Boletines/Campana

Decreto Nº194/22

Decreto Nº 194/22

Campana, 31/03/2022

Derogacion Decreto 169/2020 (uso tapa boca)

Visto

La Ley 27.573, la Resolución 2883/2020 del Ministerio de Salud de la Nación, el Decreto-Ley Nº 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.), el DNU Nº 297/2020 (t.v.), el Decretos Provinciales Nº 132/2020 (t.v.), la Ordenanza Nº 6613, la Resolución Conjunta Nº 8/2018 (t.v.), los Decretos Municipales Nº 130, Nº 146 (t.v.), N° 169/2020, N° 183/2022 y N° 184/2022 (t.v) y el Decreto N° 1645/2022 del Honorable Concejo Deliberante, y

Considerando

Que resulta de público conocimiento que la Organización Mundial de la Salud (OMS) ha declarado al virus COVID-19 como pandemia, motivo por el cual, en dicho contexto se han ido tomando diferentes decisiones y adoptando distintos mecanismos de control.

Que dentro de ellos se dispusieron medidas de Aislamiento y Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio, lo que consecuentemente devino en la disminución del desarrollo de las actividades en general y en la implementación de REGLAS DE CONDUCTA GENERALES.

Que en ese marco, entre otras medidas complementarias, mediante Decreto Municipal N° 169/2020 se dispuso como obligatorio, para circular en la vía pública y/o permanecer fuera del domicilio particular, en todo el ámbito territorial del partido de Campana, la utilización de protectores faciales, tapabocas, y/o mascarillas. Así como también su utilización para todos los casos previstos en el Artículo 6º del DNU 297/2020 (t.v.), en sus respectivos ámbitos laborales y durante toda la extensión de la jornada laboral, mientras se encuentren en contacto y/o proximidad con otras personas.

Que conforme a los distintos informes epidemiológicos a nivel mundial, actualmente la mayoría de las personas que se contagian presentan síntomas de intensidad leve o moderada, y se recuperan sin necesidad de hospitalización.

Que como consecuencia de lo expuesto, dada la alta cobertura del Plan de Vacunación y la disminución de la circulación viral, se dispone la utilización optativa de protectores faciales, tapabocas, y/o mascarillas en el transporte y en los edificios públicos del ámbito territorial del partido de Campana.

Que con el fin de otorgar mayor certeza y seguridad jurídica resulta necesario el dictado del presente acto administrativo.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones establecidas en el artículo 108º del Decreto - Ley 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.), asimismo, se dicta en los términos de la Ordenanza Nº 6613, promulgada por el Decreto Nº 537/17, y dentro de lo contemplado en el artículo Nº 1 de la Resolución Conjunta Nº 8/2018 (t.v.) de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización.

Que en consecuencia, la refrenda del presente acto administrativo se debe realizar en virtud de lo establecido en los Decretos N° 1645/2022 del Honorable Concejo Deliberante, N° 183/2022 y N° 184/2022 (t.v).

Por ello,

EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL INTERINO DE CAMPANA, DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Dispónese el uso optativo de protectores faciales, tapabocas, y/o mascarillas, en los edificios públicos municipales del ámbito territorial del partido de Campana, así como también para circular en la vía pública.-

ARTÍCULO 2°.- Derógase el DECTO-2020-169-E-MUNICAM-INT, en virtud de las razones expuestas en el considerando del presente Decreto. -

ARTÍCULO 3°.- Refréndase el presente Decreto por la Señora Secretaria Técnica, Administrativa y Legal Interina, y por el Señor Jefe de Gabinete.-

ARTÍCULO 4°.- Regístrese; comuníquese; publíquese y archívese.-