legal del EMVIAL considera que no existe obstáculo legal alguno para otorgar la exención solicitada.
Que a fs. 33 División Recursos solicita actualizar el permiso oportunamente otorgado mediante resolución Nº 160/2016, la cual se encuentra vencida.
Por ello, y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE
VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
RESUELVE
ARTÍCULO 1º: Autorizar al INSTITUTO CULTURAL AMERICANO, la utilización de un (1) espacio reservado de ocho (08) metros, con vigencia de Lunes a Viernes en el horario de 09:00 a 20:00 hs. frente al inmueble sito en la calle 25 de Mayo Nº 3773.
ARTÍCULO 2º: Exímase a los Sres. Guillermo Orestes Bauzer, Máximo Guillermo Bauzer y Cristina Nally, titulares de dicho establecimiento educativo, del pago de Derechos por Uso y/o Ocupación de Espacios Públicos destinado a estacionamiento por el periodo 2021.-
ARTICULO 3º: Las sucesivas renovaciones se establecerán en forma automática. En caso que el solicitante requiera la baja del espacio reservado otorgado, deberá realizarlo en forma expresa, en su defecto seguirá emitiéndose la boleta correspondiente al cobro del canon anual por derechos de ocupación de la vía pública.
ARTÍCULO 4º: Dese al Registro de Resoluciones; intervenga la División Recursos, para su notificación y demás efectos intervenga el Departamento de Ingeniería de Tránsito. Cumplido notifíquese a la Secretaría de Seguridad y a la Subsecretaría de Movilidad Urbana.
M.B.//
Registrado bajo el Nº 146/2022
EXP. Nº 9145-4-2016 CUERPO 1
Mar del Plata, 23 de Marzo de 2022
Visto lo actuado en el Expediente Nº 9145-4-2016 Cpo. 1 que trata la utilización de un espacio reservado para el estacionamiento de vehículos frente al inmueble sito en la calle Rawson Nº 1327 utilizado por el Instituto Cultural Americano y,
CONSIDERANDO
Que por Resolución Nº 161/2016 de fecha 14 de Junio de 2016, se autorizó al Sr. Máximo Bauzer gerente administrativo del Instituto Cultural Americano la utilización de un (1) espacio reservado de diez (10) metros con vigencia de Lunes a Viernes en el horario de 09:00 a 20:00 hs. frente al inmueble sito en la calle Rawson Nº 1327.
Que por Ordenanza Nº 24998 se ha condonado la deuda en concepto de Derechos por Uso y/o Ocupación de Espacios Públicos a los establecimientos educativos por el periodo 2020 y que por Decreto reglamentario Nº 1782/2021 se otorga exención por el periodo 2021 reuniendo los requisitos enunciados en el mismo.
Que a fs. 20/27 se adjunta constancia de adhesión al “Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción” y nómina de empleados beneficiarios
Que a fs. 29 la División Recursos informa que la Cuenta Nº 3000000487 cuyo titular es el INSTITUTO CULTURAL AMERICANO no registra deuda.
Que a fs. 30 la Asesoría Legal del EMVIAL considera que no existe obstáculo legal alguno para otorgar la exención solicitada.
Que a fs. 33 División Recursos solicita actualizar el permiso oportunamente otorgado mediante resolución Nº 161/2016, la cual se encuentra vencida.
Por ello, y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE
VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
RESUELVE
ARTÍCULO 1º: Autorizar al INSTITUTO CULTURAL AMERICANO, la utilización de un (1) espacio reservado de diez (10) metros, con vigencia de Lunes a Viernes en el horario de 09:00 a 20:00 hs. frente al inmueble sito en la calle Rawson Nº 1327.
ARTÍCULO 2º: Exímase a los Sres. Guillermo Orestes Bauzer, Máximo Guillermo Bauzer y Cristina Nally, titulares de dicho establecimiento educativo, del pago de Derechos por Uso y/o Ocupación de Espacios Públicos destinado a estacionamiento por el periodo 2021.-
ARTICULO 3º: Las sucesivas renovaciones se establecerán en forma automática. En caso que el solicitante requiera la baja del espacio reservado otorgado, deberá realizarlo en forma expresa, en su defecto seguirá emitiéndose la boleta correspondiente al cobro del canon anual por derechos de ocupación de la vía pública.
ARTÍCULO 4º: Dese al Registro de Resoluciones; intervenga la División Recursos, para su notificación y demás efectos intervenga el Departamento de Ingeniería de Tránsito. Cumplido notifíquese a la Secretaría de Seguridad y a la Subsecretaría de Movilidad Urbana.
M.B.//
Registrado bajo el Nº 147/2022
EXPEDIENTE Nº 2592/3/ 2016 Cpo1
Mar del Plata, 25 de Marzo de 2022
VISTO lo actuado en el Expte. Nº 2592/3/2016 Cpo1, referido a la autorización de un espacio reservado por discapacidad para estacionamiento frente al inmueble ubicado en la calle Belgrano Nº 4557 y
CONSIDERANDO
Que a fs. 47 el Sr. Jorge Rojas con DNI 17.910.580 solicita la renovación del espacio reservado por discapacidad, para el estacionamiento del vehículo FORD ECOSPORT – DOMINIO PPQ839 frente al inmueble de la calle Belgrano 4557.
Que a fs. 48/56 obran agregadas copias de: Certificado de discapacidad Fernandez Rosa Myriam V.- Certificado de discapacidad de Rojas Fernandez Santiago - Certificado de discapacidad de Rojas Fernandez Jorge G. – Licencia de conducir de Rojas Alberto – Detalle de historia Clínica de Rojas Santiago y de Rojas Gabriel .
