Boletines/Pilar

Decreto Nº208/18

Decreto Nº 208/18

Pilar, 12/01/2018

Corresponde al Expediente 666/ 16 - 11500/2016

PILAR,

Visto

El expediente de referencia, por el cual el Sr. DIEGO MARIO LOURIDO, DNI N° 28.855.655, en su carácter de apoderado, tramita el “Uso Conforme de Suelo” para el sector destinado a “Juegos Infantiles” del local Arcos Dorados Argentina S.A., “Mc Donalds”, ubicado en la Shopping Palmas Del Pilar, Las Magnolias 754, Partido Del Pilar, y

El informe a fs. 150 de la Dirección de Planeamiento por el cual se ha verificado el cumplimiento de las condiciones exigidas para otorgamiento del “Uso Conforme de Suelo”.

Considerando

Que del total de los 5 vecinos consultados, 5 han dado su conformidad, cuya firma se verifica de fs. 143 a 147 del expte. de referencia.

Que de acuerdo al Código de Zonificación del Partido del Pilar, Ord. 10/85, corresponde a este Honorable Concejo Deliberante el otorgar el “Uso Conforme de Suelo” para emprendimiento de este tipo.

Que en función del Decreto N° 331/17 del Honorable Concejo Deliberante por el cual se concedió el uso de la licencia al Sr. Intendente Municipal y que a través del Decreto 360/17 del Honorable Concejo Deliberante, el Sr. Miguel Gamboa ocupará el cargo de Intendente Municipal Interino desde el día 4 de enero de 2018 al 18 de enero deI 2018.

Que por ello el Honorable Concejo Deliberante se expidió sancionando la Ordenanza Nro. 507/2017.

El Sr. Intendente Municipal Interino, en uso de sus ATRIBUCIONES

D E C R E T A

ARTÍCULO PRIMERO. = Promulgase para su debido cumplimiento la Ordenanza Municipal N° 507/2017, cuya parte dispositiva dice:

ARTÍCULO 1°: OTORGASE a la parcela cuya Nomenclatura Catastral es Circunscripción: VI- Sección: F, Fracción: IV, Parcela 1, Partida: 523270, el “Uso Conforme de Suelo”, para el sector destinado a “Juegos Infantiles” del local Arcos Dorados Argentina S.A., “Mc Donald s” ubicado en el Shopping Palmas del Pilar, Las Magnolias 754, PartIdo Del Pilar. 

ARTÍCULO 2°: La presente autorización tendrá validez por TRES (3) años a partir de la promulgación de la presente ordenanza. Cumplido dicho período y de no mediar causales impeditivas, a solicitud del Iniciador, se verificaran las condiciones del entorno inmediato a efectos de prorrogar el permiso concedido por igual periodo de tiempo.

ARTÍCULO 3°: La obtención de la presente Ordenanza no implica la aprobación de planos o habilitación del empren di miento.

ARTÍCULO 4°: Dispóngase que la presente autorización caducará automáticamente si el solicitante no iniciare los trámites correspondientes a la habilitación municipal, dentro de los SESENTA (60) días de la notificación de la presente.

ARTÍCULO 5°: Pase a D.E., a sus efectos. Dada y sellada en el recinto de sesiones de este Honorable Concejo Deliberante, con fecha 28 de diciembre de 2017.

ARTÍCULO SEGUNDO. = Dese al Registro Municipal, pase a la Jefatura de Gabinete, Subsecretaria de Planeamiento y Desarrollo Urbano, notifíquese a quien corresponda ,y con las debidas constancias archívese.