Boletines/Balcarce

Ordenanza Nº52/22

Ordenanza Nº 52/22

Balcarce, 23/03/2022

VISTO:

               La solicitud de habilitación del comercio rubro Taller Mecánico a nombre de Gastón Adrián Alonso, tramitada en expediente 6042/B/2022, y

CONSIDERANDO:

           Que el mismo se encuentra ubicado en calle 35 entre 44 y 46 Nº 1344, correspondiente a zona Residencial 3 (R3), según ordenanza 92/10.

         Que el uso de suelo solicitado no se encuentra contemplado para la zona indicada.

        Que el expediente cuenta con el aval de 13 firmas de vecinos que prestan conformidad con la habilitación del comercio mencionado.

      Que el informe de la Dirección de Planeamiento y Obras Privadas menciona que en caso que fuera procedente la continuidad del presente trámite, se debe respetar lo siguiente:

-           Contar con el espacio físico adecuado para poder alojar los vehículos en reparación o a la espera de ser reparados.

-           No ocupar la vereda, ni estacionar vehículos, a la espera de ser reparados, en la calle.

-           No contar con los portones de acceso al predio ubicados sobre la medianera.

-           El piso del local deberá ser de cemento.

-           No se podrá arrojar a la vía pública ningún tipo de líquido relacionado o utilizado por los vehículos o para la reparación de los mismos.

          Que la categoría del comercio se encuadra en “Comercios en general más de 50 hasta 300 m2”, de acuerdo con el art. 20 de la Ord. Impositiva 2021.

Que la edificación se encuentra conforme con los planos obrantes en el expediente Nº 4780-C-2021, cuyos derechos de construcción se encuentran en un plan de pago al día.

          Que ante la solicitud del vecino y siendo un uso no contemplado para la zona en la normativa, el Departamento Ejecutivo envió a este Concejo Deliberante el expediente para su consulta y análisis, con el detalle antes mencionado

POR ELLO:

             El  Honorable Concejo Deliberante del Partido de Balcarce, en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

ARTICULO 1º: Concédase al Sr. Gastón Adrián Alonso la excepción al uso del suelo establecido en la normativa vigente, para continuar con el procedimiento de habilitación del rubro “Taller Mecánico” en calle 35 entre 44 y 46 Nº 1344.-

ARTÍCULO 2º: Deberá respetar lo siguiente:

a)         Contar con el espacio físico adecuado para poder alojar los vehículos en reparación o a la espera de ser reparados.

b)         No ocupar la vereda, ni estacionar vehículos, a la espera de ser reparados, en la calle.

c)         No contar con los portones de acceso al predio ubicados sobre la medianera.

d)        El piso del local deberá ser de cemento.

e)         No se podrá arrojar a la vía pública ningún tipo de líquido relacionado o utilizado por los vehículos o para la reparación de los mismos.-

ARTICULO 3º: Cúmplase, comuníquese, regístrese y publíquese.-

DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, en Sesión Ordinaria,  a los veintitrés días del mes de marzo de dos mil veintidós – Agustín Cassini -  PRESIDENTE – Mercedes Palmadés – SECRETARIA -