Que a fs. 57 el Departamento de Ingeniería de Tránsito informa que no tiene objeciones de índole técnica para acceder a dicho requerimiento sugiriendo renovar la autorización y dar intervención de la Asesora Legal.
Que dicho informe cuenta con el visto bueno de la Vicepresidencia del Ente.
Que a fs. 59 el Departamento de Asesoría Legal se expide informando que: “… de la documentación acompañada por el peticionante se advierte que el espacio reservado sería para la Sra. Rosa Myriam Viviana Fernandez, quien deberá acreditar que reside en el domicilio de la calle Belgrano Nº 4557 ergo se sugiere se acompañe fotocopia de DNI. Cumplido con lo requerido, teniendo en cuenta la documentación anudada por el solicitante y el informe del Departamento Ingeniería de Tránsito de fs. 57, con fundamento en lo expresamente previsto en la ley 24.314 art. 20 d), no encuentro obstáculos legales para que se prosiga y se dicte el acto administrativo pertinente …”.
Que a fs.61/64 el solicitante presenta copia de DNI de la Sra. Fernandez Rosa M. , copia de factura de telefonía celular personal y boletas de OSSE a nombre de la Sra. Fernandez constando en todos ellos que su domicilio es Belgrano Nº 4557.
Por ello, y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE
VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
RESUELVE
ARTICULO 1: Autorizar a la Señora ROSA MYRIAM VIVIANA FERNANDEZ - DNI 17.924.393, la utilización de un (1) espacio reservado por discapacidad de seis (6) metros, con vigencia de Lunes a Domingos las 24 horas para el estacionamiento del vehículo FORD ECOSPORT – DOMINIO PPQ839, frente al inmueble sito en la calle BELGRANO Nº 4557, el que deberá ser señalizado, demarcado y conservado por el recurrente, indicando en la señalización los datos específicos del vehículo autorizado.
ARTICULO 2: La autorización se otorga por el plazo de 2 años, debiendo acompañar para su renovación, una nueva solicitud con la documentación correspondiente.
ARTICULO 3: La autorización otorgada por el Artículo 1º está condicionada al estricto cumplimiento por parte del solicitante, de las obligaciones contenidas en la norma legal vigente.
ARTICULO 4: Dese al Registro de Resoluciones y para su notificación y demás efectos intervengan la División Recursos y el Departamento de Ingeniería de Tránsito. Cumplido, notifíquese a la Secretaría de Seguridad y a la Subsecretaría de Movilidad Urbana.
M.B.//
Skp
Registrado bajo el Nº 148/2022
EXPEDIENTE Nº 14361/2/2016 - Cpo1
Mar del Plata, 25 de Marzo de 2022
VISTO el expediente Nº 14361-2-2016 Cpo 1 que trata la utilización de un espacio reservado frente al inmueble sito en la calle Alvarado Nº 1355 y,
CONSIDERANDO
Que por Resolución Nº 13/2017 de fecha 01 de Febrero de 2017, se autorizó a la firma CUISEN S.R.L. – El Club de la Milanesa la utilización de un espacio reservado de seis (6) metros, para ser utilizado únicamente para la instalación de un módulo para el estacionamiento de motos y bicicletas frente al inmueble sito en la calle Alvarado Nº 1355.
Que a fs. 35 el Sr. Juan José Tesler socio gerente de la firma manifiesta desistir del espacio reservado en cuestión.
Que a fs. 36 el Departamento de Ingeniería de Tránsito informa que no existen inconvenientes de orden técnico para acceder a dicha solicitud.
Que a fs. 41 obra agregado informe de deuda al día emitido por División Recursos.
Por ello, Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS,
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE
VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
RESUELVE
ARTÍCULO 1.- Dar de baja la autorización otorgada a la firma “CUISEN S.R.L.- EL CLUB DE LA MILANESA” mediante Resolución Nº 13/2017 de fecha 01 de Febrero de 2017, para la utilización de un (1) espacio reservado de seis (6) metros, para ser utilizado únicamente para la instalación de un módulo para el estacionamiento de motos y bicicletas, frente al inmueble sito en calle ALVARADO Nº 1355 de esta ciudad.
ARTÍCULO 2.- Dese al Registro de Resoluciones; intervenga la División Recursos, para su notificación y demás efectos intervenga el Departamento de Ingeniería de Tránsito. Cumplido notifíquese a la Secretaría de Seguridad y a la Subsecretaría de Movilidad Urbana.
MB//
s.k.p.
Registrado bajo el Nº 149/2022
EXPEDIENTE 218 Dig.P Año 2022 Cpo:1
Mar del Plata, 28 de Marzo 2022
VISTO la necesidad de ordenar el Inventario de Bienes Físicos del Ente y,
CONSIDERANDO
Que existen bienes que se encuentran en condiciones de ser dados de baja, ya sea por deterioro o por no ser posible su reparación.
Que se hace necesario, con la doble finalidad de ordenar el Inventario de Bienes y optimizar el manejo administrativo de esos elementos, como su uso, custodia y conservación, hacer efectiva la baja definitiva de los mismos.
Por ello, Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE
VIALIDAD Y ALUMBRADO PUBLICO
R E S U E L V E
ARTICULO 1º. Autorizar la baja definitiva de Bienes de Uso por un valor total de PESOS UN MILLON TREINTA Y TRES MIL NOVECIENTOS SESENTA Y SEIS ($ 1.033.966,00) de los vehículos que se detallan a continuación:
ARTICULO 2º-. Los Departamentos Contaduría y Patrimonio del Ente tendrán a su cargo la registración de este movimiento y demás gestiones administrativas que genere.
