Boletines/Campana

Decreto Nº171/22

Decreto Nº 171/22

Campana, 25/03/2022

Visto

La Ley Provincial N° 14.656, la Convención Colectiva de Trabajadores Municipales y su similar modificatoria, suscriptas el 30 de octubre de 2015 y el 17 de noviembre del mismo año respectivamente, en el marco previsto por dicha Ley y convalidados por Ordenanza N° 6412/2015, la Ordenanza Nº 6613 promulgada por el Decreto Nº 537/17, la Resolución Conjunta Nº 008/2018 (t.v.) de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización, los Decretos N° 38/2020 (t.v.) y N° 1645/2022 del Honorable Concejo Deliberante, el EX2019-00074325-MUNICAMSMESA#DGAA; y

Considerando

Que por haber incurrido en ausencias sin justificar desde el 16 de diciembre de 2021, se intimó a la Sra. Anyelen Loreley ESPINOSA, por CD N° 864674090 con fecha 21 de enero de 2022, a retomar su puesto de trabajo dentro del término de cuarenta y ocho (48) horas hábiles subsiguientes a su notificación, bajo apercibimiento de proceder a decretar su cesantía.

Que el Correo Argentino informa con fechas 25 y 26 de enero de 2022 no se entregó dicha CD, indicando CERRADO / AUSENTE – SE DEJÓ AVISO DE VISITA y con fecha 3 de febrero de 2022 indica PLAZO VENCIDO, NO RECLAMADO.

Que el domicilio de la destinataria consignado en la carta documento referida coincide con el último declarado por la trabajadora conforme a lo dispuesto en el artículo 103 inciso k) de la Ley 14.656, por lo que corresponde proceder a su cese, desde el 8 de febrero de 2022.

Que la Dirección General de Recursos Humanos informa que la Sra. Anyelen Loreley ESPINOSA revista en la Planta Temporaria de Personal, como Idóneo en Deportes – Clase II – Personal de Educación No Formal, dependiente de la Dirección de Deportes, Subsecretaría de Cultura y Educación, Secretaría de Inclusión, Educación y Cultura, Jefatura de Gabinete.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos, Administrativos, Legislativos y Empleo Público interviene y obra dictamen.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones otorgadas por el artículo 108º del Decreto Ley 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v), asimismo, se dicta en los términos de la Ordenanza Nº 6613, promulgada por el Decreto Nº 537/17, y dentro de lo contemplado en el artículo Nº 1 de la Resolución Conjunta Nº 008/2018 (t.v.) de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización.

Que en virtud de lo establecido en el Decreto N° 38/2020 (t.v.) en caso de ausencia del Señor Jefe de Gabinete, los actos administrativos deben ser suscriptos por el Señor Secretario de Economía y Hacienda.

Que conforme el Decreto N° 1645/2022 del Honorable Concejo Deliberante, se ha autorizado la licencia ordinaria al Señor Intendente Municipal.

Que en consecuencia, la refrenda del presente acto administrativo se debe realizar en virtud de lo establecido en los Decretos N° 38/2020 (t.v.) y N° 1645/2022 del Honorable Concejo Deliberante.

Por ello,

EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL INTERINO DE CAMPANA, DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Déjase cesante por abandono de cargo, a la Sra. Anyelen Loreley ESPINOSA (D.N.I. 39.687.111), legajo personal N° 7562, quien revista en la Planta Temporaria de Personal, como Idóneo en Deportes – Clase II – Personal de Educación No Formal, dependiente de la Dirección de Deportes, Subsecretaría de Cultura y Educación, Secretaría de Inclusión, Educación y Cultura, Jefatura de Gabinete, con retroactividad al 8 de febrero de 2022, en virtud de lo establecido en el artículo 90 del Convenio Colectivo de Trabajadores Municipales, por las razones expuestas en los Considerandos del presente acto administrativo.-

ARTÍCULO 2º.- Refréndase el presente Decreto por el Señor Secretario Técnico, Administrativo y Legal, el Señor Secretario de Economía y Hacienda, y la Jefatura de Gabinete.-

ARTÍCULO 3°.- Regístrese; comuníquese; notifíquese; publíquese; y archívese.-