Boletines/Balcarce
Decreto Nº 0105
Balcarce, 10/01/2022
Visto
El Contratovsuscripto entre la Municipalidad .de Balcarce y la Sra. NATALIA MARISOL GIROTTI, DNI 25.575.936, medianté(el C.U.31 se le encomienda el dictado del Taller de Equitación en el marco del Proyecto Escuela Municipal de Deporte Adaptado dependiente de la Dirección de Políticas de Inclusión, trámite promovido mediante Expte.5820/B/2021, y
Considerando
Que el presente tendrá vigencia desde el día 02/01/2022 al 30/06/2022 inclusive, abonándose la suma mensual de PESOS DIECIOCHO MIL CIENTO TREINTA Y CUATRO CON 40/100 ($ 18.134,40), lo que hace un total de PESOS CIENTO OCHO MIL OCHOCIENTOS SEIS CON 40/100 ( $ 108.806,40).-
Que debe dictarse el acto administrativo aprobando dicho contrato.
Que la Oficina de Presupuesto ha tomado la intervención que le compete;
POR ELLO:
EL Sr. INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE BALCARCE, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de las Municipalidades y sus modificatorias;
DECRETA
ARTÍCULO 1º.: Apruébase el Contrato suscripto entre la Municipalidad de Balcarce y la Sra. NATALIA MARISOL GIROTTI, DNI 25.575.936, mediante el cual se le encomienda el dictado del Taller de Equitación en el marco del Proyecto Escuela Municipal de Deporte Adaptado dependiente de la Dirección de Políticas de Inclusión, cumpliendo una carga horaria de 12 hs semanales (48 horas mensuales) a distribuir según el cronograma dispuesto por la Secretaría de Desarrollo Social y, por lo expuesto en el exordio del presente, abonándose la suma mensual de PESOS DIECIOCHO MIL CIENTO TREINTA Y CUATRO CON 40/100 ($ 18.134,40), por el período 02/01/2022 al 30/06/2022, lo que hace un total de PESOS CIENTO OCHO MIL OCHOCIENTOS SEIS CON 40/100 ($ 108.806,40).- erogación afectada al Fondo Provincial Fortalecimiento, cuya copia .del contrato forma parte del presente Decreto.
ARTÍCULO 2º.: Lo establecido en el artículo 1 ro. deberá imputarse a la siguiente Partida del Presupuesto General de Gastos:
Jurisdicción: Secretaría de Desarrollo Social Categoría Programática: 32.01.00 Políticas Sociales Partida: 3.9.9.0 Otros servicios $ 108.806,40.-
Fuente de Financiamiento: 132 - De origen Provincial
Afectación: 17.5.01.03- Fondo Fortalecimiento
ARTÍCULO 3º.: Se requiere insistencia para efectuar el presente pago en virtud de no contar con recursos disponibles según los Art. 31, 186 y 187 de la L.O.M, Art. 9 del R.C
ARTÍCULO 4º.: Cúmplase, publíquese, comuníquese a las Secretarías Municipales, Contaduría, Tesorería, Interesada y dése copia al registro de decretos.
Reino - Torres