ARTICULO 3º-. Regístrese y comuníquese a la Contaduría del Ente.-
M.B/
Ia
Registrado bajo el Nº 150/2022
EXP. Nº 6976 LETRA 7 AÑO 2021 CUERPO 1
Mar del Plata, 28 de Marzo de 2022
Visto lo actuado en el presente Expte. Nº 6976/7/2021, referido a la liberación de la deuda no informada en el certificado emitido y,
CONSIDERANDO
Que a fojas 2 consta nota presentada por el notario interviniente Sr. Martin A. Rodriguez de Angeli, donde solicita la cancelación de la deuda que pesa sobre el inmueble identificado bajo la nomenclatura catastral Circ. 6, Sec. A, Mzn. 19-K, Par. 7; número de cuenta municipal 94619; manifestando que la Municipalidad no informó la existencia del pasivo en concepto de Obras de Pavimento y Alumbrado Público, en el certificado 210/2018, emitido el 26/03/2018 por División Certificados, dependiente del Departamento de Contribución por Mejoras y Propiedad Inmueble.
Que a fojas 6 a 11 consta copia de la escritura traslativa de dominio de donde surgen los vendedores y compradores; siendo estos, por la parte vendedora Marta Zmitrenia DNI 5.317.543, Yolanda Perla González DNI 22.151.750, Bibiana Patricia González DNI 22.784.393, Evaristo Martín Eladio González DNI 27.592.621, Marta Silvia Rivero DNI 17.804.504, Sergio Alejandro Rivero DNI 18.049.269 y Modesta Isolina González DNI 1.143.211; y por la parte compradora Natalia Soledad Prestamero DNI 32.668.645.
Que a foja 21 División Recursos del EMVIAL informa que en el caso de la cuenta consultada se procedió conforme es de práctica habitual, enviándose un correo electrónico a la Dirección de Informática y Telecomunicaciones con el listado de las cuentas deudoras, desconociendo el motivo por el cual no se informó la deuda en el Certificado en mención.
Que a foja 22 emite dictamen la Asesoría Legal del Ente, del cual surge que corresponde la liberación de la deuda sobre el inmueble y actual titular de dominio, comprador de buena fe, toda vez que, se ha expedido el certificado 210/2018, sin deuda de EMVIAL y respecto a la deuda por Contribución por Mejoras pendiente de pago debe perseguirse su cobro contra el deudor original (vendedor).
Asimismo y teniendo en cuenta que el presente caso es similar a los planteados en los expedientes Nº 12442/0/2018; Nº 339/7/2019; Nº 11385/3/2018; Nº 8347/1/2018; Nº 7814/7/2018 y demás, en los que se ha expedido la Dirección de Informática y Telecomunicaciones, y los cuales han sido tratado bajo sumario administrativo Expte. Nº7336/3/2019, el cual se encuentra finalizado en etapa de instrucción; se sugiere el tratamiento del presente a las resultas del mencionado sumario.
Por ello, en uso de las atribuciones que le son propias,
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE
VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
RESUELVE
ARTÍCULO 1º.- Dar de baja la deuda existente, anterior al 23 de febrero de 2018, fecha de toma de posesión del inmueble, nomenclatura catastral Circ. 6, Sec. A, Mzn. 19-K, Par. 7, Cuenta Municipal Nº 94619, por el concepto de Contribución por Mejoras por obras de cordón cuneta, carpeta asfáltica y alumbrado público, ejecutadas por este Ente, de acuerdo a lo expuesto en el exordio.
ARTICULO 2º.- Créase una cuenta a nombre de los Señores Marta Zmitrenia DNI 5.317.543, Yolanda Perla González DNI 22.151.750, Bibiana Patricia González DNI 22.784.393, Evaristo Martín Eladio González DNI 27.592.621, Marta Silvia Rivero DNI 17.804.504, Sergio Alejandro Rivero DNI 18.049.269 y Modesta Isolina González DNI 1.143.211; y por la parte compradora Natalia Soledad Prestamero DNI 32.668.645; anteriores titulares del inmueble de mención, a la cual se imputará el costo de la obra por Contribución por Mejoras imputada a la cuenta 94619 a efectos de su cobro.
ARTÍCULO 3º.- Dése al Registro de Resoluciones. Notifíquese y tomen intervención a efectos de instrumentar el cumplimiento de la presente, la División Recursos, Tesorería y conocimiento por Contaduría.
M.B/./
em.
Registrado bajo el Nº 151/2022
EXPTE. 379-C-22
Mar del Plata, 28 de Marzo de 2022
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente Nº 379-C-2022 Cpo. 1, relacionado con el llamado a Concurso de Precios Nro. 04/2022 para la “CONTRATACION DE MANTENIMIENTO DE QUEMADORES DE PLANTA DE ASFALTO”, y
CONSIDERANDO
Que se ha cumplido con las formalidades de llamado a Concurso de Precios, según da cuenta la documentación agregada al expediente de referencia.
Que conforme surge del acta de apertura se presentó solo la oferta de GUSTAVO LUIS FOGLIA.
Que no se efectuaron observaciones y/o impugnaciones por parte de las firmas oferentes.
Que sobre la adjudicación se expide la Comisión de Estudio de Ofertas y Adjudicación.
Por ello, Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE
VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
RESUELVE
ARTÍCULO 1.- Aprobar el llamado a Concurso de Precios Nº 04/2022 para la “CONTRATACION DE MANTENIMIENTO DE QUEMADORES DE PLANTA DE ASFALTO”, efectuado el día 18 de Marzo de 2022 a las 11,00 horas.
