Boletines/Balcarce
Decreto Nº 0064
Balcarce, 05/01/2022
Visto
El Contrato suscripto entre la MUNICIPALIDAD DE BALCARCE y el Sr. ENZO PETRILLO, DNI 34.253.542, CUIT 23-34253542-9, domiciliado en calle 38 NQ 567, de la ciudad de Balcarce, mediante el cual se encomienda desempeñarse como Guardaparques, realizando tareas de recepción asistencia, conducción control, vigilancia y educación ambiental a los turistas y visitantes que ingresan en la Reserva Fundación Fangio, tramitado mediante Expte. NQ 6071/B/2022, y
Considerando
Que con fecha 05 de enero de 2022, entre la Municipalidad de Balcarce y el Sr. Enza Petrillo, suscribieron un contrato en virtud de cual la primera le encomienda a la segunda desempeñarse como Guardaparque. Realizando la tareas de recepción, asistencia, conducción, control, vigilancia y educación ambiental a los turistas y visitantes que ingresen a la Reserva Fundación Fangio.-
Que el plazo del presente contrato se extiende desde el 02 de enero de 2022 hasta el 30 de junio de 2022, inclusive. -
Que en concepto de retribución por las tareas encomendadas, la Municipalidad abonará mensua1mente al Sr. Enzo Petrillo, desde 02 de enero al 30 de junio de 2022, la suma de PESOS CINCUENTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y DOS CON 20/100 ($56.292,20.-), haciendo un TOTAL DE PESOS TRESCIENTOS TREINTA Y SIETE MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y TRES CON 20/100 ($337.753,20.-), de conformidad con lo establecido en el Decreto Nº 3167/21, según categoría Profesional 1.-
Que corresponde dictar el acto administrativo, aprobando el citado Contrato.-
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE BALCARCE, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de las Municipalidades y sus modificatorias;
DECRETA
ARTICULO 1º: Apruébase el Contrato suscripto entre la MUNICIPALIDAD DE BALCARCE y el Sr. ENZO PETRILLO, DNI 34.253.542, CUIT 23-34253542-9, domiciliado en calle 38 NQ 567, de la ciudad de Balcarce, mediante el cual se encomendó desempeñarse como Guardaparque en la Reserva Fundación Fangio. Que en concepto de retribución, la Municipalidad abonará mensualmente al Sr. Enzo Petrillo, desde 02 de enero al 30 de junio de 2022, la suma de PESOS CINCUENTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y DOS CON 20/100 ($56.292,20.-), haciendo un TOTAL DE PESOS TRESCIENTOS TREINTA Y SIETE MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y TRES CON 20/100 ($337.753,20.-), de conformidad con lo establecido en el Decreto Nº 3167/21, según categoría Profesional 11.-
ARTICULO 2º: Procédase por la Contaduría a emitir Orden de Pago y por la Tesorería, la transferencia correspondiente al CBU0140353203613052724670- Cta. Caja de Ahorro 527246/7- Sucursal 6130- Banco Provincia.-
ARTICULO 3º El gasto que demande lo establecido en el Artículo Primero deberá imputarse a la siguiente partida del Presupuesto General de Gastos de la Administración Central vigente:
Jurisdicción: 1110102000-Secretaría de Gobierno
Programa: 21.01.00- Desarrollo de Políticas de Promoción, Incentivo y Desarrollo Turístico
Imputación del Gasto: 3.9.9.0- Otros Servicios
Fuente de Financiamiento: 110- de Tesoro Municipal
Importe: $337.753,20.-
ARTICULO 4º.: Se requiere insistencia a la Contaduría Municipal para efectuar el presente pago en virtud de los Art. 31, 118, 186 y 187 de la L.O.M., Art. 9 Y 124 del Reglamento de Contabilidad. En virtud de no contar con recursos disponibles.-
ARTICULO 5º: Cúmplase, publíquese, comuníquese a las Secretarías Municipales, Subsecretaría de Cultura y Educación, Contaduría, Tesorería, Registración Contable, Interesados y dése copia al Registro Oficial.
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