Boletines/Balcarce

Decreto Nº0081

Decreto Nº 0081

Balcarce, 06/01/2022

Visto

El Contrato suscripto entre la  MUNICIPALIDAD DE  BALCARCE  V  el Sr. JOSE MARIA DIAZ,  DNI 23.527.806,  CUIT 20-23527806-6, domiciliado en calle 39 y 22 Nº 54, de la ciudad de  Balcarce,   mediante  el cual  se  encomienda  la  tarea  de Asesor-  en Servicios Técnicos, manejo de equipo de luces y sonido, tramitado mediante Expte. 6417/B/2022,  y

Considerando

Que el  Contrato  se  extiende  por  el  término de seis   (6)  meses,  desde el día 02 de enero de 2022 al  30 de junio  de 2022, inclusive,   a  los efectos de realizar la tarea de manejo de equipamiento de luces y sonido en  la Casa de  la  Historia y la Cultura del  Bicentenario, actividades que se realicen en el  Museo Histórico  Municipal y aquellas que se desarrollen  al aire  libre dependientes de la Subsecretaría  de Cultura y Educación,  cumpliendo con un total de 40 horas semanales.

Que el  profesional  realizará  su tarea  bajo la  supervisión  del Subsecretario de Cultura y Educación, a quien mantendrá informado del desarrollo de las mismas, mediante la presentación de informes.

Que corresponde dictar el acto administrativo, aprobando el citado Contrato,

POR ELLO:

EL INTENDENTE  MUNICIPAL DEL PARTIDO  DE BALCARCE, en  uso  de  las  atribuciones que le confiere la  Ley Orgánica de las Municipalidades  y sus modificatorias;

DECRETA

ARTICULO 1º:  Apruébase  el Contrato  suscripto  entre  la  MUNICIPALIDAD  DE BALCARCE y el Sr. JOSE MARIA DIAZ,  DNI 23.527.806, CUIT 20-23527806-6, domiciliado en calle 39 y 22 Nº 54,  de  la  ciudad  de  Balcarce,    mediante  el  cual  se  encomienda  la  tarea  de  Asesor-  en Servicios Técnicos, manejo de equipo de luces y sonido,  por el término de seis  (6) meses, desde  el día  02 de enero  de 2022 al  30 de junio  2022,   inclusive,  abonándose  la  suma   de Pesos Cincuenta y Seis Mil Cuatrocientos Noventa y Seis  ($56.496,00.-} pagadero en forma mensual  y  consecutiva,   haciendo   un   total  de   Pesos  Trescientos  Treinta  y  Ocho  Mil Novecientos Setenta y Seis ($338.976,00;-).

ARTICULO 2º: Procédase  por  la  Contaduría  a  emitir  Orden  de  Pago  y por  la   Tesorería,  la transferencia   correspondiente   al   CBU   0140353203613052272322-  Cta.  Caja   de  Ahorro 522723/2- Sucursal 6130-   Banco Provincia

ARTICULO 3º   El gasto que demande  lo establecido  en el Artículo Primero deberá  imputarse a   la  siguiente  partida  del  Presupuesto  General  de  Gastos  de  la  Administración  Central vigente:

Jurisdicción: 1110102000- Secretaría de Gobierno

Programa: 22.00.00- Desarrollo de Políticas de Promoción Cultural

lrnputaclón del Gasto: 3.5.9.0- Otros Servicios comerciales y financieras

Fuente de Financiamiento: 110- De origen Municipal

Importe: $ 338.976,00.-

ARTICULO 4º.:Se requiere insistencia  a  la  Contaduría  Municipal  para  efectuar el presente pago en virtud  de los Art. 31, 186 y 187 de la  L.O.M., Art.  9  del Reglamento de Contabilidad, SIN  RECURSOS.

ARTICULO Sº:  Cúmplase,  publíquese,  comuníquese  a   las  Secretarías  Municipales, Subsecretaría   de   Cultura   y   Educación,   Contaduría,   Tesorería,      Registración   Contable, Interesados y dése copia al  Registro Oficial.

Reino - Stoppani - Ridao

Anexos

JOSE MARIA ALVAREZ

CONTRATO

DESCARGAR