Boletines/Balcarce

Ordenanza Nº47/22

Ordenanza Nº 47/22

Balcarce, 23/03/2022

VISTO:

                  La nota presentada por el Señor Luis A. Mucci, en su carácter de Presidente del Taller Protegido Balcarce, quien solicita se exima a dicha entidad del pago del 8% correspondiente al Depósito Condicionante que fija el Art. 7º, establecido por la Ordenanza Nº 180/95 de la  24º Rifa Anual Año 2021,  autorizada mediante Decreto Nº0947 de fecha 23/04/21, tramite promovido mediante expediente Nº 6704/22,  y

 CONSIDERANDO:

                Que dicha institución se encuentra atravesando una difícil situación económica

POR ELLO:

             El  Honorable Concejo Deliberante del Partido de Balcarce, en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

ARTICULO 1º: Exímase, a la entidad Taller Protegido Balcarce, con domicilio en Av. Cereijo (31) Nº 924, de la ciudad de Balcarce, del pago del 8% correspondiente al Depósito Condicionante que fija el artículo 7º establecido por la Ordenanza Nº 180/95, correspondiente a la 24º Rifa Anual Año 2021, organizada por la citada institución según constancias obrantes en Expte. Nº 3694/B/2021.-

ARTICULO 2º: Cúmplase, comuníquese, regístrese y publíquese.-

DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, en Sesión Ordinaria,  a los veintitrés días del mes de marzo de dos mil veintidós – Agustín Cassini -  PRESIDENTE – Mercedes Palmadés – SECRETARIA -