Boletines/Moreno
Ordenanza Nº 5849/17
Moreno, 19/12/2017
VISTO la solicitud de la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires y la demanda de los vecinos del Barrio los Hornos fundada en la falta de matrículas para la cantidad de chicos que viven en este Barrio y en la zona; y
CONSIDERANDO que la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires, en el Expediente N° 4078-190858-I-2017, solicita la cesión del predio de dominio privado municipal designado catastralmente como: Circunscripción V, Sección C, Quinta 11, Fracción I, Parcela 1, para ser afectado a la construcción y funcionamiento de una escuela, parcela en la que ya se encuentra construido un jardín de infantes.
QUE el inmueble descripto ha sido incorporado al municipio en el marco de un juicio de apremios llevado adelante por el Municipio en virtud de la falta de pago de las Tasas Generales por parte de su titular registral.
QUE cobra fundamental importancia destacar el inicio de los juicios de apremio en particular en los dos inmuebles propiedades del Sr. Manuel Antonio Formoso Rama y de la Sra. María Isabel Parra, que se gestionan a partir de un interés municipal en valorar ese sueldo para un fin determinado a partir del conocimiento cabal del abandono por su titular. Tal es así que en uno de los juicios iniciados, en la Parcela I, se ha llegado a la sentencia y subasta con la adquisición del bien en compensación de la deuda que diera origen a la causa judicial. Consta en el Expediente judicial los originales del escrito presentado por la Martillera interviniente, de donde surge que el Municipio de Moreno resulta adquirente en subasta judicial de la Parcela 1, boleto de compraventa en Remate Judicial y proveído de fecha 5 de Mayo de 2010 de donde surge la aprobación de la subasta ordenada en los autos caratulados “Municipalidad de Moreno c/ Formoso Rama, Manuel Antonio s/Apremio”, Expte. N° 29.664. Encontrándose toda la documental en orden para procederse a la escrituración e inscripción ante el Registro de la Propiedad inmueble de la Provincia de Buenos Aires, con la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires.
QUE habiéndose expedido favorablemente la Secretaria de Educación, Cultura y Deporte de este Municipio en relación a la construcción de la Escuela Primaria en el inmueble individualizado con nomenclatura catastral como: Circunscripción V, Sección C, Quinta 11, Fracción 1, Parcela 1, en la zona de Los Hornos de la Localidad de Cuartel V.
QUE asimismo, desde el Instituto de Desarrollo Urbano Ambiental y Regional, organismo descentralizado del Municipio e Moreno, en el marco de las reuniones llevadas a cabo en las Mesas de Tierra y Hábitat, conformadas en virtud del proyecto integral de urbanización y regularización dominal de los 18 barrios que componen la Mesa, los vecinos del Barrio Los Hornos de Cuartel V, dada la posibilidad de la construcción de una nueva escuela, han consensuado que la misma sea construida en el inmueble individualizado con nomenclatura catastral como: Circunscripción V, Sección C, Quinta 11, Fracción 1, Parcela1.
QUE se ha realizado con los vecinos un croquis, como anteproyecto donde se demarca el lugar para la localización de la futura escuela, aperturas de calles, creación de plaza generando una centralidad educativa y un espacio agradable para las madres, padres y aquellos familiares que concurran a la escuela y deban esperar la entrada y salida de los chicos, croquis que se encuentra agregado a fs. 3 de las actuaciones administrativas que cursan por Expediente N° 4078-190858-I-17.
QUE se han expedido, de manera favorable todas las áreas municipales, con competencia en el tema, para evaluar tanto la construcción de la Escuela como la posibilidad de la cesión de la tierra a la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires, conforme surge de fs. 6, 13, 15 y 16, de las actuaciones administrativas N° 4078-190858-I-17.
QUE la precitada cesión del inmueble se realiza en el marco del artículo 10 del Decreto Ley N° 9533/80, que establece que Las Municipalidades cederán sin cargo al Estado Provincial las reservas de uso público que les sean requeridas para equipamiento comunitario. Siendo que el Decreto Ley mencionado invirtió el principio general antes vigente por el cual los inmuebles destinados al uso público pertenecían a la Provincia y el dominio comunal constituía una excepción a tal principio (Ley sobre fraccionamiento y de creación de pueblos).
POR TODO ELLO, el Honorable Concejo Deliberante, en uso de sus atribuciones legales, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
ARTICULO 1°: Cédase sin cargo a la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires el inmueble designado catastralmente como: Circunscripción V, Sección C, Quinta 11, Fracción 1, Parcela 1 del Partido de Moreno, para ser afectado a la construcción y funcionamiento de un Jardín de Infantes, Escuela de Nivel Primario y Secundario.
ARTICULO 2°: La Dirección General de Cultura y Educación deberá tomar a su cargo el plano de subdivisión y mensura con las correspondientes cesiones de calles según la normativa aplicable y vigente.-
ARTIVULO 3°: El trámite de transferencia del inmueble a favor de la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires se realizará ante la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, una vez efectuada la escrituración e inscripción ante el Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia de Buenos Aires.-
ARTICULO 4°: Requiérase la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a los fines del otorgamiento de los actos notariales correspondientes a favor de la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires, conforme con lo previsto por los artículos 2° y 4° inc. D) de la Ley Provincial N° 10830.-
ARTICULO 5°: Comuníquese al Departamento ejecutivo, regístrese y archívese.-
SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE MORENO, 19 DE DICIEMBRE DE 2017.-
PEDRO CAMPS MARCELO GARCIA
Secretario Presidente
Comunicada al D.E. el día 12/01/18.
Promulgada mediante Decreto del D.E. N° 0104/18 de fecha 15/01/18.