Boletines/Lobería
Decreto Nº 506-22
Lobería, 23/03/2022
DESE DE BAJA de la Administración Municipal.
Visto
Lo dispuesto en los artículos 107 y 108 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, La Ley Nº 9.650/80 y sus modificatorias, la Ley 14.656, el artículo 34 inciso g) del Anexo Único de la Ordenanza Nº 1.973/15 y su Decreto Reglamentario 1.167/16 –Régimen de Empleo de la Municipalidad de Lobería-, la nota Nº 19.124/22; y
Considerando
QUE, por nota Nº 19.124/22, la Agente Municipal MONICA GRACIELA BARA, D.N.I. Nº 13.244.416, Legajo Nº 1.039, reúne las condiciones legales necesarias para acogerse a los beneficios jubilatorios por jubilación ordinaria, a partir del 1º de abril de 2022;
QUE, de acuerdo al dictamen de la Asesoría Letrada, lo solicitado se encuadra en lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 9.650/80 y sus modificatorias y el artículo 34 inciso g) del Anexo Único de la Ordenanza Nº 1.973/15 y su Decreto Reglamentario Nº 1.167/16 –Régimen de Empleo de la Municipalidad de Lobería-;
QUE, dicho Agente Municipal expresa su voluntad de optar por la percepción del anticipo jubilatorio, revistando a la fecha de cese como Personal Administrativo, Clase IV, Categoría 06 de 30 horas semanales;
POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE LOBERÍA, en ejercicio de las facultades que le son propias, dicta el siguiente:
D E C R E T O
ARTÍCULO 1.- DESE DE BAJA de la Administración Municipal, a partir del 1° de abril de 2022, la Agente Municipal MONICA GRACIELA BARA, D.N.I. Nº 13.244.416, Legajo Nº 1.039, para acogerse a los beneficios jubilatorios, de acuerdo a lo dispuesto en el Decreto Ley 9.650/80 y sus modificatorias y el artículo 34 Inciso g) del Anexo Único de la Ordenanza Nº 1.973/15 y su Decreto Reglamentario Nº 1.167/16 –Régimen de Empleo de la Municipalidad de Lobería-, revistando a la fecha de cese como Personal Administrativo, Clase IV Categoría 06 y un régimen de 30 horas semanales, afectada a la Jurisdicción: “1110102000 Secretaría de Gobierno – categoría programática – 24 Delegación San Manuel– 1.1.0.0. Personal de Planta Permanente”, optando por la percepción del anticipo jubilatorio.
ARTÍCULO 2.- Envíese copia del presente al Agente mencionada a modo de fehaciente comunicación.
ARTÍCULO 3.- Practíquese por las oficinas que correspondan la liquidación final de haberes.
ARTÍCULO 4.- Tomen conocimiento Delegación San Manuel, Oficina de Seguros, Oficina de Personal, Delegación Previsional, I.O.M.A., Asesoría Letrada y Honorable Concejo Deliberante. Dése al Registro de Decretos, cumplido, ARCHÍVESE.
PABLO J. BARRENA JUAN JOSÉ FIORAMONTI
SECRETARIO DE GOBIERNO INTENDENTE MUNICIPAL
DECRETO Nº 506-22