Boletines/Balcarce

Decreto Nº0079

Decreto Nº 0079

Balcarce, 06/01/2022

Visto

El Expediente Nº 4136/B/2021  iniciado por  MARIA TRENTIN    mediante el cual solicita la baja del Comercio Habilitado, Y

Considerando

Que a fs. 01  se encuentra Solicitud de  Cese de Comercio, retroactiva a noviembre de 2020

Que a fs 02 se adjunta Certificado de Habilitación Original

Que a fs 03 se adjunta rescisión anticipada de contrato de alquiler comercial, de fecha 25/01/2021, firmada por las partes y certificada ante escribano

Que a fs 04 se adjunta baja en ARBA, de fecha 28/01/2021

Quea fs 20  se adjunta baja en AFIP, periodo 12/2020

Que a fs 25/26 se adjunta boleto transferencia de fondo comercial de fecha 05/02/2021

Que según Acta de Inspección Nº 951 de fecha  17/06/2021,  que se adjunta a fojas 28 puede constatarse  que el comercio ha cesado sus actividades

Que con fecha 12/04/2021  se habilitó comercio de manera posterior en dicho domicilio, bajo el nº 5898

Que la Dirección de Fiscalización y Descentralización realiza el Informe correspondiente, adjunto a fs 51

Que se considera otorgar lo solicitado al día   12/04/2021,   fecha de habilitación posterior,  según lo expuesto en la Ordenanza  Fiscal  2021, Artículo  216º,  a saber:   " ... Contribuyentes deben  comunicar  al Municipio  la cesación de  sus actividades dentro de los diez (JO)  días de producida,  sin perjuicio del cobro de los gravámenes,  accesorios y  multas adeudadas.  El Contribuyente deberá satisfacer  la tasa correspondiente hasta la fecha  de cese,  previa presentación de la dec/araciónjurada respectiva.  Cuando la fecha no coincidiera con la finalización del bimestre,  se deberá abonar la cuota bimestral correspondiente al período del cese, si la misma supera más de un tercio de dicho bimestre.  (.. .)La documentación a presentar a losfines del cese, será determinada por Decreto Municipal... "

POR ELLO:

EL INTENDENTE  MUNICIPAL  DEL PARTIDO  DE BALCARCE,  en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de las Municipalidades y sus Modificatorias

DECRETA

ARTICULO  1-: Désela baja definitiva del comercio habilitado bajo el Nº 5571  retroactivo al   12/04/2021  cuyo  titular  es MARIA TRENTIN

ARTICULO  2-: Por la  Oficina de Liquidación y Emisión de Tasas, dése  de baja  a la deuda correspondiente a Tasa por Seguridad e Higiene que sean posteriores al cese.

ARTICULO  3-: Por la Dirección de Gestión de Cobranza procédase al cobro, en caso de existir,   de la deuda por Tasa por Inspección de  Seguridad e Higiene y/o Tasa por Publicidad y Propaganda que registre la Cuenta Nº 5571

ARTICULO  4º: Cúmplase, Comuníquese, tomen razón a sus efectos la Secretaría de Hacienda, Dirección de Fiscalización, Dirección de Gestión de Cobranza, Departamento  de  Liquidación y Emisión de Tasas, Interesados y dése copia al Registro Oficial de Decretos.

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