Boletines/Mercedes

Decreto Nº401/2022

Decreto Nº 401/2022

Mercedes, 14/03/2022

Visto

Que según consta en los expedientes 2525 alcances I a VII los beneficiarios se encuentran en etapa de construcción de la etapa III del programa Casa Propia Construir Futuro en el barrio Favaloro II declarados según decreto 1961/21 de acuerdo al nuevo plan de trabajo.

Considerando

Que a través del decreto 39/2022 se procedió a transferir las sumas necesarias para la compra de los materiales de la etapa II del  Plan de Trabajos modificado y aceptado por el MDTyH en la cual las cooperativas contratadas aportan la mano de obra y los Beneficiarios adquieren los materiales a través de la Tarjeta Cabal.

Que con posterioridad a ello se determinó un nuevo plan de trabajo según el cual los fondos transferidos oportunamente a través del decreto 39/2022 permitieron llegar hasta la etapa III.

Que entre las obligaciones asumidas por el municipio en el convenio particular convalidado por ordenanza 8635/2021 se encuentra la de hacer cumplir el plazo de ejecución de la obra establecido en OCHO (8) meses.

Que para poder dar cumplimiento a aquella obligación asumida se requiere que la obra no se detenga como consecuencia de la ausencia de materiales necesarios para avanzar en la construcción.

Que el artículo SEXTO del pre citado decreto establece que los beneficiarios tendrán una participación activa en la ejecución de la vivienda asumiendo –entre otras- la obligación de comprar los materiales para las Etapas II a VIII.

Que los beneficiarios ya cuentan con las tarjetas provistas por CABAL y se requieren los materiales para avanzar en la construcción de las IV y V del nuevo plan de trabajo.

Por ello el SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de las facultades legales que le son propias,

DECRETA:

ARTICULO 1°: AUTORICESE a otorgar la suma de OCHOCIENTOS TREINTA y UN MIL DOSCIENTOS NUEVE CON NOVENTA CENTAVOS ($ 831.209,90) equivalente a UNIDADES DE VIVIENDA OCHO MIL SETENTA y SIETE CON OCHENTA y CUATRO CENTAVOS ( UVIs 8077,84) calculados al 28 de febrero de 2021, a los beneficiarios detallados en el Anexo I, a los efectos que cumplan con la compra de los materiales de la ETAPA IV y V del prototipo de vivienda aprobado bajo las condiciones establecidas en el programa.

ARTICULO 2°: Autorícese a depositar la suma global de PESOS CINCO MILLONES OCHOCIENTOS DIECIOCHO MIL CUATROCIENTOS SEIS CON TREINTA CENTAVOS ($ 5.818.406,30) equivalente a UNIDADES DE VIVIENDA CINCUENTA y SEIS MIL QUINIENTOS CUARENTA y CUATRO CON VEINTISIETE CENTAVOS (UVIs 56.544,27) en la cuenta corriente N°191-039232/0, del Banco Credicoop Coop. Ltdo., CBU N° 19100018 (primer bloque) y CBU N° 55000103923200 (segundo bloque) de titularidad CABAL Coop. Prov. Serv. Ltda.

ARTICULO 3: REGISTRESE en el Libro de Decretos y pase a Subsecretaria de Viviendas y Hábitat a sus efectos.-

Anexos

Anexo I

listado beneficiarios programa casa propia

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