Boletines/Balcarce
Decreto Nº 0106
Balcarce, 10/01/2022
Visto
El Contrato suscripto entre la Municipalidad de Balcarce y el Sr. ESTEBAN RUBÉN VALERO, DNI 36.442.409, mediante el cual se le encomienda desempeñarse como Profesor de Educación Física en la Colonia "Vamos al Poli" destinada a personas con discapacidad a desarrollarse en nuestra ciudad, trámite promovido mediante Expte. 5817/8/2021, y
Considerando
Que el presente tendrá vigencia desde el día 02/01/2022 al 28/02/2022 inclusive, abonándose la suma mensual de PESOS CINCUENTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS VEINTICINCO CON 60/100 ($ 57.425,60), lo que hace un total de PESOS CIENTO CATORCE MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y UNO CON 20/100 ( $ 114.851,20).-
Que debe dictarse el acto administrativo aprobando dicho contrato.
Que la Oficina de Presupuesto ha tomado la intervención que le compete;
POR ELLO:
EL Sr. INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE BALCARCE, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de las Municipalidades y sus modificatorias;
DECRETA
ARTÍCULO 1º.: Apruébase el Contrato suscripto entre la Municipalidad de Balcarce y el Sr. ESTEBAN RUBÉN VALERO, DNI 36.442.409, mediante el cual se le encomienda desempeñarse como Profesor de Educación Física en la Colonia "Vamos al Poli" destinada a personas con discapacidad a desarrollarse en nuestra ciudad cumpliendo una carga horaria de 38 hs semanales (152 hs mensuales) a distribuir según el cronograma dispuesto por la Secretaría de Desarrollo Social y, por lo expuesto en el exordio del presente, abonándose la suma mensual de PESOS CINCUENTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS VEINTICINCO CON 60/100 ($ 57.425,60) por el período 02/01/2022 al 28/02/2022, lo que hace un total de PESOS CIENTO CATORCE MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y UNO CON 20/100 ( $ 114.851,20).- erogación afectada a Fondo Provincial Fortalecimiento, cuya copia del contrato forma parte del presente Decreto.
ARTÍCULO 2º.: Lo establecido en el artículo 1 ro. deberá imputarse a la siguiente Partida del Presupuesto General de Gastos:
Jurisdicción: Secretaría de Desarrollo Social |
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Programa: 32.01.00 Políticas Sociales |
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Imputación del Gasto: 3.9.9.0 Otros Servicios |
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Fuente de Financiamiento: 132 - De origen Provincial
Afectación 17.5.01.03 - Fondo Fortalecimiento Provincial |
$ 114.851,20.- |
ARTÍCULO 3º.: Se requiere insistencia para efectuar el presente pago en virtud de no contar con recursos según los Art. 31, 186 y 187 de la L. O. M, Art. 9 del R. C
ARTÍCULO 4º.: Cúmplase, publíquese, comuníquese a las Secretarías Municipales, Contaduría, Tesorería, Interesada y dése copia al registro de decretos.
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