Boletines/Rauch
Decreto Nº 900/21
Rauch, 07/10/2021
Visto
La normativa aplicable por la emergencia sanitaria establecida desde el Gobierno Nacional, y Provincial, sobre nuevas modalidades para distintas actividades, incluso de participación comunitaria con alta concurrencia de personas.-
La Ley Orgánica de las Municipalidades; y
Considerando
Que, sumado a ello, al día de la fecha se observa un mantenimiento sin nuevos casos activos de Covid-19 en nuestro partido, y sin positivos en este momento.
Que, por otra parte, existe un significativo avance del proceso de vacunación, que incluye todas las posibilidades para los mayores de 18 años que optaron por recibir dosis, incluso con la segunda para un esquema completo.
Que, asimismo, hay importantes avances con el inicio de la vacunación en menores de edad.
Que, en tal sentido, es necesario actualizar en parte las pautas establecidas por normativa vigente.
Que, consecuentemente, corresponde el dictado de un nuevo acto administrativo que prevea el posible desarrollo de actividades de los próximos días.
Por ello, el Intendente Municipal del partido de Rauch, en uso de las facultades que le son propias:
D E C R E T A.-
Artículo 1ro.- Disponer desde la hora 12 del día 8 de octubre de 2021 la aplicación del presente, en el marco de la situación epidemiológica del Partido de Rauch, hasta el dictado de nuevos actos administrativos y/o sanción de normativa aplicable.
Artículo 2do.- Disponer las siguientes medidas específicas:
El horario de cierre para comercios y actividades, en general para todo rubro esencial y no esencial es extendido hasta la hora 5, durante todos los días de la semana.
Continúan sin restricción horaria las siguientes excepciones para: 1) Tránsito de particulares dedicados a rubros esenciales y en cumplimiento justificado de su actividad; 2) Cualquier persona por razones de fuerza mayor.
Las actividades en general, en el marco de lo que la normativa correspondiente permite, quedan totalmente restablecidas.
Se amplía la posible presencia de personas, en todo tipo de espacios cerrados, con aforo del 70 por ciento, y sin número de aforo respecto a eventos al aire libre.
No será necesario solicitar autorización, por cuestiones sanitarias, para realización de EVENTOS PRIVADOS en general.
Solamente, y por cuestiones organizativas y de coordinación, únicamente como registro de actividad, los EVENTOS PRIVADOS deberán ser comunicados al Municipio, por medio de una aplicación que constará en la página web de la Municipalidad.
Respecto a EVENTOS PÚBLICOS sólo será necesario requerir las autorizaciones administrativas habituales, que el Municipio prevé para tales casos.
Artículo 3ro.- Establecer en el carácter de recomendación, lo siguiente:
La utilización de barbijo, cubre boca, o mascarilla, especialmente en caso de lugares cerrados.
La aplicación del esquema completo de vacunas sobre prevención de Covid-19, en personas en general que participen de eventos públicos y privados, promoviendo en tal sentido que, desde la organización de los mismos, se tenga una intervención activa solicitando tal cumplimiento.
Artículo 4to.- Disponer la intervención de las áreas de Seguridad y Dirección de Inspección General del Municipio, para que realicen las actuaciones pertinentes y se proceda a dar curso a las acciones legales que correspondan, para la aplicación de sanciones a toda persona que pueda considerarse en incumplimiento de la normativa aplicable en el marco de la emergencia sanitaria, con posibilidad de derivación al Juzgado de Faltas local y/o a todo organismo competente.
Artículo 5to.- El presente Decreto será refrendado por la Secretaria de Gobierno, el Secretario de Planificación, Coordinación y Control de Gestión, el Secretario de Desarrollo Productivo y el Secretario de Obras y Servicios Públicos.
Artículo 6to.- Cúmplase, Comuníquese, tomen conocimiento las oficinas que correspondan y dése al libro de decretos.
Fdo. Dra. Gabriela Zudaire - Secretaria de Gobierno.
Fdo. Dr. Mario Arnaldo Ibargoyen - Secretario de Planificación, Coordinación y Control de Gestión.
Fdo. Sr. Daniel Hernán Poffer - Secretario de Desarrollo Productivo.
Fdo. Sr. Ricardo Néstor Pizzorno - Secretario de Obras y Servicios Públicos.
Fdo. Cr. Roberto Maximiliano Suescun - Intendente Municipal.