Boletines/San Andrés de Giles
Decreto Nº 3149/21
San Andrés de Giles, 07/12/2021
Visto
La solicitud cursada por el agente de esta Municipalidad Sr. Mauricio Angel Oliva (D.N.I. Nº 33.208.849) Legajo laboral Nº 10.332; y
Considerando
Que peticiona al al D.E. licencia sin goce de haberes a partir del día 9 de diciembre del año en curso, con motivo de tener que asumir como Concejal y desempeñarse como tal en el Honorable Concejo Deliberante de San Andrés de Giles por el período legislativo 2021-2025, en virtud de haber sido electo como tal por el espacio político “Frente de Todos”, durante las elecciones del pasado 14 de noviembre del año en curso.
Que el Departamento Ejecutivo no encuentra objeciones para resolver en forma favorable la misma.
Por ello, el Intendente Municipal Interino, en uso de las facultades legales que le son propias:
D E C R E T A
ARTICULO 1ro: Otorgar a partir del día 9 de diciembre de 2021 y durante todo el período que dure su mandato, licencia laboral sin goce de haberes al agente Mauricio Ángel OLIVA (D.N.I. Nº 33.208.849) Legajo Nº 10.332, con motivo de asumir como Concejal por el período legislativo 2021-2025, en virtud de haber sido electo como tal por el espacio político “Frente de Todos”, durante las elecciones del pasado 14 de noviembre del año en curso, siendo su ubicación Presupuestaria y situación de revista la siguiente, en la Planta Permanente de Personal de la Municipalidad de San Andrés de Giles:
Ubicación Presupuestaria:
Jurisdicción 1110100000- Departamento Ejecutivo
Subjurisdicción 1110107000- Secretaría de salud
Programa 70: Prestación de Servicios en Hospital Municipal San Andrés
Actividad: 01: Servicios de Salud en Hospital Municipal
Situación de Revista: Planta Permanente – Agrupamiento 5: Personal Administrativo - Categoría: 14 - Clase: IV - Cargo: Administrativo.
ARTICULO 2º: Establecer que mientras el agente Mauricio Angel Oliva permanezca en uso de la licencia dispuesta en el artículo 1º del presente, se le efectuará la reserva del cargo en su actual situación de revista, la cual se describe en el mismo artículo , encontrándose su caso contemplado en el Convenio Colectivo de Trabajo aprobado por Ordenanza Municipal Nº 2061/2017- Decreto de Promulgación Nº 0013/2018.
ARTICULO 3o: Registrar, Comunicar al Honorable Concejo Deliberante, a la oficina de Recursos Humanos y Capacitación, al agente, Publicar y Archivar.
Facundo Ezequiel Campos
Secretario de Gobierno----