Boletines/San Andrés de Giles

Decreto Nº3224/21

Decreto Nº 3224/21

San Andrés de Giles, 10/12/2021

Visto

La renuncia presentada por el Profesor Marcelo Pablo Ferraris , al cargo de Director de Cultura de la Municipalidad de San Andrés de Giles; y

 

Considerando

Que la dimisión le fue aceptada al funcionario  a través del Decreto Nº 3203 /2013 dictado por el Departamento Ejecutivo Municipal en la fecha; .

Que es necesario disponer la cobertura del cargo vacante a la mayor brevedad,  a efectos de no resentir el normal funcionamiento del área de Cultura y mantener la continuidad del circuito orgánico funcional del Municipio, sin inconvenientes.

 Que el  señor Osvaldo Ceferino Gallo reúne las condiciones necesarias para desempeñarse al frente de dicha Dirección 

Por ello, el Intendente Municipal Interino , en uso de las atribuciones que le son propias

D E C R E T A

 

ARTICULO 1º:   Designar  a partir del día 10 de diciembre de 2021, al señor Osvaldo Ceferino Gallo D.N.I: Nro. 25.807.420 –Legajo Laboral  Nº 3272, Director de Cultura de la Municipalidad  quien quién revistará en Jurisdicción 1110100000: Departamento Ejecutivo, Subjurisdicción 1110115000: Secretaria de Gobierno, Programa:22- Difusión de la Cultura;  ; Actividad 01 :Actividades Culturales Agrupamiento 1:Superior, Cargo:Director.

ARTICULO 2º: El Director de Cultura de la Municipalidad de San Andrés de Giles,    gozará de la retribución contemplada  en  el  Presupuesto de Gastos vigente, con los adicionales que le correspondan en virtud de las normas que lo establezcan

ARTICULO 3º:  El gasto derivado del cumplimiento de los artículos precedentes , se imputara en la partida presupuestaria del presupuesto de gastos en vigencia en la  Jurisdicción 1110100000: Departamento Ejecutivo, Subjurisdicción 1110115000: Secretaria de Gobierno, Programa:22- Difusión de la Cultura; Actividad 01 :Actividades Culturales según los clasificadores presupuestarios vigentes por aplicación del Decreto Provincial 2980/00 (Reglamentario de la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires.

ARTICULO 4º:  Sustituir a partir del 10 de diciembre del año en curso, el texto del artículo 3º del Decreto Nº 0009/2021, por el siguiente: “Artículo 3º: Asígnese la Responsabilidad del dictado y la Observancia del cumplimiento de las normas y procedimientos establecidos en las Disposiciones del Decreto Provincial 2980/00, así como de la aplicación de los formularios cuyos modelos e instructivos que se adjuntan en la norma como anexos, de la Jurisdicción Departamento Ejecutivo, Sub-Jurisdicción Secretaria de Gobierno, Categoría Programática Difusión de la Cultura,  Unidad Ejecutora Dir. de Cultura al Director de Cultura señor Osvaldo Ceferino Gallo. Asimismo quién lo reemplazare en forma interina, -asumirán tales responsabilidades asignadas para esta categoría programática de acuerdo a la normativa vigente.

ARTICULO 5º:  Registrar , Comunicar, publicar , dar  vista a las áreas que corresponda , en virtud a la naturaleza de la presente norma  y archívese