Boletines/General Villegas
Resolución Nº 542/21
Publicado en versión extractada
General Villegas, 25/11/2021
VISTO:
El Expediente Nº 7984/20, iniciado por el señor Sebastián Horacio Sivilat, solicitando la habilitación municipal de un comercio dedicado a la explotación del rubro “Rotisería”, desde el día 22 de septiembre de 2020; y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 13 y 14, se adjunta Censo de Comercio e Industria Nº 9929 y Acta de Inspección Nº 10379, mediante el cual declara no contar con empleados en relación de dependencia.
Que por Acta de Inspección Nº 884, la oficina de Bromatología, certifica que el mismo se encuentra apto para su funcionamiento (folio 16).
Que la Directora de Planificación Territorial a fojas 19, informa los datos del inmueble donde funciona el comercio e indica que no registra plano de obra aprobado.
Que División Comercio e Inspección eleva el informe de práctica a fojas 32, requiriendo otorgar la habilitación provisoria del mismo.
Que a fojas 39, el Departamento de Rentas informa que el solicitante no posee inmuebles y/u otra actividad comercial a su nombre en este partido.
Que analizadas las presentes actuaciones, surge que no ha podido cumplimentar con la totalidad de los requisitos exigidos en la legislación vigente Ordenanza Nº 3666 - Anexo I - Capítulo I - Artículo Primero - Incisos 7 y 9 (Escritura del inmueble - Plano de obra aprobado por la Municipalidad).
Que a fojas 43 se expide la Dirección de Asuntos Jurídicos.
Que corresponde el dictado del acto administrativo pertinente.
EL INTENDENTE DEL MUNICIPAL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS
RESUELVE
ARTÍCULO PRIMERO: Regístrese la habilitación provisoria de un comercio dedicado a la explotación del rubro “Rotisería”, denominación comercial “La Nueva Estrella”, del señor Sebastián Horacio Sivilat - D.N.I. Nº 38.363.507, Codificadores de Rentas Nº 62100-07, NIS Nº 1503558-01 - T1RSS - Tarifa Social, no contando con empleados en relación de dependencia, en el inmueble comercial ubicado en calle Batalla de Juncal N° 627 de esta ciudad, individualizado catastralmente como Circunscripción Il- Sección B- Chacra 151- Manzana 151b- Parcela 18, fecha de apertura 22 de septiembre de 2020.
ARTÍCULO SEGUNDO: Concédase al señor Sebastián Horacio Sivilat - D.N.I. Nº 38.363.507, un plazo de ciento ochenta (180) días para cumplimentar los requisitos establecidos en la Ordenanza Nº 3666 y demás legislación regulatoria en la materia, bajo apercibimiento de aplicar las sanciones correspondientes.
ARTÍCULO TERCERO: La habilitación provisoria concedida en el Artículo Primero, queda supeditada al cumplimiento de los requisitos nacionales, provinciales y/o municipales vigentes en la materia
ARTÍCULO CUARTO: Hágase saber que es obligación del contribuyente comunicar al Municipio cualquier cambio de la situación dentro de los treinta (30) días, caso contrario quedará sin efecto la presente habilitación.
ARTÍCULO QUINTO: Deléguese en la oficina de Comercio e Inspección General, la facultad de notificar lo dispuesto precedentemente.
ARTÍCULO SEXTO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las Oficinas de Secretaría de Comercio, División Comercio e Inspección, Departamento Centro de Cómputos, Dirección de Rentas, Bromatología, Procesamiento de la Recaudación y Dirección de Asuntos Jurídicos; cúmplase y archívese.