Boletines/Tornquist
Decreto Nº 428/22
Tornquist, 12/04/2022
Visto
La solicitud efectuada por la secretaría de Obras y Servicios Públicos en el marco del expediente nro. 139/22;
Considerando
Que la Sra. Secretaria de Obras y Servicios Públicos ha manifestando la necesidad de contratar un profesional técnico;
Que conforme refiere la Secretaría mentada, entre las tareas a realizar por el profesional a contratar se encuentra; realización de COMPUTOS METRICOS, ANALISIS DE PRECIOS, PRESUPUESTOS Y DOCUMENTACION TECNICA COMPLEMENTARIA del proyecto: “Red de Agua Potable – Ampliación de Planta Urbana, Localidad de Tornquist”;
Que la Sra. Secretaria continúa diciendo que éste pedido lo motiva, el no contar por parte del Municipio con el profesional matriculado con capacidad para desempeñar la tarea;
Que la Secretaría de Obras y Servicios públicos se ha declarado incompetente para realizar y asumir la responsabilidad de las tareas relacionadas;
Que del artículo 148 de la Ley Orgánica de las Municipalidades establece “Cuando las municipalidades carezcan de oficinas técnicas a cargo de profesionales, se podrán contratar los estudios, los proyectos y/o la dirección de las obras públicas con profesionales que figuren inscriptos en un registro que habilitarán al efecto. El Departamento Ejecutivo podrá resolver, podrá resolver, con el mismo método, las situaciones que se originen cuando, teniendo la Municipalidad organizada su oficina técnica, ésta se declarara incompetente para realizar los proyectos y asumir la dirección de las obras públicas. La precipitada declaración de incompetencia deberá ser fundada y ser reconocida por el Departamento Ejecutivo.”;
Por ello, en uso de sus atribuciones,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO
D E C R E T A
ARTÍCULO 1º: Téngase presente y acéptese la declaración de incompetencia dispuesta por la Secretaría de Obras y Servicios Públicos en relación a las tareas detallada en los considerandos.
ARTICULO 2º: Autorícese y facúltese a la Secretaría de Obras y Servicios públicos, a proceder a la contratación de un profesional ad-hoc para afectarlo a dicho área.
ARTICULO 3º: Comuníquese y Publíquese. Regístrese y cumplido: ARCHIVESE.