Boletines/Chivilcoy

Decreto Nº388

Decreto Nº 388

Chivilcoy, 21/03/2022

Eximicion Optica

Visto

el informe de la secretaria de Asuntos Legales de la Municipalidad de Chivilcoy, mediante Expediente Nº 4031-233666/22, y

Considerando

que las Ópticas dentro de la Provincia de Buenos Aires son establecimientos incluidos en el régimen de profesiones auxiliares de la medicina y que la habilitación de las mismas queda bajo la órbita exclusiva de la Provincia de Buenos Aires y asimismo el decreto Ley 7314/77 en su art. 12 dispone que es la Provincia de Buenos Aires quien se encuentra facultada a disponer clausuras, decomiso y demás tipos de sanciones “en resguardo de la seguridad, salubridad e higiene de su población”. De lo expuesto se infiere que dicho control queda excluido de la órbita municipal. En concordia con lo detallado, se suma el art 116 de la Ordenanza Fiscal vigente que en su parte pertinente dispone que quedan exceptuados del pago de la tasa de inspección por seguridad, salubridad e higiene, los contribuyentes cuyas actividades no requieran la habilitación municipal.

Por ello;

El intendente municipal, en uso de sus atribuciones, decreta

Artículo 1º: Exímase del pago de la tasa de Seguridad, Salubridad e Higiene a la cuenta N° 10862 por el ejercicio 2022 a Óptica Imagen, solicitud efectuada por su propietario Sr. Claudio Grasso. -

Artículo 2º: Comuníquese, publíquese, tome nota quien corresponda dése al R.O., archívese.