Boletines/Balcarce
Decreto Nº 0065
Balcarce, 05/01/2022
Visto
El "CENTRO DE ADMINISTRACIONES TRIBUTARIAS SUBZONALES "CEATS" - MEMBRESIA", Y
Considerando
Que el Centro de Administraciones Tributarias Subnacionales es una iniciativa en materia de gestión tributaria subnacional, y un extraordinario esfuerzo de integración que tiene por objeto proveer un foro permanente sobre tributación.
Que el CeATS, es una persona pública no estatal internacional de carácter intergubernamental que nuclea administraciones tributarias subnacionales, y tiene por objeto proveer un foro permanente sobre tributación. Permitiendo de esta forma promover el intercambio de experiencias, la colaboración mutua y la asistencia entre sus miembros e impulsar y conducir así investigaciones y estudios sobre sistemas tributarios y administraciones tributarias subnacionales, utilizadas para adoptar directrices, formular modelos y propiciar la difusión oportuna de la información para el permanente mejoramiento y fortalecimiento de las administraciones miembro.
El objetivo principal es proveer un foro permanente sobre tributación, en donde promover el intercambio de experiencias, la colaboración mutua y la asistencia entre sus miembros, y asimismo impulsar y conducir investigaciones y estudios sobre sistemas tributarios y administraciones tributarias subnacionales. que los socios adherentes surgen como una manifestación de apoyo al desarrollo de CeATS con las características que a continuación se describen.
Que la misión es estimular la cooperación entre estados miembros y proveer un foro permanente para el desarrollo de Administraciones Tributarias Subnacionales que promueva el aprendizaje continuo, la cooperación técnica y el intercambio de experiencias , en pos de la mejora de la gestión.
Que EL CeATS es un organismo técnico formado por jurisdicciones tributarias provinciales y municipales de todo el país, que impulsan mancomunadamente el desarrollo de una plataforma de excelencia para el intercambio de experiencias, la colaboración y la asistencia entre sus miembros.
Que para que el Municipio sea miembro del CeATS es necesario abonar la Membresía correspondiente
Que. los Beneficios de ser parte de dicha Membresía son: 1) acceder a Programa de becas para la Diplomatura y Tecnicatura Universitaria en Administración Tributaria.; 2) acceder a Programa de becas para el curso de Posgrado en Administración Tributaria Subnacional.3) acceder a Especialización en Tributación Local; 4) Participar en Programas Internacionales en convenio con IEF y CIAT; 5) Acceder a Jornadas Técnicas CeATS; 6) Acceder a los Workshop CeATS; 7) Acceso a eventos regionales. Las jurisdicciones miembros podrán desarrollar eventos regionales CeATS en su jurisdicción; 8) Acceder a Capacitaciones en aula y en el Interior del paísLa Administración Tributaria miembro tendrá el beneficio de acceder a una oferta de cursos, seminarios, entrenamientos, talleres nacionales e internacionales sin costo alguno. También las jurisdicciones miembros podrán solicitar al departamento de capacitación, el desarrollo de actividades en su región; 9) formar parte de Comisiones de trabajo CeATS. Los miembros del centro podrán formar parte de las Comisiones de Trabajo Técnicas que se desarrollan en CeATS. 1 O) participar de Concurso de Monografias. Los agentes tributarios de las jurisdicciones que forman parte del CeATS podrán participar de los concursos anuales de monografias, cuyos ganadores cuentan con la oportunidad de ser expositores de las jornadas técnicas anuales; 11) Acceder a pasantías e intercambios laborales. Los miembros podrán acceder al Programa de Pasantías e Intercambios, a través del cual compartirán el entorno de trabajo de Administraciones Tributarias colegas. Por medio de esta experiencia de aprendizaje recíproco se incentivará el uso de nuevas tecnologías, experiencias de gestión en las áreas de recaudación, fiscalización y de aplicación de normativa tributaria; ll2) acceder a los Índice CeATS Los miembros tendrán a disposición para sus evaluaciones y mediciones el Índice de recaudación CeATS; 13) Acceder a informes económicos y normativos. Los miembros recibirán en forma mensual un informe económico que incluye un análisis sobre la actividad económica nacional e internacional, y la evolución de la recaudación fiscal; 14) Acceder a informes sobre actualidad normativa Los miembros recibirán en forma quincenal un informe sobre los nuevos fallos en materia fiscal del orden provincial y municipal de todo el país; 15) acceder a Revista Digital CeATS. En forma trimestral el centro publica La Revista CeATS en formato digital, conteniendo información sobre actualidad tributaria.
Que corresponde realizar la actualización de la membrecía 2022, al efecto de continuar como miembro activo del Centro y de todos los beneficios adquiridos
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE BALCARCE, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de Municipalidades y sus Modificatorias.
DECRETA
ARTICULO 1-: Procédase por Contaduría Municipal a librar Orden de Pago a favor de a "CENTRO DE ADMINISTRACIONES TRIBUTARIAS SUBZONALES "CEATS" - CUIT Nº 30-70927265-5, por la suma de PESOS cincuenta y cuatro mil quinientos ($ 54.500,00), correspondiente a la MEMBRESIA por el Ejercicio 2022
ARTICULO 2-: El gasto que demande lo establecido en el Artículo Anterior, deberá imputarse a la siguiente Partida del Presupuesto General de Gastos de la Administración Central:
JURISDICCION: SECRETARIA DE HACIENDA
CATEGORIA PROGRAMATICA: 01.00.00 Conducción Secretaria
IMPUTACION DEL GASTO: 3.4.5.0 De Capacitación
FUENTE DE FINANCIAMIENTO: 110 - del Tesoro Municipal $ 54.500
ARTICULO 3-: Insístase ante Contaduría Municipal la erogación dispuesta en el Artículo 2° del presente, de acuerdo a lo dispuesto en los Artículos 31º, 186° y 187º de la Ley Orgánica de las Municipalidades -Artículo 9º del Reglamento de Contabilidad - SIN RECURSOS DISPONIBLES
ARTICULO 4-:EI pago que demande lo establecido en el Artículo 1 º deberá realizarse mediante lnterdepósito Bancario, conforme a los datos que se detallan a continuación:
BENEFICIARIO: CENTRO DE ADMINISTRACIONES TRIBUTARIAS SUBZONALES (CEATS) NRO CUIT: 30-70927265-5
CBU: 0290052000000000115782
CUENTA CORRIENTE: 1157/8
SUCURSAL: Plaza de Mayo (052)
BANCO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
ARTICULO 5-: Cúmplase, Comuníquese, t me razón a sus efectos la Secretaría de Hacienda, Dirección de Arbal, Presupuesto, Registración Contable, al Registro Oficial de Decretos.
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