Boletines/San Andrés de Giles
Decreto Nº 3269/21
San Andrés de Giles, 15/12/2021
Visto
La presentación efectuada por elrepresentante de la firma EFEPE S.A., solicitando se modifique el decreto nro. 0011, dictado por el D.E. con fecha 04.01.2021, que diera origen al expediente nro. 4101-12435/21 , y
Considerando
Que a través de dicho acto administrativo, la citada empresa fue beneficiada con exenciones impositivas establecidas en la ordenanza nro. 2074/18, relacionada con la promoción industrial.
Que el requirente fundamenta su petición, en la circunstancia que el mentado decreto, establece los efectos de la exención impositiva a partir del día 1ro. de enero de 2021, cuando la empresa hizo la presentación ante el Municipio con fecha junio del año 2019.
Que esta situación ha sido corroborada por el Sr. Director de Recaudación del Municipio, constatando que la demora en otorgar el beneficio, no es atribuible a la Empresa.
Que el Sr. Asesor Letrado ha intervenido en las presentes actuaciones, compartiendo el criterio expuesto por el funcionario mencionado anteriormente, y aconsejando hacer lugar a lo requerido.
Por ello, el Intendente Municipal interino, en uso de las atribuciones que le son propias
D E C R E T A
ARTICULO 1ro.: Modificar el artículo 2do. del decreto nro.0011, dictado por este Departamento Ejecutivo con fecha 4 de enero de 2021, el que quedará redacto de la siguiente manera: El emprendimiento denominado EFEPE S.A., propiedad del Sr. Alfredo Fauverte, que funciona en el inmueble ubicado en el Sector Industrial Municipal de San Andrés de Giles, estará exento a partir del 1° de junio de 2019, y por el término de tres (3) años corridos, es decir hasta el 1 de junio de 2022, del cien por ciento (100%) de las tasas de Inspección por Seguridad e Higiene, Habilitación de Comercio e Industria, Derechos de Publicidad y Propaganda y Servicios Urbanos.
ARTICULO 2ro.: Notificar a la Oficina de Recaudación, a la Dirección de la Producción, a la Oficina de Sistemas, al peticionario, registrar y archivar.-