Boletines/Chascomús

Decreto Nº198/22

Decreto Nº 198/22

Chascomús, 03/03/2022

RENUNCIA

Visto

El Expediente Electrónico EX-2022-00002144- -CHASCOMUS-DCH#SG, iniciado a raíz del trámite jubilatorio de la agente DALLA VIA Karina; y

Considerando

Que la agente se desempeñaba como Directora de la Escuela Municipal N° 2, dependiente de la Subsecretaría de Niñez y Adolescencia.

Que la misma se acogerá a los beneficios de la Jubilación Ordinaria. Que corresponde proceder a dar la baja del agente a partir del 28 de Febrero de 2022.

Que conforme lo dispuesto por la legislación se le abonará anticipo jubilatorio siendo el mismo actualizado de conformidad a los aumentos que se otorguen a los agentes en actividad hasta tanto se haga efectivo el pago de su prestación previsional. Dichas sumas serán deducidas al liquidarse la jubilación.

Que asimismo corresponde abonarle retribución especial por haber prestado servicios por más de 25 años.  

Por ello, el Señor Intendente Municipal que suscribe en uso de sus atribuciones.

DECRETA

ARTICULO 1º.- Dése de baja definitiva a la agente DALLA VIA Karina, DNI N° 22.526.135 a partir del 28/02/2022.-

ARTICULO 2°.- Abónese Anticipo Jubilatorio de PESOS CIENTOCUARENTA Y UN MIL TRESCIENTOS CINCUENTA CON 53/100 $ 141.350,53 a partir de 01/03/2022, importes que serán descontados al liquidarse su jubilación; y retribución especial por haber prestado servicios por más de 25 años, de PESOS QUINIENTOS VEINTISIETE MIL QUINIENTOS VEINTIUNO CON 28/100 ($ 527.521,28).-

ARTICULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto impútese a la Jurisdicción 1110113000, Categoría Programática 36.03.00, Partida de Gasto 6.2.1.1, Anticipo jubilatorio; y Jurisdicción 1110113000, Categoría Programática 36.03.00, Partida de gasto 1.6.0.0 Retribución Especial. Fuente de financiamiento 110 - Tesoro Municipal.-

ARTICULO 4º.- Notifíquese en forma digital a Secretaría Privada, Subsecretaría de Niñez y Adolescencia, Dirección de Capital Humano, Oficina de Jubilaciones, Liquidaciones, Contaduría y agente.-

ARTICULO 5.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno (Cipriano Pérez del Cerro) y el Señor Secretario de Hacienda (Juan Facundo Alfonsín).-

ARTICULO 6º.- Cúmplase, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.-