Boletines/General Villegas

Resolución Nº436/21

Resolución Nº 436/21

Publicado en versión extractada

General Villegas, 16/09/2021

VISTO:

El Expediente Nº 6136/17, correspondiente a la habilitación de un comercio, perteneciente a la señora Silvia Alejandra Ruiz, dedicado a la explotación del rubro “Prendas de Vestir”, con fecha de alta 01 de mayo de 2017, registrado como Contribuyente Nº 21874; y

CONSIDERANDO:

Que mediante Acta de Constatación Nº 9457, realizada el 17 de junio de 2020, se verificó que el comercio ha dejado de funcionar como tal (fojas 59).

Que por Expediente N° 6136/17 Alcance 2. Agregado a fojas 62, el recurrente comunica la baja de la actividad comercial, para cumplimentar con la legislación vigente.

Que el Departamento de Rentas interviene a fojas 68, informando que el contribuyente no registra deuda.Que según las constancias obrantes en el Expediente, se cumplimenta con lo establecido en la Ordenanza N° 3666, Capítulo VIII, Artículos Decimotercero y Decimocuarto.

Que a fojas 78 se expide la Dirección de Asuntos Jurídicos.

Que corresponde el dictado del acto administrativo pertinente.                                    

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS

RESUELVE

ARTÍCULO PRIMERO: Regístrese la baja a partir del día 17 de junio de 2020, del comercio perteneciente a la señora SILVIA ALEJANDRA RUIZ,  DNI Nº 26.448.571, Contribuyente Nº 21874, habilitado con el rubro   “PRENDAS DE VESTIR”, denominación comercial “A MI ESTILO”, Codificador de Rentas Nº 62200-02, NIS Nº 1554378-01 – T1RSS – Tarifa Social,  con domicilio comercial en calle Eduardo Clark Nº 852 de esta ciudad, en el inmueble individualizado catastralmente como Circunscripción I, Sección B, Manzana 55e, Parcela 6, no contando con empleados en relación de dependencia; atento a lo establecido por la legislación vigente, y conforme a las constancias obrantes en el Expediente Nº 6136/17.                                                                                    

ARTÍCULO SEGUNDO: Deléguese en la Secretaría de Comercio, la facultad de notificar lo dispuesto precedentemente.

ARTÍCULO TERCERO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las oficinas de Secretaría de Comercio, Dirección de Rentas, División Comercio e Inspección, División Centro de Cómputos, Catastro, Contaduría y Procesamiento de la Recaudación; cúmplase y archívese.