Boletines/Balcarce
Ordenanza Nº 75/22
Balcarce, 28/04/2022
VISTO:
El Expediente Nº 6311/18, Convenio de mantenimiento de Alumbrado Público y Ornamental del Partido de Balcarce, y
CONSIDERANDO:
Que dicho Convenio tiene por objetivo renovar el servicio de mantenimiento de alumbrado público y ornamental de Partido de Balcarce.
Que en función de los antecedentes expresados y de las negociaciones llevadas adelante y sobre la base de lo autorizado a los contratos y normativas que vincula a las partes, ambas deciden de común acuerdo, readecuar el Contrato que las vincula en cuanto a su precio, duración y prestaciones a cargo de la Cooperativa, mediante la firma de ANEXO MODIFICATORIO AL CONTRATO (ANEXO II DEL DECRETO REGLAMENTARIO Nº 1208-LEY 11.679)
Que con motivo de la readecuación acordada, las partes pactan que la Municipalidad, abonará a la Cooperativa en concepto de precio por el mantenimiento del alumbrado público, la suma mensual de PESOS NOVECIENTOS VEINTICUATRO MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y UNO CON 32/100 ($ 924.281,32), MAS EL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO (IVA) la cual será abonada mensualmente, del 1 al 10 de cada mes, previo cumplimiento de la certificación de tareas especificada en la cláusula séptima, apartado “b”.
Que en función de lo expuesto, las partes convienen celebrar el ANEXO MODIFICATORIO AL CONTRATO (ANEXO II DEL DECRETOREGLAMENTARIO Nº 1208-LEY 11.679), aprobado por Decreto Nº 3335 de fecha 30 de diciembre de 2021.
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante del Partido de Balcarce, en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
ARTÍCULO 1.- Convalídese lo actuado por el Departamento Ejecutivo según Decreto Nº 3335 de fecha 30 de diciembre de 2021.-
ARTÍCULO 2.- Cúmplase, comuníquese, regístrese y publíquese.-
– Agustín Cassini - PRESIDENTE – Mercedes Palmadés – SECRETARIA -