Boletines/San Andrés de Giles
Decreto Nº 3158/21
San Andrés de Giles, 07/12/2021
Visto
El Contrato de Locación suscripto con la Licenciada en Trabajo Social señora Leticia Noemí Ragoni ; y
Considerando
Que oportunamente la Municipalidad contrató a la Licenciada en Trabajo Social señora Leticia Noemí Ragoni en virtud de haberse reconocido de acuerdo a lo normado por la Ley Orgánica de las Municipalidades, la incompetencia del recurso profesional existente en la Secretaría de Desarrollo Humano y Acción Social .
Que fue contratada para desarrollar -como integrante del equipo Técnico Profesional del Programa Responsabilidad Social Compartida Envión - acciones de acompañamiento, contención y apoyo emocional y asistencia social, a los jóvenes comprendidos en el referido programa en el marco del convenio celebrado entre el Ministerio de Desarrollo Social de la Provincia de Buenos Aires y la Municipalidad de San Andrés de Giles,
Que en su oportunidad han sido fijados los valores que por las prestaciones brindadas se debe abonar a la nombrada;
Que se ha producido un incremento en el monto del contrato mencionado , aplicable con retroactividad a partir del 1 de junio de 2021 , habiendo suscripto las partes a tal fin , una cláusula modificatoria de la cláusula tercera del acuerdo original;
Por ello, el Intendente Municipal Interino, en uso de las atribuciones que le son propias
D E C R E T A
ARTICULO 1º: Convalidar la cláusula modificatoria del contrato de locación de obra , suscripto entre el Sr Intendente Municipal y la Licenciada en Trabajo Social Leticia Noemí Ragoni , donde se acuerdan nuevos valores en el monto que se le abona por la prestación brindada, aplicables , a partir del 1º de junio de 2021.
ARTICULO 3º:Los gastos que demande a la Municipalidad el cumplimiento de las obligaciones asumidas en el acuerdo celebrado se imputarán a la siguiente cuenta presupuestaria:
Fuente de Financiamiento 132 de Origen Provincial
Jurisdicción 1110100000Departamento Ejecutivo
Subjurisdicción 111016000 Secretaría de Desarrollo Humano y Acción Social
Categoría Programática 63 Promoción, Desarrollo y Asistencia Social
Actividad 02 Programa Envión
Inciso 3 Servicios No Personales
Partida Principal 4 Servicios Técnicos y Profesionales
Partida Parcial 9 Otros
ARTICULO 4º: Realizar los reajustes necesarios a efectos de cumplimentar lo establecido en la Cláusula que por este acto se convalida.
ARTICULO 5º: Regístrese ,comuníquese quién corresponda, publíquese y archívese.-
Facundo Ezequiel Campos
Secretario de Gobierno
Cláusula Modificatoria de Contrato
La presente cláusula modificatoria de contrato de locación de obra se suscribe en la ciudad de San Andrés de Giles, el día 29 de noviembre del año 2021 entre, por una parte la Municipalidad de San Andrés de Giles representada en este acto por el seño por una parte la Municipalidad de San Andrés de Giles representada en este acto por el señor Intendente Municipal ,CPN Carlos Javier Puglelli DNI Nº 24.795.966 con domicilio en calle Moreno 338 de la ciudad de San Andrés de Giles, en adelante denominada LA MUNICIPALIDAD por una parte y por la otra la Licenciada en Trabajo Social, Señora Leticia Noemí Ragoni, DNI Nº 5.933.336, CUIT Nº 23-5933336-4 fijando su domicilio en calle Maipú Nº 1155 Jurisdicción de San Andrés de Giles, en adelante denominada “LA LICENCIADA” conjuntamente denominadas "las partes" o individualmente como "parte" Las Partes convienen sustituir a partir del 1 de junio del año 2021 el texto de la cláusula tercera del contrato celebrado el día 4 de enero de 2021, convalidado por Decreto Municipal Nº 0354/2021 y de la cláusula tercera del contrato celebrado entre las partes el día 1º de julio de 2021, convalidado por Decreto Nº 1769/2021por el siguiente “TERCERO: En contraprestación la Municipalidad se compromete a abonar a la Licenciada con retroactividad al día a partir del 1º de junio de 2021, la suma total de pesos Diecinueve Mil Quinientos ($19.500) previa presentación de la factura correspondiente y certificación que se menciona en la cláusula quinta de este Contrato.
Las partes acuerdan que la presente cláusula adicional no modifica el plazo de vigencia ni las demás cláusulas y condiciones establecidas en el contrato principal.--------------------------------------
De conformidad se firman cuatro ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en el lugar y fecha mencionados supra.----------------------------------------------------------------------------------------------