Boletines/Campana
Decreto Nº 187/22
Campana, 30/03/2022
Expediente 23015/2022 Nuevo Domicilio Legal
Visto
El Decreto-Ley N° 6.769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.), la Resolución Nº 2079/19 de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, la Acordada 15/2020 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, la Acordada 3989/2020 de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, la Resolución Conjunta Nº 008/2018 (t.v.) de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización, el Decreto 2021-192- E-MUNICAM-INT, los Decretos N° 183/2022, N° 184/2022, el Decreto 1645/2022 del Honorable Concejo Deliberante, el Expediente Municipal N° 4016-23015-2022; y
Considerando
Que desde el comienzo de la pandemia COVID-19, se implementaron diversas medidas tecnológicas que permitieron el trabajo en forma remota y completamente digital para la tramitación de expedientes en los sistemas electrónicos del Poder Judicial tanto de la Provincia de Buenos Aires como de la Nación.
Que por Resolución SC Nº 2079/19 se habilitó el uso del Sistema de Notificaciones y Presentaciones Electrónicas de la Suprema Corte para el procedimiento de remisión y contestación de oficios judiciales por medios electrónicos por parte de las entidades bancarias y aseguradoras, haciendo extensivo y convocando a los fines de su utilización a cualquier entidad estatal o privada que efectúe habitualmente comunicaciones –en formato papel- con los órganos jurisdiccionales y de gobierno.
Que mediante la Acordada SCBA 3989/2020 se creó el Registro de domicilios electrónicos del Poder Judicial de la Provincia de Buenos Aires, para ser utilizados en notificaciones y comunicaciones a través de medios electrónicos, comprensivas del traslado de la demanda, intimación de pago, la citación como tercero, las diligencias preliminares, las cautelares anticipadas y en su caso la sentencia definitiva o equiparable a tal, empleándose también dichos domicilios para el diligenciamiento de oficios.
Que el artículo 3º inc, d) de dicha Acordada, establece la obligatoriedad por parte de los municipios de la provincia y sus entidades descentralizadas de cualquier especie, de inscribir domicilios electrónicos en el Registro creado dentro del plazo legal allí previsto.
Que en el mismo sentido la Corte Suprema de Justicia de la Nación, ha dictado la Acordada 15/2020, mediante la cual ha establecido el Diligenciamiento Electrónico de Oficios a Organismos externos (DEOX), como una nueva funcionalidad del sistema de gestión judicial interno y externo del Poder Judicial de la Nación.
Que conforme surge de fs. 43, con fecha 08 de febrero de 2022 se ha recibido mail de la Secretaría de Planificación de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, en el que solicitan se denuncien los datos correspondientes al domicilio electrónico de este Municipio, a fin de dar cumplimiento con el registro creado por Acordada SCBA 3989/2020 y sugiere la creación de distintos domicilios según el tipo de tramite a notificar y el criterio organizativo de cada municipio.
Que a fs. 44 la Dirección General de Control Judicial, Apremios y Mora Definitiva considera que resulta necesario y urgente aportar los datos que se han requerido e incorporarse a ambos registros, y sugiere crear un domicilio electrónico correspondiente a legales y otro para los trámites dirigidos al servicio local.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos, Administrativos, Legislativos y Empleo Público interviene y obra dictamen.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones otorgadas por el artículo 108º del Decreto Ley 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v), y dentro de lo contemplado en el artículo Nº 1 de la Resolución Conjunta Nº 008/2018 (t.v.) de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización.
Que conforme el Decreto N° 1645/2022 del Honorable Concejo Deliberante, se ha autorizado la licencia ordinaria al Señor Intendente Municipal.
Que en consecuencia, la refrenda del presente acto administrativo se debe realizar en virtud de lo establecido en los Decretos N° 183/2022, N° 184/2022 y N° 1645/2022 del Honorable Concejo Deliberante.
Por ello,
EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL INTERINO DE CAMPANA, DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Establécese la creación de dos domicilios electrónicos correspondientes a la Municipalidad de Campana CUIT 30-99928403-1; uno para las notificaciones y diligencias correspondientes a “Legales” y otro al “Servicio Local”, en cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 3º inc, d) de la Acordada SCBA 3989/2020 y del requerimiento que se formule en virtud de la Acordada CSJN 15/2020.-
ARTÍCULO 2º.- Autorízase a la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal, a proporcionar a los Organismos del Poder Judicial de la Nación y de la Provincia de Buenos Aires, los datos que resulten necesarios para la creación de los domicilios electrónicos referidos en el artículo anterior y su inscripción en los Registros correspondientes.-
ARTÍCULO 3º.- Refréndase el presente Decreto por la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal; y, el Señor Jefe de Gabinete.-
ARTÍCULO 4º.- Regístrese; comuníquese; publíquese y archívese.-