Boletines/Adolfo Gonzales Chaves

Decreto Nº203/2022

Decreto Nº 203/2022

Adolfo Gonzales Chaves, 24/02/2022

Visto

El Expediente 4055-20-2022, Ref. Programa de Cuidadores Domiciliarios para Personas con Discapacidad y Salud Mental; y

Considerando

Que en el citado Expediente se agregan diversas solicitudes de ayudas económicas de adultos mayores que no pueden valerse por sus propios medios y en consecuencia necesitan del acompañamiento y cuidados de una persona en su vida cotidiana, a fin de favorecer su salud física, mental y emocional;

Que a fojas 9/10 se encuentran informes de Contaduría Municipal;

Por ello;

el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de las facultades que le son propias

D E C R E T A:

ARTICULO 1º.- Establecese que a partir del mes de Febrero de 2022, la ayuda económica destinada al pago de Cuidadores Domiciliarios para Personas con Discapacidad y Salud Mental, serán percibidas por los beneficiarios detallados a continuación, por el término y monto que para cada caso se indica:  

 

Pesos Cinco Mil ($ 5.000) mensuales, desde el 01-02-2022 al 30-06-2022 a:

  • Acuña María Noemí, DNI Nº 3.947.083;

  • Frías Antonio Ignacio, DNI Nº 5.351.572.-

 

Pesos Diez Mil ($ 10.000) mensuales, desde el 01-02-2022 al 30-06-2022 a:

  • Ballesteros Adriana Carmen, DNI Nº 16.985.828;

  • Chaves Olga, DNI Nº 4.964.034;

  • Díaz Barrera Elvia, DNI Nº 3.880.330;

  • Gándara Carlos Alfredo, DNI Nº 16.603.747;

  • González José Antonio, DNI Nº 5.386.915;

  • Guzmán Fernando, DNI Nº 18.227.554;

  • Menna Fabiola Andrea, DNI Nº 22.749.311;

  • Serra Mabel Rosana, 12.536.869;

  • Tarducci Blanca Alicia, DNI Nº 4.231.864;

  • Víctola Perla Patricia, DNI Nº 16.985.902.-

 

ARTICULO 2º.- Los pagos se harán con cargo a la siguiente partida del Presupuesto de Gastos vigente:

Jurisdicción: 1110132000 Secretaría de Gobierno y Hacienda

Programa 21.17.00: Dirección de Acción Social

Fuente de Financiamiento: 110 De Origen Municipal

5.0.0.0 Transferencias

5.1.0.0 Transferencias al sector privado para financiar gastos corrientes

5.1.4.1 Ayudas sociales a personas

 

ARTICULO 3º.- Tomen razón Contaduría y Tesorería.-

 

ARTICULO 4º.- Cúmplase, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-