ARTÍCULO 2.- Adjudicar el Concurso de Precios Nº 04/2022, para la “CONTRATACION DE MANTENIMIENTO DE QUEMADORES DE PLANTA DE ASFALTO”:
*** Al Ing. GUSTAVO LUIS FOGLIA, por ser su oferta de valores convenientes y ajustarse al Pliego de Bases y Condiciones, por un monto total de PESOS NOVECIENTOS DIECIOCHO MIL CON 00/100 ($ 918.000,00.-); la contratación de:
NUEVE (09) SERVICIOS MENSUALES DE MANTENIMIENTO DE QUEMADORES DE PLANTA DE ASFALTO, TANQUE DE EMULSION Y CALDERA DE PLANTA DE ASFALTO: MEDICIONES DE CAUDALES EN CONDUCTOS DE VENTILACION, SERVICIO PERIODICO DE TERMOGRAFIA INFRARROJA PARA VERIFICACION DE TEMPERATURAS DE TRABAJO DE MOTORES Y HORNO DE PLANTA DE ASFALTO. CONTROL DE FUGAS DE AS EN LOS QUEMADORES. LIMPIEZA PERIODICA DE FILTROS Y SENSORES DE LLAMA. LIMPIEZA DE LOS EQUIPOS Y MANTENIMIENTO PREVENTIVO. VISITAS REGULARES CADA 15 DIAS. ATENCION A DEMANDA PARA EMERGENCIAS DENTRO DE LAS 24HS. NO SE INCLUYE PROVISION DE REPUESTOS, NI TRABAJOS DE TERCEROS POR REPARACION DE ELEMENTOS A $ 102.000,00.- CADA UNO.- DE ABRIL A DICIEMBRE 2022 INCLUSIVE.-
ARTÍCULO 3.- Requiérase de la firma adjudicataria que constituya dentro de los cinco (5) días de notificado de la presente adjudicación, depósito de garantía de contrato equivalente al cinco por ciento (5%) del monto total adjudicado, el que será devuelto, una vez entregada de conformidad la totalidad del producto ofrecido.
ARTÍCULO 4.- La Contaduría del Ente tomará los recaudos pertinentes a fin de imputar a la partida correspondiente la aplicación que demande la presente erogación.
ARTÍCULO 5- Dese al Registro de Resoluciones, para su notificación intervenga la Oficina de Compras y Contaduría.
MB
m.n.p.
Registrado bajo el Nº 152/2022
EXPTE. 315-C-22
Mar del Plata, 29 de Marzo de 2022
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente Nº 315-C-2022 Cpo. 1, relacionado con el llamado a Licitación Privada Nro. 11/2022 para la “CONTRATACION DE AUTOMATIZACIÓN PARA LA PLANTA DE HORMIGON”, y
CONSIDERANDO
Que se ha cumplido con las formalidades del primer y segundo llamado a Licitación Privada, según da cuenta la documentación agregada al expediente de referencia.
Que conforme surge del acta de apertura se presentaron las firmas AIMA ELECTROMECANICA S.H y NECCO JORGE ARMANDO.
Que no se efectuaron observaciones y/o impugnaciones por parte de las firmas oferentes.
Que sobre la adjudicación se expide la Comisión de Estudio de Ofertas y Adjudicación.
Por ello, Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE
VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
RESUELVE
ARTÍCULO 1.- Aprobar el segundo llamado a Licitación Privada Nº 11/2022 para la “CONTRATACION DE AUTOMATIZACIÓN PARA LA PLANTA DE HORMIGON”, efectuado el día 23 de Marzo de 2022 a las 11,00 horas.
ARTÍCULO 2.- Adjudicar la Licitación Privada Nº 11/2022, para la “CONTRATACION DE AUTOMATIZACIÓN PARA LA PLANTA DE HORMIGON”:
A la firma NECCO JORGE ARMANDO, por ser su oferta de valores convenientes y ajustarse al Pliego de Bases y Condiciones, por un monto total de PESOS DOS MILLONES CINCUENTA MIL CON 00/100 ($ 2.050.000,00.-); la contratación de:
AUTOMATIZACION DE PLANTA DE HORMIGON, INSTALACION DE PLACA CON MODULOS PERIFERICOS. FUENTE DE ALIMENTACION. PROTECION TERMOMAGNETICA, PANTALLA TOUCH SCREEN PARA VISUALIZACION Y OPERACIÓN DEL PROCESO. FUENTE DE ALIMENTACION PARA TODOS LOS SISTEMAS PERIFERICOS DE COMANDO Y ALIMENTACION DE CELDAS DE MEDICION. RELÉ Y FUSIBLES EN TODAS LAS SALIDAS DIGITALES. INCORPORACION A LOS SITEMAS DE PESADO TRANSDUCTORES DIGITALES. NUEVO CABLEADO DE ELEMENTOS PERIFERICOS. MANUAL INSTRUCTIVO DE OPERACIONES CON CAPACITACION PARA LOS OPERADORES. A $ 2.050.000,00.-
ARTÍCULO 3.- Requiérase de la firma adjudicataria que constituya dentro de los cinco (5) días de notificado de la presente adjudicación, depósito de garantía de contrato equivalente al cinco por ciento (5%) del monto total adjudicado, el que será devuelto, una vez entregada de conformidad la totalidad del producto ofrecido.
ARTÍCULO 4.- Reintégrense los Depósitos de Garantía de Mantenimiento de Ofertas a las siguientes Firmas AIMA ELECTROMECANICA S.H Recibo Oficial Nº 2495 y NECCO JORGE ARMANDO Recibo Oficial Nº 2519, una vez cumplimentado lo dispuesto en el artículo anterior.
ARTÍCULO 5.- La Contaduría del Ente tomará los recaudos pertinentes a fin de imputar a la partida correspondiente la aplicación que demande la presente erogación.
ARTÍCULO 6- Dese al Registro de Resoluciones, para su notificación intervenga la Oficina de Compras y Contaduría.
MB
m.n.p.
