Boletines/Pilar

Decreto Nº209/18

Decreto Nº 209/18

Pilar, 12/01/2018

Corresponde al Expediente N° 603/16 7385/ 14 Cuerpo 1 y 2.

PILAR,

Visto

Que el expediente de referencia, por el cual la Sra. Gil María Carolina, DNI 26.443.237, en su carácter de apoderada, tramita el “Uso Conforme de Suelo” del local de Arcos Dorados Argentina S.A. — “Mc Donalds” ubicado en la calle Las Magnolias 754- Presidente Derqui- Partido Del Pilar.

Que el informe a fs. 298 de la Dirección de Planeamiento por el cual se ha verificado el cumplimiento de las condiciones exigidas para el otorgamiento de “Uso Conforme de Suelo”.

Considerando

Que del total de los 5 vecinos consultados, 5 han dado su conformidad, cuya firma se verifica de fs. 251 a 256 del expte de referencia.

Que de acuerdo al código de Zonificación del Partido Del Pilar, Ord. 10/85, corresponde a este Honorable Concejo Deliberante el otorgar el “Uso Conforme de Suelo” para emprendimientos de este tipo.

Que en función del Decreto 33 1/17 del Honorable Concejo Deliberante por el cual se concedió el uso de la licencia al Sr. Intendente Municipal y que a través del Decreto 360/17 del Honorable Concejo Deliberante, el Sr. Miguel Gamboa ocupará el cargo de Intendente Municipal Interino desde el día 4 de enero de 2018 al 18 de enero del 2018.

Que por ello el Honorable Concejo Deliberante se expidió sancionando la Ordenanza N° 509/2017.

El Sr. Intendente Municipal Interino, en uso de sus atribuciones

DECRETA

ARTÍCULO PRIMERO. = Promulgase para su debido cumplimiento la Ordenanza Municipal N° 509/2017, cuya parte dispositiva dice:

ARTÍCULO 1°: Otorgase a la parcela cuya Nomenclatura Catastral en Circunscripción: VI- Sección: F, Fracción: IV, Parcela: 1, Partida: 523270, el “Uso Conforme de Suelo”, del local de Arcos Dorados Argentina S.A. — “Mc Donalds” ubicado en la calle Las Magnolias 754 — Presidente Derqui — Partido Del Pilar.

ARTICULO 2°: La presente autorización tendrá validez por tres (3) años a partir de la promulgación de la presente ordenanza. Cumplido dicho periodo y de no mediar causales impeditivas, a solicitud del iniciador, se verifican las condiciones del entorno inmediato a efectos de prorrogar el permiso concedido por igual periodo de tiempo.

ARTICULO 3°: La obtención de la presente Ordenanza no implica la aprobación de planos o habilitación del emprendimiento.

ARTICULO 4°: Dispóngase que la presente autorización caducara automáticamente si el solicitante no iniciare los trámites correspondientes a la habilitación municipal, dentro de los SESENTA (60) días de la notificación de la presente.

ARTICULO 5°: Pase a D.E., a sus efectos. Dada y sellada en el recinto de sesiones de este Honorable Concejo Deliberante, con fecha 28 de diciembre de 2017.

ARTÍCULO SEGUNDO. = Dese al Registro Municipal, pase a la Subsecretaría de Planeamiento de Desarrollo Urbano, notifíquese y, con las debidas constancias archívese.