Boletines/Balcarce

Decreto Nº0075

Decreto Nº 0075

Balcarce, 06/01/2022

Visto

La necesidad de ordenar y adecuar administrativamente  al personal municipal. Y,

Considerando

Que se ha previsto regularizar  la situación planteada con aquellos agentes municipales que presupuestariamente   figuran  en áreas  distintas  de las  que efectivamente  se encuentran prestando servicios.

Que a tal  efecto,  resulta  conveniente  efectuar  los  traslados  de aquellos  trabajadores que  cambiaron  de  áreas  con  la  finalidad  de  reflejar  fielmente  la  realidad  en  materia  de personal.

Que  a  raíz  de  ello,  la  agente  PETZ,   Sara  Vanina  - Legajo  Nº  2263,  quien  se desempeña  como personal  de planta permanente  en el cargo de Profesional Clase 1, con una carga horaria de TREINTA Y NUEVE  (39) horas semanales, desde el día 1 º de diciembre del corriente viene prestando servicios en la Secretaria de Gobierno.

Que atento a ello, es menester  proceder  a efectuar  el traslado  de la citada agente, lo cual redundará positivamente en el funcionamiento  del Municipio.

Que es atento  a ello,  que  la Dirección  de RRHH.,  procederá  a través  del presente despacho administrativo a efectivizar las medidas aludidas.

POR ELLO

EL SEÑOR INTENDENTE  MUNICIPAL  DEL PARTIDO DE BALCARCE;  en uso  de  las  atribuciones  que  le  confiere  la  Ley  Orgánica  de  las  Municipalidades  y  sus modificatorias.

DECRETA

ARTÍCULO  1 º: Dispóngase la desafectación,  a partir del día 1 º de diciembre de 2021, de la Asesoría  Legal y Técnica,  de la agente  PETZ,  Sara Vanina - Legajo  Nº 2263, pasando  a prestar  servicios  en  la  Secretaría  de  Gobierno,  haciéndose  saber  la pertinente  imputación presupuestaria:

1110102000. - Secretaría de Gobierno

01. - Conducción y Gestión de Políticas de Gobierno

01. - Conducción Secretaría de Gobierno

ARTICULO  2º: Cúmplase, Comuníquese, publiquese  tomen razón a sus efectos las Secretarías y Direcciones Municipales  de, Interesados y dése copia al Registro Oficial de Decretos.

Reino - Stoppani - Ridao