Registrado bajo el Nº 153/2022
EXPTE. 391-C-2022
Mar del Plata, 29 de Marzo de 2022
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente Nº 391-C-2022 Cpo. 1, relacionado con la Licitación Privada Nº 13/2022 para la “ADQUISICIÓN DE CEMENTO CPC40 A GRANEL”, y
CONSIDERANDO
Que se ha cumplido con las formalidades del Llamado a Licitación Privada, según da cuenta la documentación agregada al expediente de referencia.
Que conforme surge del acta de apertura se presentaron dos firmas oferentes: DE LEON MEDINA SRL y CEMENTOS AVELLANEDA SA.
Que no se efectuaron observaciones y/o impugnaciones.
Que sobre la adjudicación se expide la Comisión de Estudio de Ofertas y Adjudicación.
Por ello, Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE
VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
RESUELVE
ARTÍCULO 1.- Aprobar el llamado a Licitación Privada Nº 13/2022, para la “ADQUISICIÓN DE CEMENTO CPC40 A GRANEL” cuya apertura fuera efectuada el día 22 de Marzo de 2022 a las 11 ,00 horas.
ARTÍCULO 2.- Aceptar como válidas las ofertas de las firmas DE LEON MEDINA SRL y CEMENTOS AVELLANEDA SA.
ARTÍCULO 3.- Adjudicar la Licitación Privada Nº 13/2022, para la “ADQUISICIÓN DE CEMENTO CPC40 A GRANEL” a la firma DE LEON MEDINA SRL, por ser su oferta conveniente, de menor valor y ajustarse al Pliego de Bases y Condiciones, por un monto total de PESOS SEIS MILLONES NOVECIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS QUINCE CON 00/100 ($ 6.989.515,00); por la provisión de:
ARTÍCULO 4.- Requiérase de la firma adjudicataria que constituya dentro de los cinco (5) días de notificada de la presente adjudicación, deposito de garantía de contrato equivalente al cinco por ciento (5%) del monto total adjudicado.
ARTICULO 5.- Reintégrense el Depósito de Garantía de Mantenimiento de Oferta a las Firmas DE LEON MEDINA SRL Recibo Oficial Número 2515 y CEMENTOS AVELLANEDA SA Recibo Oficial Número 2518, una vez cumplimentado lo requerido en el articulo precedente.
ARTÍCULO 6.- La Contaduría del Ente tomará los recaudos pertinentes a fin de imputar a la partida correspondiente la erogación que demande la presente Resolución.
ARTICULO 7.- Dese al Registro de Resoluciones, para su notificación intervenga la Oficina de Compras, Contaduría y Tesorería.
M.B/
m.n.p.
Registrado bajo el Nº 154/2022
EXPEDIENTE Nº 745/R / 2021 Cpo1
Mar del Plata, 30 de Marzo de 2022
VISTO lo actuado en el Expte. Nº 745/R/ 2021 Cpo. 1, referido a la autorización de un espacio reservado por discapacidad para estacionamiento frente al inmueble ubicado en la calle Laprida Nº 2274 y
CONSIDERANDO
Que a fs. 01/02 la Sra. Laura Rodriguez - DNI 24.647.609 solicita se otorgue un espacio reservado por discapacidad del Sr. Hector Oscar Rodriguez - DNI 4.275.554, para el estacionamiento del vehículo RENAULT CLIO – DOMINIO AA670ZX frente al inmueble de la calle Laprida Nº 2274.
Que a fs. 06/27 obran agregadas copias de: Certificado de discapacidad - DNI del solicitante – Escritura del inmueble - DNI y Licencia de Conducir de la Sra. Sara Fernandez - Cedula de Identificación del Automotor – DNI y Licencia de Conducir del Sr. Diego J. Rodriguez.
Que a fs. 28 el Departamento de Ingeniería de Tránsito informa que no tiene objeciones de índole técnica para acceder a dicho requerimiento sugiriendo la autorización de un espacio reservado por discapacidad de seis (6) metros y dar intervención al Departamento de Asesoría Legal.
Que a fs. 30 el Departamento de Asesoría Legal se expide informando que: “… previo a dictar resolución, deberá acompañar el pedido con su firma ya que el formulario de foja 2, no se encuentra firmado…” “ …teniendo en cuenta la documentación anudada por el solicitante, con fundamento en lo expresamente previsto en la ley 24.314 art. 20 d) y cumplido con lo requerido “ut supra” no encuentro obstáculos legales para que se prosiga y se dicte el acto administrativo pertinente. …”.
Que a fs.32, obra agregado formulario firmado por la solicitante.
Por ello, y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE
VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
RESUELVE
ARTICULO 1: Autorizar al Señor HECTOR OSCAR RODRIGUEZ – DNI 4.275.554, la utilización de un (1) espacio reservado de seis (6) metros por discapacidad con vigencia de Lunes a Domingos las 24 horas para el estacionamiento del vehículo RENAULT CLIO – DOMINIO AA670ZX, frente al inmueble sito en la calle Laprida Nº 2274, el que deberá ser señalizado, demarcado y conservado por el recurrente, indicando en la señalización los datos específicos del vehículo autorizado.
ARTICULO 2: La autorización se otorga por el plazo de 2 años, debiendo acompañar para su renovación, una nueva solicitud con la documentación correspondiente.
ARTICULO 3: La autorización otorgada por el Artículo 1º está condicionada al estricto cumplimiento por parte del solicitante, de las obligaciones contenidas en la norma legal vigente.
ARTICULO 4: Dese al Registro de Resoluciones y para su notificación y demás efectos intervengan la División Recursos y el Departamento de Ingeniería de Tránsito. Cumplido, notifíquese a la Secretaría de Seguridad y a la Subsecretaría de Movilidad Urbana.
