Boletines/Balcarce

Decreto Nº0107

Decreto Nº 0107

Balcarce, 10/01/2022

Visto

El Contrato  suscripto  entre la  Municipalidad  de Balcarce  y el Sr.  CARLOS  DIEZ DE ULZURRUN,  DNI 38.704.367,  mediante  el cual se le  encomienda  dictado  de clases en la Colonia "Vamos al Poli"  y Hockey Social destinada  a personas con discapacidad a desarrollarse  en nuestra ciudad, trámite promovido mediante Expte. 5819/8/2021, Y

Considerando

Que el presente tendrá vigencia desde el día 02/01/2022  al 28/02/2022  inclusive, abonándose la suma mensual de PESOS CINCUENTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS SESENTA  Y UNO CON 20/100 ($ 57.361,20),  lo que hace un total de PESOS  CIENTO CATORCE  MIL SETECIENTOS  VEINTIDOS  CON 40/100   ( $ 114.722,40).-

Que debe dictarse el acto administrativo aprobando dicho contrato.

Que la Oficina de Presupuesto ha tomado la intervención que le compete;

POR ELLO:

EL Sr.    INTENDENTE   MUNICIPAL  DEL PARTIDO  DE BALCARCE, en uso de ·las  atribuciones  que  le  confiere  la  Ley  Orgánica   de  las  Municipalidades  y  sus modificatorias;

DECRETA

ARTÍCULO  1º.:  Apruébase  el Contrato  suscripto  entre  la  Municipalidad  de  Balcarce y el Sr.  CARLOS  DIEZ DE ULZURRUN,  DNI 38.704.367,  mediante  el cual se le encomienda  dictado de clases   en la Colonia "Vamos al Poli"  y Hockey  Social destinada a personas con discapacidad a desarrollarse  en nuestra ciudad cumpliendo  una carga horaria de 39 hs semanales  (156 hs mensuales)  a distribuir según el cronograma dispuesto  por  la  Secretaría  de  Desarrollo  Social  y,  por  lo  expuesto  en  el  exordio  del presente,   abonándose   la   suma   mensual   de   PESOS   CINCUENTA    Y   SIETE   MIL TRESCIENTOS  SESENTA Y UNO  CON 20/100  ($  57.361,20)  por el período  02/01/2022 al 28/02/2022,  lo que hace un total de PESOS CIENTO  CATORCE  MIL SETECIENTOS VEINTIDOS CON 40/100 ($ 114.722,40).- erogación afectada a Fondo Provincial Fortalecimiento, cuya copia del contrato forma parte del presente Decreto.

ARTÍCULO   2º.:   Lo  establecido  en  el  artículo  1 ro.  deberá  imputarse  a  la  siguiente Partida del Presupuesto General de Gastos:

Jurisdicción:  Secretaría de  Desarrollo Social

Programa: 32.01.00 Políticas Sociales

 

Imputación del Gasto: 3.9.9.0  Otros Servicios

Fuente de Financiamiento:  132- De origen Provincial

 

Afectación  17.5.01.03 - Fondo  Fortalecimiento Provincial

 

 

$ 114. 722,40.-

ARTÍCULO   3º.:  Se  requiere  insistencia   para  efectuar  el  presente   pago  en  virtud de no contar con recursos según los Art.  31,   186 y 187  de la  L. O. M, Art.  9  del RC

ARTÍCULO  4º.:  Cúmplase,  publíquese,  comuníquese  a  las  Secretarías  Municipales,  Contaduría, Tesorería,  Interesada y dése copia al registro de decretos

Reino - Torres

Anexos

CARLOS DIEZ DE ULZURRUN

CONTRATO

DESCARGAR