Boletines/General Villegas
Resolución Nº 362/21
Publicado en versión extractada
General Villegas, 09/08/2021
VISTO:
El Expediente Nº 10900/20, correspondiente a la habilitación de un comercio, perteneciente a la señora Sandra Verónica Aguilar, dedicado a la explotación del rubro “Despensa”, con fecha de alta 09 de diciembre de 2020, registrado como Contribuyente Nº 22527; y
CONSIDERANDO:
Que por Expediente Nº 10900/20 Alcance 1, agregado a fojas 57, la recurrente comunica la baja de la actividad comercial, desde el 16 de abril de 2021, cumplimentando con la legislación vigente.
Que mediante Acta de Constatación Nº 9764, realizada el 04 de mayo de 2021, se verificó que el comercio ha dejado de funcionar como tal (fojas 59).
Que el Departamento de Rentas interviene a fojas 64, informando que el contribuyente no registra deuda.
Que según las constancias obrantes en el Expediente, se cumplimenta con lo establecido en la Ordenanza Nº 3666, Capítulo VIII, Artículos Decimotercero y Decimocuarto.
Que a fojas 68 se expide la Dirección de Asuntos Jurídicos.
Que corresponde el dictado del acto administrativo pertinente.
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS
RESUELVE
ARTÍCULO PRIMERO: Regístrese la baja a partir del día 16 de abril de 2021, del comercio perteneciente a la señora SANDRA VERONICA AGUILAR, D.N.I. Nº 25.819.418, Contribuyente Nº 22527, habilitado con el rubro “DESPENSA”, denominación comercial “LA FAMILIA”, Codificador de Rentas Nº 62100-06, NIS Nº 1049023-01 – T1GEE – Serv. Gral. Estacional, con domicilio comercial en calle Moreno Nº 1199 de esta ciudad, en el inmueble individualizado catastralmente como Circunscripción I, Sección B, Manzana 36A, Parcela 13d, no contando con empleados en relación de dependencia; atento a lo establecido por la legislación vigente, y conforme a las constancias obrantes en el Expediente Nº 10900/20.
ARTÍCULO SEGUNDO: Deléguese en la Secretaría de Comercio, la facultad de notificar lo dispuesto precedentemente.
ARTÍCULO TERCERO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las oficinas de Secretaría de Comercio, Dirección de Rentas, División Comercio e Inspección, División Centro de Cómputos, Catastro, Contaduría y Procesamiento de la Recaudación; cúmplase y archívese.