M.B.//
Skp
Registrado bajo el Nº 155/2022
EXPEDIENTE Nº 13674/2/2001 -Cpo1
Mar del Plata, 30 de Marzo de 2022
VISTO el expediente Nº 13674/2/2001 - Cpo 1 que trata la utilización de un espacio reservado frente al inmueble sito en la calle Belgrano Nº 3013, y
CONSIDERANDO
Que por Resolución Nº 105/2001 de fecha 21 de Junio de 2001 la Presidencia del ENOSUR autorizó la utilización de un (1) espacio reservado de seis (06) metros con vigencia de Lunes a Viernes en el horario de 08:00 a 18:00 horas frente al inmueble sito en la calle Belgrano Nº 3013.
Que a fs. 13 obra agregada intimación de deuda cursada por la División Recursos, constatando que el espacio no se encuentra demarcado ni señalizado.
Que a fs. 17 se adjunta imagen de SIGEM (ABM Comercio) en el cual se detalla que el comercio fue dado de baja de oficio con fecha 16/07/2002.
Que a fs. 19 la División Recursos informa que en el presente expediente no se encuentra autorización de titular del inmueble donde fue otorgado el espacio y no pudiendo aplicarse lo establecido por la Ordenanza Fiscal Nº 24958. Título IX, Cap. III. Art. 170 y ante todo lo expuesto, sugiere dar de baja por Resolución el espacio oportunamente autorizado como así también la deuda que registra la cuenta Nº P-3000000295.
Por ello, Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS,
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE
VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
RESUELVE
ARTÍCULO 1º: Dar de baja el espacio reservado de seis (6) metros otorgado mediante Resolución Nº 105/2001 al BANCO RIO DE LA PLATA S.A., con vigencia de Lunes a Viernes en el horario de 08:00 a 18:00 horas frente al inmueble sito en la calle Belgrano Nº 3013.
ARTICULO 2º. Dese de baja la deuda que registra la cuenta nº P-3000000295 generada en concepto de derechos de uso de espacio público, cuyo titular es el BANCO RIO DE LA PLATA SUCURSAL SHOPPING LOS GALLEGOS, por los motivos expuestos en el exordio.
ARTÍCULO 3.- Dese al Registro de Resoluciones; intervenga la División Recursos, para su notificación y demás efectos intervenga el Departamento de Ingeniería de Tránsito. Cumplido notifíquese a la Secretaría de Seguridad y a la Subsecretaría de Movilidad Urbana.
M.B.//
skp.
Registrado bajo el Nº 156/2022
EXP. Nº 551-7-2017 CUERPO 1
Mar del Plata, 30 de Marzo de 2022
Visto lo actuado en el Expediente Nº 551-7-2017 Cpo. 1, referido a la autorización de una dársena utilizado por el Hotel As Palace frente al inmueble sito en la calle Alberti Nº 1731 y,
CONSIDERANDO
Que por Resolución Nº 59/2017 de fecha 22 de Marzo de 2017, la Presidencia del EMVIAL autorizó al HOTEL AS PALACE la construcción de una dársena de doce (12) metros de largo por un (1) metro de ancho frente al inmueble sito en la calle Alberti Nº 1731.
Que a fs. 32 División Recursos informa que la cuenta Nº P- 4600000224 del Hotel As Palace ha regularizado lo adeudado adjuntando a fs. 30 informe de deuda y asimismo solicita se rectifique la resolución Nº 59/2017, ya que el otorgamiento es a nombre de fantasía y no al titular del la habilitación Municipal según consta a fs. 8.
Por ello, y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE
VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
RESUELVE
ARTÍCULO 1º.- Rectificar el Artículo 1º de la Resolución nº 59/2017 de fecha 22 de Marzo de 2017, que quedará redactado de la siguiente forma:
“ARTICULO 1: Autorizar al SINDICATO DE EMPLEADOS DEL CUACHO Y AFINES, la construcción de una dársena de doce (12) metros de largo por un (1) metro de ancho frente al inmueble sito en la calle Alberti Nº 1731, la cual deberá ser construida, señalizada, y conservada por el recurrente.
ARTICULO 2º.- Dese al Registro de Resoluciones y para su notificación y demás efectos intervengan la División Recursos y el Departamento de Ingeniería de Tránsito. Cumplido, notifíquese a la Secretaría de Seguridad y a la Subsecretaría de Movilidad Urbana.
M.B.//
Skp.
Registrado bajo el Nº 157/2022
158/2022 ANULADA
EXPEDIENTE Nº 8082/0/2011 - Cpo1
Mar del Plata, 31 de Marzo de 2022
VISTO el expediente Nº 8082-0-2011 Cpo 1 que trata la utilización de un espacio reservado frente al inmueble sito en la calle Diagonal Pueyrredon esquina Belgrano y,
CONSIDERANDO
Que por Resolución Nº 316/2018 de fecha 07 de Diciembre de 2018, se autorizó a la firma PASEO DIAGONAL la utilización de un espacio reservado de seis (6) metros, para ser utilizado únicamente para la instalación de un módulo para el estacionamiento de motos y bicicletas frente al inmueble sito en la calle Diagonal Pueyrredon esquina Belgrano.
Que a fs. 52 el Sr. Guillermo Martinez Falcone gerente de la firma solicita la baja del módulo de bicis/motos ya que actualmente funciona y ocupa ese lugar la senda peatonal del corredor gastronómico “comemos afuera”.
Que a fs. 53/57 obra agregado comprobante de pago e informe de deuda al día emitido por División Recursos.
Por ello, Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS,
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE
VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
RESUELVE
ARTÍCULO 1.- Dar de baja la autorización otorgada a la firma “PASEO DIAGONAL” mediante Resolución Nº 316/2018 de fecha 07 de Diciembre de 2018, para la utilización de un (1) espacio reservado de seis (6) metros, para ser utilizado únicamente para la instalación de un módulo para el estacionamiento de motos y bicicletas, frente al inmueble sito en calle Diagonal Pueyrredon esquina Belgrano.
