Boletines/Balcarce

Decreto Nº0086

Decreto Nº 0086

Balcarce, 07/01/2022

Visto

La solicitud  efectuada  por el Sr.  PEREIRA  CARBALLO,  Bruno  Gastón,  DNI 95.875.550   por la  suma de PESOS CIENTO  DIECISIETE  MIL QUINIENTOS  DIEZ ($117.510,00.-),   destinado   a  solventar   gastos   para  emprendimiento    laboral,   trámite promovido mediante Expte. 5942/8/21,   y

Considerando

Que desde  la  Secretaría  de Desarrollo  Social,  se ha  realizado  una  encuesta socio-económica determinando  la condición de indigente;

Que la Oficina de Presupuesto ha tomado la intervención que le compete;

POR ELLO:

EL INTENDENTE  MUNICIPAL   DEL PARTIDO  DE BALCARCE, en uso de las atribuciones que le confiere la  Ley Orgánica de las Municipalidades y sus modificatorias;

DECRETA

ARTÍCULO 1º.:  Otórgase un subsidio a favor del Sr.  PEREIRA CARBALLO,  Bruno Gastón  DNI 95.875.550  por la suma de PESOS CIENTO DIECISIETE MIL QUINIENTOS  DIEZ ($ 117.510,00.-), destinado a solventar gastos de su emprendimiento  laboral.

ARTÍCULO   2º·:     Procédase   por  la   Contaduría   a  emitir   Orden  de  Pago  y  por  la  Tesorería el cheque correspondiente

ARTÍCULO   3º·:     El  gasto  establecido   en  el  artículo  anterior   deberá   imputarse   a   la siguiente partida del Presupuesto General de gastos en vigencia:

Jurisdicción: Secretaría de Desarrollo Social

Programa:  32.01.00 Políticas Sociales

Imputación del Gasto: 5.1.4.0 - Ayudas sociales a personas

Fuente de Financiamiento:  132 De origen Provincial -

Monto:$  117.510,00.-

Afectación  17.5.01.03 -

Fondo  de Fortalecimiento de Programas Sociales

ARTÍCULO 4º·:  Requiérase  insistencia  ante el Sr.  Intendente  Municipal  para  efectuar el presente pago en virtud de no contar con recursos  disponibles  ysegún  los Art.  31,  186 y 187 de la L.O.M., Art.  9 del RC .

ARTÍCULO 5º.:  El beneficiario  deberá  rendir cuentas de la  correcta  inversión  de los  fondos acordados  por el presente  Decreto dentro de los treinta  (30) días de recibidos los mismos.

ARTÍCULO  6º.:  Cúmplase,  publíquese,  comuníquese  a las       cretarías  Municipales,  Contaduría,   Tesorería,   Interesada   y  dés      opia   al  Registro   de Decretos.

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