Boletines/General Villegas

Resolución Nº786/17

Resolución Nº 786/17

General Villegas, 05/10/2017

Visto

El Expediente Nº 10943/17, iniciado por la Directora de la Niñez y la Adolescencia, informando que las agentes Natalia Martínez, Olga Rosana Ponce, Judith Lemos, Yanina Pamela Benítez, Patricia Urquiza, Adriana Diez y Magali Rojas, no concurrieron al segundo encuentro de capacitación brindado para quienes trabajan con niños; y

Considerando

Que la Dirección de Recursos Humanos interviene de fojas 2 a 5, consignando los datos de las agentes.

Que el Régimen de Empleo Público para el personal de la Municipalidad de General Villegas, en los Artículos 65º y 66º establece las obligaciones y prohibiciones de los agentes municipales en el desempeño de sus tareas.

 Que la Dirección de Asuntos Jurídicos se expide a fojas 6, sugiriendo se le aplique una sanción disciplinaria correctiva consistente en un “llamado de atención”, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 67º apartado I inciso a), a las agentes que pertenecen a planta permanente y Artículo 103º inciso a), para el caso de las agentes que pertenecen a la planta transitoria, por incurrir con lo estipulado en el artículo 65º inciso l) de la Ordenanza Nº 5647.

 Que corresponde el dictado del acto administrativo pertinente.

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS

RESUELVE

ARTÍCULO PRIMERO: Aplícase una sanción disciplinaria consistente en un “llamado de atención”, a la agente Natalia Elizabeth Martínez, legajo personal Nº 3837, 260 módulos, 30 horas semanales, personal planta permanente, jurisdicción 1110109000, categoría programática 65.06.00, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 67º apartado I inciso a) de la Ordenanza Nº 5647, por infringir con lo estipulado en el Artículo 65º inciso l) de dicha normativa.

ARTÍCULO SEGUNDO: Aplícase una sanción disciplinaria consistente en un “llamado de atención”, a la agente Olga Rosana Ponce, legajo personal Nº 3264, 230 módulos, 48 horas semanales, personal planta permanente, jurisdicción 1110109000, categoría programática 65.06.00, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 67º apartado I inciso a) de la Ordenanza Nº 5647, por infringir con lo estipulado en el Artículo 65º inciso l) de dicha normativa.

ARTÍCULO TERCERO: Aplícase una sanción disciplinaria consistente en un “llamado de atención”, a la agente Adriana Noemí Diez, legajo personal Nº 3234, 360 módulos, 48 horas semanales, personal planta permanente, jurisdicción 1110109000, categoría programática 65.06.00, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 67º apartado I inciso a) de la Ordenanza Nº 5647, por infringir con lo estipulado en el Artículo 65º inciso l) de dicha normativa.

 

ARTÍCULO CUARTO: Aplícase una sanción disciplinaria consistente en un “llamado de atención”, a la agente Magalí Rojas, legajo personal Nº 3735, 230 módulos, 48 horas semanales, personal planta permanente, jurisdicción 1110109000, categoría programática 65.06.00, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 67º apartado I inciso a) de la Ordenanza Nº 5647, por infringir con lo estipulado en el Artículo 65º inciso l) de dicha normativa.

ARTÍCULO QUINTO: Aplícase una sanción disciplinaria consistente en un “llamado de atención”, a la agente Judith de los Ángeles Lemos, legajo personal Nº 3816, 11 módulos, 35 horas semanales, personal transitorio jornalizado, jurisdicción 1110109000, categoría programática 65.06.00, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 103º inciso a) de la Ordenanza Nº 5647, por infringir con lo estipulado en el Artículo 65º inciso l) de dicha normativa.

ARTÍCULO SEXTO: Aplícase una sanción disciplinaria consistente en un “llamado de atención”, a la agente Yanina Pamela Benítez, legajo personal Nº 4073, 11 módulos, 30 horas semanales, personal transitorio jornalizado, jurisdicción 1110109000, categoría programática 65.06.00, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 103º inciso a) de la Ordenanza Nº 5647, por infringir con lo estipulado en el Artículo 65º inciso l) de dicha normativa.

ARTÍCULO SEPTIMO: Aplícase una sanción disciplinaria consistente en un “llamado de atención”, a la agente Patricia Alejandra Urquiza, legajo personal Nº 4423, 11 módulos, 36 horas semanales, personal transitorio jornalizado, jurisdicción 1110109000, categoría programática 65.06.00, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 103º inciso a) de la Ordenanza Nº 5647, por infringir con lo estipulado en el Artículo 65º inciso l) de dicha normativa.

ARTÍCULO OCTAVO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las oficinas de Dirección de Recursos Humanos, Departamento Personal, Dirección de Asuntos Jurídicos, Secretaría de Desarrollo Social y Dirección de la Niñez y la Adolescencia; cúmplase y archívese.