ARTÍCULO 2.- Dese al Registro de Resoluciones; intervenga la División Recursos, para su notificación y demás efectos intervenga el Departamento de Ingeniería de Tránsito. Cumplido notifíquese a la Secretaría de Seguridad y a la Subsecretaría de Movilidad Urbana.
MB//
s.k.p.
Registrado bajo el Nº 159/2022
EXPEDIENTE Nº 391/C/2022-Cpo1
Mar del Plata, 31 de Marzo de 2022
VISTO las actuaciones obrantes en el expediente Nº 391/C/2022- Cpo 1 relacionado con la Licitación Privada Nº 13/2022 para la “ADQUISICION DE CEMENTO CPC40 A GRANEL” y,
CONSIDERANDO
Que por resolución Nº 154/2022 se resolvió la adjudicación de la Licitación Privada Nº 13/2022.
Que se produjo un error involuntario en el artículo 3º la mencionada resolución.
Que es necesario confeccionar el acto administrativo que rectifique de dicho error.
Por ello, Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS.
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE
VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
RESUELVE
ARTÍCULO 1.- Rectificar el Artículo 3º de la Resolución Nº 154 de fecha 29 de Marzo de 2022, que quedará redactado de la siguiente forma:
“ARTÍCULO 3º.- Adjudicar la Licitación Privada Nº 13/2022, para la “ADQUISICIÓN DE CEMENTO CPC40 A GRANEL” a la firma CEMENTOS AVELLANEDA SA, por ser su oferta conveniente, de menor valor y ajustarse al Pliego de Bases y Condiciones, por un monto total de PESOS SEIS MILLONES NOVECIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS QUINCE CON 00/100 ($ 6.989.515,00); por la provisión de:
ARTÍCULO 2.- Dese al Registro de Resoluciones; para su notificación intervenga la Oficina de Compras, Contaduria y Tesorería.
M.B./
m.n.p
Registrado bajo el Nº 160/2022
EXPEDIENTE Nº 446/C/2022
Mar del Plata, 31 de Marzo de 2022
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente Nº 446-C-2022 Cpo. 1 Alc. 1, relacionado con la obra “BACHEO DE PAVIMENTOS DE HORMIGON” y,
CONSIDERANDO
Que de acuerdo a lo determinado en el artículo Nº 151 de la Ley Orgánica de las Municipalidades corresponde efectuar el llamado a Licitación Publica.
Que ha sido confeccionado el Pliego de Bases y Condiciones obrante en el citado expediente.
Por ello, Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE
VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
RESUELVE
ARTÍCULO 1.- Apruébese el Pliego de Bases y Condiciones y demás documentación elaborada por la Oficina de Compras.
ARTÍCULO 2.- Llámese a Licitación Pública Nº 06/2022 para la obra “BACHEO DE PAVIMENTOS DE HORMIGON”, en un todo de acuerdo con el Pliego que se aprueba en el articulo anterior, cuyo Presupuesto Oficial asciende a la suma de PESOS NOVENTA Y SIETE MILLONES SETECIENTOS VEINTIOCHO MIL TRESCIENTOS SESENTA Y SIETE CON 60/100 ($ 97.728.367,60.-),
ARTÍCULO 3.- Fíjese para el 19 de Abril de 2022 a las 11:00 horas la apertura de las propuestas que serán presentadas en la Oficina de Compras del Ente hasta el día y hora del acto de apertura, en un todo de acuerdo con lo establecido en Pliego de Bases y Condiciones.
ARTÍCULO 4.- Conformase una Comisión de Estudio de Ofertas y Adjudicación para la presente Licitación con un representante de las siguientes áreas: Dirección General, Contaduría, Oficina de Compras, Asesoría Letrada y Dirección de Obras.
ARTÍCULO 5.- Efectúense las correspondientes publicaciones, por un (1) día en el Diario La Capital, un (1) día en diario digital de la ciudad, dos (2) días en Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires y publicación en la pagina Municipal
ARTÍCULO 6.- La Contaduría del Ente adoptará los recaudos pertinentes a fin de imputar a la partida presupuestaria correspondiente la erogación que demande la presente Resolución.
ARTÍCULO 7.- Dese el Registro de Resoluciones comuníquese a quienes corresponda.
MB
m.n.p.
Registrado bajo el Nº 161/2022
EXPEDIENTE Nº 248/C/2022
Mar del Plata, 31 de Marzo de 2022
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente Nº 248-C-22 Cpo. 1, relacionado con el llamado a Licitación Publica Nro. 04/22 para la “ADQUISICION DE MATERIALES ELECTRICOS PARA EL MANTENIMIENTO DEL ALUMBRADO PUBLICO”, y,
CONSIDERANDO
Que se ha cumplido con las formalidades del Llamado a Licitación Pública, según da cuenta la documentación agregada al expediente de referencia.
Que conforme surge del acta de apertura se presentaron seis (6) firmas oferentes: OACI SA, DI GIOVANNI EDUARDO, CASA BLANCO SA, ENLUZ S.A, NEA-ELEC SA y FERRERO CONSTRUCCIONES SRL.
Que no se efectuaron observaciones y/o impugnaciones por parte de las firmas oferentes.
Que sobre la adjudicación, se expide la Comisión de Estudio de Ofertas y Adjudicación.
Por ello, Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE
VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
RESUELVE
ARTÍCULO 1º.- Aprobar el Llamado a Licitación Pública Nº 04/22 para la “ADQUISICION DE MATERIALES ELECTRICOS PARA EL MANTENIMIENTO DEL ALUMBRADO PUBLICO”, cuya apertura fuera efectuada el día 10 de Marzo de 2022 a las 11,00 horas.
