Boletines/Chivilcoy
Decreto Nº 329
Chivilcoy, 08/03/2022
Incompetencia
Visto
, que la Secretaria de Seguridad no cuenta con equipamiento y personal capacitado para efectuar la tarea de reparación de equipos de cámaras de seguridad, y
Considerando
que es necesario contar con servicio de grúa para trabajo en altura para la reparación de cámaras de seguridad, y
De acuerdo a las disposiciones del Articulo N° 148 de la Ley Orgánica de las Municipalidades.
El intendente municipal, en uso de sus atribuciones, decreta
Artículo 1º: Dispónese la contratación de servicio de grúa en altura para la reparación de equipos de cámaras de seguridad, fuera de la estructura administrativa, de acuerdo a las disposiciones del Articulo N° 148 de la Ley Orgánica de las Municipalidades. -
Artículo 2º: Comuníquese, publíquese, tome nota quien corresponda, dése al R.O., archívese.