Boletines/Balcarce
Ordenanza Nº 68/22
Balcarce, 28/04/2022
VISTO:
El expediente caratulado “Sra. Nélida Esther Latuf – Donación con cargo a la Municipalidad de Balcarce” iniciado por el Asesor Legal- Dr. Cesar A. Romera- en fecha 10 de Mayo de 2019, y
CONSIDERANDO:
La consulta realizada a fojas 43 por el Sr. Horacio Latuf acerca de las restricciones que pudiera tener respecto a la realización de pulverizaciones y/o fumigaciones para la explotación del suelo en zona lindera al casco de estancia “El Otoño”, donado por la Sra. Nélida Esther Latuf.-
Que a fojas 46, el Sr. Latuf presenta informe de consulta privado, de fecha 20 de Agosto de 2021, suscripto por el Dr. Javier H. Lascar – Abogado T° IV F° 245 C.A.M.D.P.-.
Que a fojas 48 se encuentra dictamen de la Dirección de Gestión Ambiental de fecha 17 de Septiembre de 2021, el cual detalla el alcance y ámbito de aplicación de la ordenanza 92/10, de los decretos reglamentarios 499/91 y 1170/00 y de la Ley Provincial de Agroquímicos N° 10.699.
Que a fojas 50/52, el Sr. Horacio Latuf presenta y consiente croquis de plano de subdivisión de estancia “El otoño” –circunscripción VII, parcela 842m- y una nota dirigida al Sr. Intendente Municipal, solicitando dejar sin efecto las restricciones contenidas en la Ordenanza 92/10, para poder continuar con la explotación agrícola de la zona lindera al casco donado.
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante del Partido de Balcarce, en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
ARTÍCULO 1.- Apruébase el plano de subdivisión realizado por Renata Di Battista, Agrimensora M.P. 2348 (II), en propiedad de Nélida Esther Latuf y Miguel Ángel Latuf, del lote en referencia, nomenclatura catastral: 008, circunscripción VII, parcela 842m, partida inmobiliaria N° 14.182.-
ARTICULO 2.- Exclúyase, a la fracción de suelo perteneciente a estancia “El Otoño” que continuará siendo propiedad de la Sra. Nélida Latuf y/o quien resulte su sucesor en el futuro, de los alcances de la ordenanza 92/10, en su artículo 28, a los efectos de proseguir con la explotación agrícola en zona lindera al inmueble donado. Asimismo, se lo exime de las limitaciones de uso de suelo que pudieren surgir una vez aprobada la subdivisión, quedando en claro que no se modifica su actual uso agrícola y que no posee limitaciones para continuar realizado dicha actividad.-
ARTICULO 3.- Cúmplase, comuníquese, regístrese y publíquese.-
– Agustín Cassini - PRESIDENTE – Mercedes Palmadés – SECRETARIA -