Boletines/Nueve de Julio

Decreto Nº623/2022

Decreto Nº 623/2022

Nueve de Julio, 11/04/2022

PLAN FAMILIA PROPIETARIA. DEJA SIN EFECTO DECRETOS 4418/2018, 4093/2018, 1660/2021 Y 560/2022. SE FIJAN VALORES DE LOTES. FORMA DE PAGO. LOTEO “EL PROVINCIAL” Y “EX MATADERO”.

Visto

La PV-2021-28279807-GDEBA-DPPHMDCGP.

Considerando

Que en los decretos 4418/2018, 4093/2018 y 1660/2021 se establecieron distintos valores y modalidades de pago en lo concerniente a lotes afectados al programa “Plan Familia Propietaria”, los que establecían -para el caso de pago en cuotas- una tasa de interés.

Que con fecha 29/10/2021, mediante PV-2021-28279807-GDEBA-DPPHMDCGP la Dirección Provincial de Producción de Habitat dependiente de la Subsecretaría de hábitat de la Comunidad, como autoridad de aplicación emitió dictamen estableciendo que los decretos citados “no son compatibles con el Programa Familia Propietaria, desnaturalizando la finalidad social...”. Luego de mantenidas distintas reuniones con el organismo, se informó al municipio puntualmente que, la financiación no debe llevar ningún tipo de interés.

Que el precio de venta los lotes afectados al programa y el plan de financiación -con la limitación antes informadade los mismos debe ser establecido por el Municipio.

Que teniendo como eje la función social de la tierra -uno de los principios rectores del acceso justo al hábitat-, el nuevo valor debe estar determinado en función del uso y no de los valores de mercado.

La visión es un Estado justo e inteligente. Que corresponde entonces establecer valores actuales, siendo ellos sensiblemente inferiores al del mercado inmobiliario actual, brindando facilidad de acceso al mismo a las familias de menores recursos, resultando este último el objetivo del Programa Familia Propietaria.

Que en decreto 560/2022 se incurrió en un error de redacción, el cual debe ser saneado.

Por ello, el Intendente Municipal de 9 de Julio, en uso de sus atribuciones, DECRETA:

ARTÍCULO 1°: Dejar sin efecto los decretos 4418/2018, 4093/2018, 1660/2021 y 560/2022.

ARTICULO 2º: Objeto. El presente tiene por objeto establecer el valor y modalidad de pago de los parcelas correspondientes al Programa “Plan Familia Propietaria” sitas en loteo denominado “El Provincial” y “Ex Matadero”.

ARTÍCULO 3°: Valores y forma de pago loteo “Ex Matadero”. Fíjese en la suma de pesos doscientos ochenta y ocho mil ($288.000) el valor de las parcelas correspondientes a la Nomenclatura Catastral Circ. XV, Secc. C, Chacra 281-a, Manzanas 281-z, 281-y, 281-x, 281-an, 281-am, 281-ak, 281-bc, 281-bb, 281-ba, 281-bt, 281-bs, 281-br, 281-cf, 281-ce, 281-cd, 281-cy, 281 cx, 281-cw. El importe fijado podrá ser cancelado en hasta setenta y dos (72) cuotas iguales, mensuales y consecutivas de Pesos cuatro mil ($4.000) cada una de ellas.-

ARTÍCULO 4°: Valores y forma de pago loteo “El Provincial”. Fíjese en la suma de pesos ciento ochenta mil ($180.000) el valor de las parcelas correspondientes a la Nomenclatura Catastral Circ. XI, Secc. A, fracc. 1, mz 21-a. El importe fijado podrá ser cancelado en hasta setenta y dos (72) cuotas iguales, mensuales y consecutivas de Pesos dos mil quinientos ($2.500) cada una de ellas.-

ARTICULO 5º: Refrendan el presente Decreto el Señor Secretario de Vivienda y Urbanismo y el Señor Secretario de Administración y Hacienda.

ARTICULO 6º: Comuníquese a quienes corresponda y regístrese.