ARTÍCULO 2º.- Aceptar como validas las ofertas de presentadas por las firmas: OACI SA, DI GIOVANNI EDUARDO, CASA BLANCO SA, ENLUZ S.A, NEA-ELEC SA y FERRERO CONSTRUCCIONES SRL.
ARTÍCULO 3º.- Adjudicar la Licitación Pública Nro. 04/22, para la “ADQUISICION DE MATERIALES ELECTRICOS PARA EL MANTENIMIENTO DEL ALUMBRADO PÚBLICO”:
****A la firma CASA BLANCO S.A, por ajustarse su oferta a lo solicitado en el Pliego de Especificaciones Técnicas y ser su oferta de menor valor, la suma de PESOS NUEVE MILLONES QUINIENTOS MIL SETECIENTOS NOVENTA Y CUATRO CON 00/100 ($ 9.500.794,00.-) por la provisión de:
****A la firma OACI S.A, por ajustarse su oferta a lo solicitado en el Pliego de Especificaciones Técnicas, ser su oferta de valores convenientes y de menor valor, la suma de PESOS OCHO MILLONES OCHOCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS VEINTICINCO CON 20/100 ($ 8.899.325,20.-) por la provisión de:
****A la firma DI GIOVANNI EDUARDO, por ajustarse su oferta a lo solicitado en el Pliego de Especificaciones Técnicas y ser su oferta de valores convenientes, y marca reconocida, la suma de PESOS OCHO MILLONES SEISCIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS DIEZ CON 90/100 ($ 8.685.510,90.-) por la provisión de:
****A la firma ENLUZ S.A, por ajustarse su oferta a lo solicitado en el Pliego de Especificaciones Técnicas, ser su oferta de valores convenientes y de menor precio, la suma de PESOS DOS MILLONES DOSCIENTOS OCHENTA Y DOS MIL CUATRO CIENTOS SESENTA Y SEIS CON 00/100 ($ 2.282.466,00.-) por la provisión de:
****A la firma FERRERO CONSTRUCCIONES SRL, por ajustarse su oferta a lo solicitado en el Pliego de Especificaciones Técnicas y ser su oferta de marca reconocida y valores convenientes, la suma de PESOS CUATRO MILLONES NOVECIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL CON 00/100 ($ 4.955.000,00.-) por la provisión de:
****A la firma NEA-ELEC S.A, por ajustarse su oferta a lo solicitado en el Pliego de Especificaciones Técnicas, ser su oferta de valores convenientes y de menor valor, la suma de PESOS TRESCIENTOS TREINTA Y DOS MIL CIEN CON 00/100 ($ 332.100,00.-) por la provisión de:
ARTÍCULO 4º.- No adjudicar el los ítem 27 por exceder ampliamente el presupuesto oficial y los ítems 15 y 36 por contar con una sola oferta válida para cada uno de ellos.-
ARTICULO 5º.- Requiérase de las firmas adjudicatarias que constituyan dentro de los cinco (5) días de notificados de la presente adjudicación, Depósito de Garantía de Contrato equivalente al cinco por ciento (5%) del monto total adjudicado, el cual será devuelto una vez entregada la totalidad de las cantidades adjudicadas.
ARTÍCULO 6º.- Reintégrese el depósito de garantía de mantenimiento de oferta a las firmas: FERRERO CONSTRUCCIONES SRL Recibo Número 2503, NEA-ELEC S.A Recibo Número 2508, OACI SA Recibo Número 2505, DI GIOVANNI EDUARDO Recibo Número 2501, CASA BLANCO SA Recibo Número 2498 y ENLUZ S.A Recibo Número 2497, una vez cumplimentado lo dispuesto en el artículo anterior.
ARTÍCULO 7º.- La Contaduría del Ente tomará los recaudos pertinentes a fin de imputar a la partida correspondiente la erogación que demande la presente Resolución. .
ARTÍCULO 8º.- Dese al Registro de Resoluciones, para su notificación intervenga la Oficina de Compras y Contaduría.
MB
m.n.p/
Registrado bajo el Nº 163 /2022
Mar del Plata, 31 de marzo de 2022
VISTO lo dispuesto en el Decreto Nº 1322/09 y
CONSIDERANDO
Que por el Decreto 1322/09 se autoriza al Ente Municipal de Vialidad y Alumbrado Público a implementar la Remuneración por Resultados para incentivar la productividad del personal del Ente.
Que en resolución 380/2021 se resolvió la aplicación por 90 días de la nueva modalidad de Remuneración por Resultados (“RR”) para los agentes de Ingeniería de Tránsito que así lo acepten.
Que dicha aplicación fue a modo de prueba para evaluar la eficiencia del sistema comparado con la aplicación de horas extras.
Que si bien los resultados obtenidos hasta el momento han sido satisfactorios en cuanto al desempeño y eficiencia, es necesario continuar con el análisis de los resultados de este sistema de remuneración.
Que la experiencia indica que la aplicación del modelo de Remuneración por Resultados impacta favorablemente en el funcionamiento del Ente, disminuyendo notoriamente los plazos de obra y generando una utilización más eficiente de los recursos, lo que se refleja en un beneficio para la comunidad en general.
Por ello Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS,
EL PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE
VIALIDAD Y ALUMBRADO PÚBLICO
RESUELVE
ARTÍCULO 1º.- Prorrogar por el término de NOVENTA (90) la resolución 380/2021 referida a la modalidad de Remuneración por Resultados (“RR”) para los agentes pertenecientes al área de Ingeniería de Tránsito que así lo acepten expresamente.
ARTICULO 2º: Dar Registro de Resoluciones y comunicar a las Áreas correspondientes.
Registrado bajo el Nº 164/2022