Boletines/General Villegas
Resolución Nº 434/21
Publicado en versión extractada
General Villegas, 14/09/2021
VISTO:
El Expediente Nº 10567/16, iniciado por el señor Luis Marcelo Verdugo, donde se tramita la habilitación municipal de un comercio, dedicado a la explotación del rubro “Comedor”, desde el 01 de agosto de 2016; y
CONSIDERANDO:
Que se labraron Acta de Inspección Nº 5123 y Censo de Comercio e Industria Nº 5445, declarando poseer un (1) empleado en relación de dependencia (fojas 11 y 12).
Que la oficina de Bromatología, agrega a fojas 14, Acta de Inspección Nº 27.
Que el Coordinador de la Oficina de Catastro interviene a fojas 18, suministrando los datos del inmueble.
Que se labró Acta de Censo de Comercio e Industria Nº 7028, declarando no poseer empleados en relación de dependencia (fojas 22), con fecha 18 de septiembre de 2018.
Que nuevamente en Censo de Comercio e Industria Nº 8511, vuelve a declarar poseer un (1) empleado (fojas 28) con fecha 17 de enero de 2020.
Que por Acta de Constatación Nº 9196, adjuntada a fojas 30, se verificó que el comercio ha dejado de funcionar como tal, con fecha 02 de diciembre de 2020.
Que por Expediente Nº 10567/16 Alcance 1, agregado a fojas 32, el titular solicitó el cese de la actividad, con fecha 10 de noviembre de 2020, para cumplimentar con la legislación vigente.
Que resulta necesario registrar el comercio como contribuyente, a los efectos de proceder a la percepción de las Tasas Municipales, devengadas durante el período en el que desarrolló la actividad, hasta la fecha de cierre.
Que a fojas 40 se expide la Dirección de Asuntos Jurídicos.
Que corresponde dictar el acto administrativo pertinente.
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS
RESUELVE
ARTÍCULO PRIMERO: Regístrese la habilitación al solo efecto de percibir las tasas municipales, del comercio dedicado a la explotación del rubro “COMEDOR”, denominación comercial “EL BUEN SABOR”, del señor LUIS MARCELO VERDUGO, D.N.I. Nº 25.582.927, Codificador de Rentas Nº 63100-01, Usuario Nº 2451 – Asociado N° 2740 – T1GTSH – Serv. Gral. Bajos Consumos TSH, contando con un (1) empleado en relación de dependencia, con domicilio comercial en calle Ruta Nacional 33 Km 465 de la localidad de Piedritas, en el inmueble individualizado catastralmente como Circunscripción VIII, Sección Rural, Parcela 739c, desde el 01 de agosto de 2016, conforme a las actuaciones obrantes en el Expediente Nº 10567/16.
ARTÍCULO SEGUNDO: Regístrese la baja de un (1) empleado en relación de dependencia, a partir del día 18 de septiembre de 2018.
ARTÍCULO TERCERO: Regístrese la incorporación de un (1) empleado en relación de dependencia, a partir del día 17 de enero de 2020.
ARTÍCULO CUARTO: Regístrese la baja del comercio enunciado en el Artículo Primero, a partir del 10 de noviembre de 2020, por quedar acreditado en forma fehaciente que desarrolló la actividad comercial, atento a lo establecido por la legislación vigente, y conforme a las actuaciones obrantes en el Expediente Nº 10567/16.
ARTÍCULO QUINTO: La Dirección de Rentas deberá determinar la deuda; y posteriormente, la Dirección de Asuntos Jurídicos intimará al recurrente, para que realice el pago de las tasas devengadas durante el período mencionado precedentemente, como así también, se abone toda tasa que con motivo del mismo debiera oblar, sin incluir multas o recargos, atento a lo dispuesto por la Ordenanza Nº 3382.
ARTÍCULO SEXTO: Deléguese en la Secretaría de Comercio, la facultad de notificar lo dispuesto precedentemente.
ARTÍCULO SEPTIMO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las oficinas de Secretaría de Comercio, Dirección de Rentas, División Comercio e Inspección, División Centro de Cómputos, Procesamiento de la Recaudación, Contaduría y Dirección de Asuntos Jurídicos; cúmplase y archívese.