Boletines/Balcarce
Decreto Nº 0063
Balcarce, 05/01/2022
Visto
El Contrato suscripto entre la MUNICIPALIDAD DE BALCARCE y el Srta. SELENE POCORENA, DNI 39.162.606, CUIT 27-39162606-0, domiciliada en calle Hudson N2 2519, de la ciudad de Tandil, mediante el cual se encomienda desempeñarse como Técnica y Guía Universitaria en Turismo, realizando tareas de recepción, asistencia, conducción y educación ambiental a los turistas y visitantes que ingresen a la Reserva Fundación Fangio, tramitado mediante Expte. N2 6062/B/2022, y
Considerando
Que con fecha OS de enero de 2022, entre la Municipalidad de Balcarce y la Srta. Selene Pocorena, suscribieron un contrato en virtud de cual la primera le encomienda a la segunda desempeñarse como Guardaparque. Realizando la tareas de recepción, asistencia, conducción, control, vigilancia y educación ambiental a los turistas y visitantes que ingresen a la Reserva Fundación Fangio.-
Que el plazo del presente contrato se extiende desde el 02 de enero al 30 de junio de 2022, inclusive.-
Que en concepto de retribución por las tareas encomendadas, la Municipalidad abonará mensualmente a la Srta. POCORENA, desde 02 de enero al 30 de junio del 2022, la suma de PESOS CINCUENTA Y SEIS MIL CIENTO CUARENTA Y DOS CON 10/100 ($56.142,10.-), haciendo un TOTAL DE PESOS TRESCIENTOS TREINTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y DOS CON 60/100 ($336.852,60.-), de conformidad con lo establecido en el Decreto Nº 1313/21, según categoría Profesional 1.-
Que corresponde dictar el acto administrativo, aprobando el citado Contrato,
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE BALCARCE, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de las Municipalidades y sus modificatorias;
DECRETA
ARTICULO 1º: Apruébase el Contrato suscripto entre la MUNICIPALIDAD DE BALCARCE y el Srta. SELENE POCORENA, DNI 39.162.606, CUIT 27-39162606-0, domiciliado en calle Hudson N2 2519, de la ciudad de Tandil, en virtud de cual la primera le encomienda a la segunda desempeñarse como Guardaparque. En concepto de retribución por las tareas encomendadas, la Municipalidad abonará mensualmente a la Srta. POCORENA, desde 02 de enero al 30 de junio del 2022, la suma de PESOS CINCUENTA Y SEIS MIL CIENTO CUARENTA Y DOS CON 10/100 ($56.142,10.-), haciendo un TOTAL DE PESOS TRESCIENTOS TREINTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y DOS CON 60/100 ($336.852,60.-), de conformidad con lo establecido en el Decreto N2 1313/21, según categoría Profesional 1.-
ARTICULO 2º: Procédase por la Contaduría a emitir Orden de Pago y por la Tesorería, la transferencia correspondiente al CBU0140481803630651085513- Cta. DNI- Banco Provincia.
ARTICULO 3º El gasto que demande lo establecido en el Artículo Primero deberá imputarse a la siguiente partida del Presupuesto General de Gastos de la Administración Central vigente:
Jurisdicción: 1110102000-Secretaría de Gobierno
Programa: 21.01.00- Desarrollo de Políticas de Promoción, Incentivo y Desarrollo Turístico
Imputación del Gasto: 3.9.9.0- Otros Servicios
Fuente de Financiamiento: 110- de Tesoro Municipal
Importe: $336.852,60.-
ARTICULO 4º.: Se requiere insistencia a la Contaduría Municipal para efectuar el presente pago en virtud de los Art. 31, 118, 186 y 187 de la L.O.M., Art. 9 Y 124 del Reglamento de Contabilidad, en virtud de no contar con recursos disponibles.-
ARTICULO 5º: Cúmplase, publíquese, comuníquese a las Secretarías Municipales, Subsecretaría de Cultura y Educación, Contaduría, Tesorería, Registración Contable, Interesados y dése copia al Registro Oficial.
Reino - Stoppani - Ridao