Boletines/Campana

Decreto Nº198/22

Decreto Nº 198/22

Campana, 31/03/2022

Expediente Electrónico EX-2022-00014491- -MUNICAM-SMESA#DGAA

Visto

La Ley Provincial N° 14.656, la Convención Colectiva de Trabajadores Municipales y su similar modificatoria, suscriptas el 30 de octubre de 2015 y el 17 de noviembre del mismo año respectivamente, en el marco previsto por dicha Ley y convalidados por Ordenanza N° 6412/2015, la Ordenanza Nº 6613 promulgada por el Decreto Nº 537/17, la Resolución Conjunta Nº 008/2018 (t.v.) de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización, los Decretos N° 1645/2022 del Honorable Concejo Deliberante, N° 183/2022 y N° 184/2022 (t.v). EX2022-00014491- MUNICAM-SMESA#DGAA; y

Considerando

Que por haber incurrido en ausencias sin justificar desde el 4 de enero de 2022, se intimó a la Sra. Zulma Haidee SEVILLANO, por CD N° 864674072 con fecha 21 de enero de 2022, a retomar su puesto de trabajo dentro del término de cuarenta y ocho (48) horas hábiles subsiguientes a su notificación, bajo apercibimiento de proceder a decretar su cesantía.

Que la citada CD fue entregada el 25 de enero de 2022, según constancia del Correo Argentino.

Que cumplido con la intimación cursada a la trabajadora SEVILLANO, la Dirección General de Recursos Humanos informa que ésta no se ha reintegrado a sus tareas en los plazos señalados, por lo que entiende que corresponde proceder al dictado del correspondiente acto administrativo, decretando la cesantía a partir del 28 de enero del año en curso por la causal de abandono de trabajo, conforme a lo dispuesto por el artículo 90 del Convenio Colectivo de Trabajadores Municipales.

Qué asimismo informa que, la Sra. SEVILLANO, revistaba en la Planta Permanente de Personal, como Médica de Guardia – Grado Agregado – Agrupamiento Personal Profesional de la Salud, con 36 horas semanales de labor, en la Sala de Emergentología Adultos, Servicio de Emergentología, Dirección Médica Asociada de la Unidad Hospitalaria San José, Subsecretaría de Salud, Secretaría de Salud, Jefatura de Gabinete.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos, Administrativos, Legislativos y Empleo Público interviene y obra dictamen.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones otorgadas por el artículo 108º del Decreto Ley 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v), asimismo, se dicta en los términos de la Ordenanza Nº 6613, promulgada por el Decreto Nº 537/17, y dentro de lo contemplado en el artículo Nº 1 de la Resolución Conjunta Nº 008/2018 (t.v.) de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización.

Que la refrenda del presente acto administrativo se debe realizar en virtud de lo establecido en los Decretos N° 1645/2022 del Honorable Concejo Deliberante, N° 183/2022 y N° 184/2022 (t.v).

Por ello,

EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL INTERINO DE CAMPANA, DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Déjase cesante por abandono de cargo, a la Sra. Zulma Haidee SEVILLANO (D.N.I. 28.583.254), legajo personal N° 6207, quien revistaba en la Planta Permanente de Personal, como Médica de Guardia – Grado Agregado – Agrupamiento Personal Profesional de la Salud, con 36 hora semanales de labor, en la Sala de Emergentología Adultos, Servicio de Emergentología, Dirección Médica Asociada de la Unidad Hospitalaria San José, Subsecretaría de Salud, Secretaría de Salud, Jefatura de Gabinete, con retroactividad al 28 de enero de 2022, en virtud de lo establecido en el artículo 90 del Convenio Colectivo de Trabajadores Municipales, por las razones expuestas en los Considerandos del presente acto administrativo.-

ARTÍCULO 2°.- Dispónese que la diligencia de notificación a la Sra. Zulma Haidee SEVILLANO se efectuará por intermedio de la Dirección General de Recursos Humanos, con carácter de urgente despacho.-

ARTÍCULO 3º.- Refréndase el presente Decreto por la Señora Secretaria Técnica, Administrativa y Legal Interina, el Señor Secretario de Economía y Hacienda y el Señor jefe de Gabinete.-

ARTÍCULO 4º.- Regístrese; comuníquese; notifíquese; publíquese; y archívese.-